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N° 60625/17 Aviso del Boletín Oficial

SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES miércoles, 23 de agosto de 2017

Texto del aviso

SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

CUARTO JUZGADO EN LO CIVIL, COMERCIAL Y MINAS - SAN RAFAEL - MENDOZA

EDICTOS

Cuarto Juzgado Civil, San Rafael, Mendoza, en autos N° 121.698 caratulados “ORREGO HECTOR E. Y OTS. C/

OTHAKE DE MIYAGUI SILVIA MARGARITA p/Prescripción adquisitiva” notifica la sentencia de fs. 251: “San Rafael, 29

de diciembre de 2016. y Vistos: ...- Resultando:....- Considerando: ...- Resuelvo: I. Admitir la formal demanda sumaria de

título supletorio, promovida a fojas 71/73 vta. por los Sres.: HECTOR ENRIQUE ORREGO, D.N.I. N° 16.377.269 y JOSÉ

EDUARDO ORREGO, D.N.I. N° 12.895.573 y en consecuencia, declarar que se ha operado a su favor, la prescripción

adquisitiva de dominio, sobre el bien inmueble rural, ubicado sobre ruta Nacional 146 s/n, Colonia Elena, Distrito de

Cuadro Nacional, San Rafael, provincia Mendoza, inscripto en el Registro de Propiedad Raíz de San Rafael, Mendoza,

bajo el número de Matrícula 9015/17 constante de una superficie según mensura de 20 ha 0796 64 m2, discriminados

de la siguiente forma: Polígono “A”, reclamado por el Sr. JOSÉ EDUARDO ORREGO D.N.I. N° 12.895.573, de 15 ha 0796

64 m2 y; polígono “B”, reclamado por el Sr. HECTOR ENRIQUE ORREGO, D.N.I. N° 16.377.269, de 5 ha 0000 00 m2 y,

superficie total según título de 20 ha 0454 00 m2, limitando al norte en 560,30 m. con calle Maza; S.: en 560,29 m. con

Elías Rustom y ot.; E.: en 358,85 m. con Ruta Provincial N° 156 y O.: en 356,72 m. con la Sidrera Argentina S.C., con

derecho de agua de carácter definitivo para la mitad y de carácter eventual para la otra mitad. II. Imponer las costas

por su orden. III. Ordenar a favor de los accionantes la inscripción en el Registro respectivo y demás reparticiones que

correspondan, del derecho de dominio reconocido y declarado en el dispositivo precedentemente y en las proporciones

indicadas (polígonos “A” y “B” a cada uno de los actores en la forma reclamada y ordenada en el resolutivo I.); y la

caducidad de la inscripción vinculadas al derecho de propiedad que le sirve de antecedente. IV....- V. Firme o consentida

la presente, y conformidades profesionales pertinentes, procédase a la inscripción del derecho de dominio reconocido

y declarado anteriormente (de conformidad con lo dispuesto en los puntos resolutivos primero y tercero); dejando a

salvo el cumplimiento de los requisitos registrales, catastrales y administrativos que correspondieren. A los efectos

indicados, oportunamente ofíciese, adjuntado una copia de la presente y con remisión de los autos. VI..... Fdo: Dra.

Mónica Del Carmen Cubillos.- - Juez”. Y a fs. 262 resolvió: “San Rafael, Mendoza, 22 de Febrero de 2017.... AUTOS Y

VISTOS:…. CONSIDERANDO... RESUELVO: I) …. II) CORREGIR el error material obrante a fs. 251/258, dispositivo I. del

resolutivo, donde dice: “JOSÉ EDUARDO ORREGO, D.N.I. N° 12.895.573”, deberá decir: JOSÉ EDUARDO ORREGO,

D.N.I. N° 12.189.573.... III) MANTENER incólume el resto de la resolución…. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE … Fdo.: Dra.

Andrea GRZONA -Juez Subrogante. Diario Uno. Boletín Oficial Mendoza. Boletín Oficial Nación. Radio (Una vez).

Javier Alexis Petrel, secretario.

e. 23/08/2017 N° 60625/17 v. 23/08/2017