N° 62383/17 Aviso del Boletín Oficial
SYNGENTA AGRO S.A.
Texto del aviso
SYNGENTA AGRO S.A.
Se hace saber que Syngenta Agro S.A. (la “Sociedad” o el “Fiduciante”), ha cedido fiduciariamente a favor del
Fideicomiso Financiero denominado “Crescere II” (el “Fideicomiso”): (i) créditos originados por Distribuidores
Elegidos (conforme este término se define en el Contrato de Fideicomiso), transferidos al Fiduciante; y (ii) créditos
originados por el Fiduciante, todos derivados de la comercialización de insumos y productos agropecuarios entre
los Distribuidores Elegidos y/o el Fiduciante y los Deudores Cedidos (conforme este término se define en el Contrato
de Fideicomiso), instrumentados en facturas, según el contrato de fideicomiso financiero del 27 de enero de 2017
entre la Sociedad, en su carácter de fiduciante, y TMF Trust Company (Argentina) S.A., en su carácter de fiduciario
del Fideicomiso (el “Fiduciario”) (el “Contrato de Fideicomiso”). La cesión fiduciaria que aquí se notifica involucra
a los créditos correspondientes al Lote Nº 1, Lote Nº 2, Lote Nº 3, Lote Nº 4, y Lote Nº 5, indicados dentro de los
discos compactos no regrabables incluidos en la comunicación de cesión enviada al Fiduciario y, en su caso, en
el disco compacto presentado ante la Comisión Nacional de Valores (Expte. N° 636/2017) (los “Créditos Cedidos”).
Copias de los discos compactos y del Contrato de Fideicomiso, se encuentran a disposición de los interesados en el
domicilio de la Sociedad, sito en Avenida del Libertador 1855, Vicente López, Provincia de Buenos Aires, Argentina,
y en el domicilio del Fiduciario, sito en Av. Leandro N. Alem 518, Piso 2º, Ciudad de Buenos Aires, Argentina. La
presente importa notificación en los términos del artículo 1620 del Código Civil y Comercial de la Nación. La cesión
fiduciaria de los Créditos Cedidos al Fideicomiso no implica alterar las relaciones jurídicas originales celebradas
entre la Sociedad, los Distribuidores Elegidos y los Deudores Cedidos, y sólo determina para éstos el cambio de
la persona del acreedor, que en lo sucesivo en virtud de la cesión pasará a ser el Fideicomiso, representado en
la persona del Fiduciario, sin perjuicio de lo cual los Deudores Cedidos podrán continuar efectuando los pagos
debidos bajo los Créditos Cedidos a la Sociedad, en su carácter de Agente de Cobro y Administración –o al que
eventualmente lo reemplace en el futuro en los lugares habituales de pago.
Autorizado según instrumento privado Acta de Directorio de fecha 22/05/2017
Maria Paula Lusich Marinoni - T°: 118 F°: 615 C.P.A.C.F.
e. 28/08/2017 N° 62383/17 v. 28/08/2017