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N° 57229/17 Aviso del Boletín Oficial

MICHELIN ARGENTINA S.A. INDUSTRIAL; COMERCIAL Y FINANCIERA

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 10 de agosto de 2017

Texto del aviso

MICHELIN ARGENTINA S.A. INDUSTRIAL; COMERCIAL Y FINANCIERA

Se informa que por Asamblea General Extraordinaria de fecha 12/06/17, se resolvió de manera unánime reformar

los Artículos Tercero (Objeto Social) y Décimo Segundo (Facultades del Directorio) del Estatuto Social. Conforme

lo establecido por el art. 10, ap. b) de la ley 19.550, corresponde publicar: “ARTÍCULO TERCERO: La Sociedad

tiene como objeto: a) La explotación industrial y comercial de toda clase de artículo de goma y sus derivados,

especialmente destinados a automotores, transporte aéreo, o cualquier otra clase de rodados.- b) la prestación de

servicios de telecomunicaciones, de tecnologías de la información y las comunicaciones, la explotación comercial

de dispositivos electrónicos para el monitoreo y seguimiento satelital de vehículos de transporte de mercaderías y/o

productos y prevención de los riesgos inherentes a dicho transporte y c) la realización de operaciones financieras

con exclusión de las indicadas en la Ley de Entidades Financieras y las que requieran el aporte del público,

mediante aportes o inversiones de capital con particulares, empresas o sociedades constituidas o a constituirse;

constitución o transferencias de hipotecas y demás derechos reales, compraventa de títulos, acciones u otros

valores mobiliarios, otorgamiento de créditos en general como deudor o acreedor, ya sea en forma simple, de

prenda, warrants, o cualquier otra de las permitidas por la ley.- A este efecto, la sociedad podrá fabricar, comprar,

vender, importar y exportar toda clase de artículos de goma y su derivados, dispositivos electrónicos de rastreo

satelital de transportes de mercadería y productos u otros que se relacionen directa o indirectamente con ellos;

asumir representaciones; registrar y explotar patentes de invención, marcas de fábricas y de comercio.- A tal

fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los

actos que no estén prohibidos por las leyes o por este estatuto.-”. Autorizado según instrumento privado Acta de

Asamblea de fecha 12/06/2017

Natalia Maymo - T°: 125 F°: 766 C.P.A.C.F.

e. 10/08/2017 N° 57229/17 v. 10/08/2017