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N° 60907/17 Aviso del Boletín Oficial

SUSTENTATOR S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 23 de agosto de 2017

Texto del aviso

SUSTENTATOR S.A.

Hace saber que por Acta de Asamblea General Extraordinaria N° 15 del 17/8/2017 se resolvió por unanimidad

reformar el Artículo Tercero del Estatuto Social, el cual quedo rectado de la siguiente manera: “ARTICULO

TERCERO: La Sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta propia y/o asociada a terceros, ya sea mediante

contratación directa o por medio de licitaciones públicas o privadas, en participación y/o en comisión y/o de

cualquier otra manera, en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero, a las siguientes actividades:

a) Actividades comerciales: compra, venta, importación, exportación, representación, consignación y distribución

de productos relacionado a la ecología, el medioambiente y las energías alternativas renovables, como así su

promoción y publicidad; b) Financiación para la compra de los productos mencionados, ya sea mediante

préstamos, leasings, facilidad de créditos u otras fuentes de financiación; c) Prestar servicios de consultorías y

asesoramiento a empresas nacionales y extranjeras, instituciones y organismos públicos y privados en materia

de ecología; c) Construcción, realización, reparación y mantenimiento de todo tipo de obras civiles e industriales,

públicas o privadas, sean viales, hidráulicas, energéticas, de desagües, edificios, y todo tipo de obras de ingeniería

y arquitectura, inclusive montajes industriales, como así también instalaciones sanitarias, eléctricas y de gas;

d) Participar en otras sociedades, empresas y agrupaciones temporales, uniones transitorias de empresas,

nacionales o extranjeras, que realicen actividades semejantes a las de la Sociedad, mediante la suscripción,

adquisición, negociación y tenencia de participaciones y acciones y cualquier otro título, ya sea de renta fija o

variable; efectuar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, toda clase de operaciones de inversión,

aportes de capital a sociedades o empresas constituidas o a constituirse y/o personas que actúen en actividades

semejantes a las de la Sociedad. Quedan expresamente excluidas del objeto social las actividades comprendidas

en la Ley de Entidades Financieras y otras en la que se requiera el concurso público. Para el cumplimiento de

sus fines, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, celebrar

contratos y ejercer los actos que, directa o indirectamente, se relacionen con el objeto social y no estén prohibidas

por las leyes y este estatuto”. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea General Extraordinaria

N° 15 de fecha 17/08/2017.

Dolores Gallo - T°: 78 F°: 208 C.P.A.C.F.

e. 23/08/2017 N° 60907/17 v. 23/08/2017