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N° 60329/17 Aviso del Boletín Oficial

VESSEL S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES martes, 22 de agosto de 2017

Texto del aviso

VESSEL S.A.

Por Asamblea extraordinaria del 03/08/2017 se modifico: articulo 3° objeto MARITIMA: Efectuar negocios de

astilleros, talleres navales o establecimientos de la industria naval, Agentes de Buques, Agentes de Seguros,

Despachantes de Aduana, administradores de Buques, estibadores, fleteros, barraqueros y depositarios, en

la forma prevista por las leyes del país y las reglamentaciones que regulen esas profesiones y actividades, las

disposiciones legales de aduana y reglamentos de la Prefectura Nacional Marítima, Proveer servicios de amarres,

desgasificación de buques y artefactos navales, limpieza de tanques, y tratamientos de aguas y sistemas de

efluentes líquidos, Ofrecer servicios de fumigación y/o desinfección de buques, artefactos navales, o unidades

de transportes, Ofrecer servicios de control de derrames de hidrocarburos, y otras sustancias nocivas o

potencialmente peligrosas, servicios de conexión de tuberías para trasvase de líquidos, lubricantes y combustibles,

Efectuar negocios de desguace de buques o artefactos navales, Efectuar negocios de reparaciones navales,

dedicadas a: calafateo, calderería naval, mecánica naval, cobrería, carpintería naval, herrería, montaje, soldaduras

en general, mantenimiento y reparación de motores, de aislaciones térmicas y acústicas, montaje, reparación

y mantenimiento de tuberías de combustibles, gas y agua, de equipos de telefonía y telecomunicaciones y de

equipos electromecánicos, Efectuar negocios como empresas de lucha contra incendios dedicadas a instalaciones

contra incendios; instalación de alarmas contra incendios y mantenimiento, reparación y provisión de elementos

15 BOLETÍN OFICIAL Nº 33.692 - Segunda Sección

Martes 22 de agosto de 2017

de lucha contra incendios, realizar tareas de salvamento y trabajos subacuas. Representar Compañías o Empresas

de Navegación Marítima o Fluvial, nacional o extranjera, dedicarse a la explotación de todo lo concerniente y

relacionado con el transporte interno, exterior, internacional de cargas, encomiendas, correspondencia, pasajeros

y depositarios, ya sea en forma de buques de su propiedad o de terceros bajo cualquier forma de contrato o

convenio ya sea estos de bandera nacional o extranjera, y a los remolques de buques en puertos o ríos. En el

desempeño de dichas funciones la sociedad podrá inscribirse como agente marítimo, despachante de aduana,

importador, exportador, contratista, estibadora y proveedora marítima. La sociedad podrá representar además

líneas de navegación aérea, compañías de seguros y empresas comerciales e industriales de cualquier clase.

COMERCIAL: Mediante la importación o exportación, compraventa y distribución de mercaderías, productos,

maquinarias y materias primas en general, la explotación de patentes de invención, marcas de fábrica, diseños y

modelos industriales, el ejercicio de representaciones, comisiones y mandatos, todo ello de naturaleza marítima

y relacionado con el objeto especifico marítimo de transporte fluvial y marítimo de mercaderías en el país, o

en el exterior y utilizando medios propios o de terceros, cumpliendo para ello con los requisitos que exigen las

disposiciones vigentes en la oportunidad. AGENCIA TURISTICA: Intermediación en la reserva o locación de

servicios de cualquier clase de transporte, ya sea en el país o en el exterior, intermediación en la contratación de

servicios hoteleros, en el país o en el exterior, organización de viajes de carácter individual o colectivo en todas

sus modalidades, la recepción o traslado de turistas durante su viaje o permanencia en el país, la prestación a

los mismos de los servicios de guía de turismo y despacho de equipajes, la representación de otras agencias,

tanto nacionales como extranjeras a fin de prestar en su nombre cualquiera de estos servicios y la realización

de actividades conexas o similares a las indicadas en beneficio del turismo. Solo podrá comenzar a ejercer sus

actividades una vez autorizada al efecto por los organismos estatales de control pertinentes, especialmente la

Secretaria de Turismo de la Nación. A tal fin la sociedad está facultada para realizar todo tipo de actos contratos y

operaciones que se relacionen con el objeto social y se modificaron artículos 7° y 8°. Autorizado según instrumento

público Esc. Nº 134 de fecha 15/08/2017 Reg. Nº 2041

Elisabeth Cutillo - Matrícula: 4481 C.E.C.B.A.

e. 22/08/2017 N° 60329/17 v. 22/08/2017