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N° 50894/17 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 29

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES viernes, 28 de julio de 2017

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 29

SECRETARÍA ÚNICA

Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil No 29, con sede en la calle Talcahuano No 490, piso 4o, de la

Capital Federal a cargo de la Dra. Marialma G. Berrino, Secretaría única a mi cargo, comunica por dos días, en

los autos caratulados: “SEGHETTI ROBERTO FRANCISCO contra FERNANDEZ CARLOS EDUARDO y otro sobre

ejecución hipotecaria”, (expte. No 49.443/97) - “reservado”, que el señor martillero Omar Gandini telefax 4567-1351

rematará públicamente el día miércoles 9 de agosto de 2017, a las 12 horas (fs 418), en sala de actos de la calle

Jean Jaures No 545 de la Capital Federal, el inmueble ubicado en el Partido de Almirante Brown, Provincia de

Buenos Aires (fs 378) lote 13 de la manzana F.Z. Nomenclatura catastral, circunscripción III, sección D, manzana

217, parcela 12. Matrícula No 25.164. Según constatación de fs 383/85 el inmueble se encuentra ocupado por

Damián Alejandro Fernández, su esposa y cuatro hijos menores de edad (uno de ellos discapacitado - no vidente);

en carácter de hijo del propietario. Consta de: jardín al frente con entrada tipo garage, hall, comedor, dormitorio,

baño, cocina comedor diario, tres dormitorios, baño, patio con galpón; todo en mal estado de conservación.

Puede visitarse los días 3, 4, 7 y 8 de agosto de 2.017, entre las 10 y 14 horas (fs 419). Registran deudas: A.R.B.A,

fs. 348/351, al 19/8/16, $ 1.713,40. Impuesto municipal, fs. 354, al 31/8/16, $ 1.269,28. O.S.N., fs. 281, al 23/6/15,

sin deuda. Aguas Argentinas S.A., fs. 231/232, al 26/9/13, $ 19.423,03. Aysa S.A., fs. 362, al 23/8/16 no registra

deuda. Base de venta U$S 20.000 (fs 406). Al contado y al mejor postor. Seña 30%. Comisión 3%, más 0,25%

según acordadas 10/99 y 24/00 de C.S.J.N. Sellado boleto 1,2%. El comprador deberá, dentro de los cinco días

de aprobado el remate, depositar en saldo de precio, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del

Código Procesal. Conforme lo resuelto por la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones del Fuero en fallo plenario

“Servicios Eficientes S.A. c/Yabra, Roberto Isaac s/ejecución hipotecaria” no corresponde que el adquirente en

subasta judicial afronte las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones, devengadas

antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarla. No cabe una

solución análoga respecto de las expensas comunes, para el caso que el bien se halle sujeto al régimen de la Ley

13.512. Se encuentra prohibida la compra en comisión. CIUDAD DE BUENOS AIRES, Julio 14 de 2.017.

Claudia A. Redondo SECRETARIA

e. 28/07/2017 N° 50894/17 v. 31/07/2017