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N° 56753/17 Aviso del Boletín Oficial

TARSHOP S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES martes, 8 de agosto de 2017

Texto del aviso

TARSHOP S.A.

TARSHOP S.A. - CESIÓN FIDUCIARIA DE CRÉDITOS - Se hace saber que en virtud de lo dispuesto en el Contrato

de Fideicomiso en Garantía, celebrado el 29 de octubre de 2015 entre Tarshop S.A., como fiduciante, y Banco

de Valores S.A., en su carácter de fiduciario (el “Fiduciario”), en beneficio de INDUSTRIAL AND COMMERCIAL

BANK OF CHINA (ARGENTINA) S.A., el 01 de Agosto de 2017 Tarshop S.A. cedió fiduciariamente al Fiduciario

créditos adicionales, originados en el uso de tarjetas de crédito “Tarjeta Shopping” o “Tarjeta Shopping Visa”. La

cesión que aquí se notifica se refiere a los créditos especialmente indicados en el disco compacto marca Staples

mod 6020 UG 80 G1 que se entregó al Fiduciario y al escribano público Marcos A. Paz, de conformidad con el

Contrato de Fideicomiso en Garantía, el cual podrá ser consultado por quienes prueben tener un interés legítimo

en el domicilio del Fiduciario, sito en Sarmiento 310, o en el del escribano público, sito en 25 de Mayo 267, 3° piso,

ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de lunes a viernes, de 10 a 17 horas. Asimismo, se hace saber que

Tarshop S.A. implementará un acceso a través de las páginas web www.tarjetashopping.com.ar y www.tarshop.

com (o de cualquier otra que las reemplace en el futuro) a través de una solapa o link de fácil reconocimiento y

acceso en la cual se publique el listado de los Créditos. La presente publicación importa notificación en los términos

del Artículo 1620 del Código Civil y Comercial de la Nación. La cesión no modifica los términos y condiciones de

los créditos oportunamente pactados, ni el domicilio de pago. La cesión implica el cambio de acreedor respecto

de los créditos cedidos que, en lo sucesivo, pasará a ser el fideicomiso en garantía, representado en la persona

del Fiduciario. Autorizado según instrumento privado Contrato de Fideicomiso en Garantía de fecha 29/10/2015

María Laura Perez Espinosa - T°: 81 F°: 790 C.P.A.C.F.

e. 08/08/2017 N° 56753/17 v. 08/08/2017