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N° 63516/17 Aviso del Boletín Oficial

STARNOVA GROUP DESARROLLADORA INMOBILIARIA S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS jueves, 31 de agosto de 2017

Texto del aviso

STARNOVA GROUP DESARROLLADORA INMOBILIARIA S.A.

La asamblea del 7.8.2017 resolvió reformar el artículo 3 del estatuto que quedó redactado así: La sociedad tiene por

OBJETO realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, las siguientes actividades: a) INMOBILIARIA

CONSTRUCTORA: La administración, construcción y/o comercialización de obras civiles, industriales y/o

electromecánicas, con el empleo de profesionales con título habilitante. La compra, venta, intermediación, alquiler,

construcción, permuta, urbanización, arrendamiento, subdivisión, loteo y administración de inmuebles urbanos y/o

rurales edificados o no, inclusive los sometidos al régimen de propiedad horizontal, la realización de todo tipo de obras

incluso la administración, comercialización y realización de obras por el sistema de construcción al costo. Licitaciones

públicas o privadas, gestiones de administración de consorcios de construcción al costo. b) MANDATOS - SERVICIOS:

El ejercicio de comisiones, mandatos, representaciones y/o gestiones relacionadas con el objeto social. c) FINANCIERA:

Operaciones financieras con exclusión de las comprendidas en la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera

el concurso público. d) FIDEICOMISOS: celebrar o aceptar contratos de fideicomiso en los que la sociedad asuma

el carácter de fiduciante, fiduciaria, beneficiaria o fideicomisaria, titular o substituto, o asumir varios roles en forma

simultánea o sucesiva siempre y cuando tales roles puedan desarrollarse simultanea o sucesivamente, que tengan por

objeto inmuebles, muebles, créditos o cualquier otro bien o valor susceptible de ser transferido en propiedad fiduciaria,

en cualquiera de las modalidades que el contrato de fideicomiso pueda revestir, incluyendo sin limitación: fideicomisos

de garantía, de administración, de disposición y de transferencia de propiedad. A tales efectos la sociedad tiene plena

capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por

las leyes o por este Estatuto.

Autorizado según instrumento privado asamblea de fecha 07/08/2017

Mariana Mabel Lantaño - T°: 89 F°: 96 C.P.A.C.F.

e. 31/08/2017 N° 63516/17 v. 31/08/2017