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N° 64855/17 Aviso del Boletín Oficial

BANCO SANTANDER RIO S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 4 de septiembre de 2017

Texto del aviso

BANCO SANTANDER RIO S.A.

En cumplimiento del artículo 10 de la Ley Nº 23.576 (y sus modificatorias) se informa: a) Banco Santander Río S.A.

(“BSR”) ha constituido el Programa de Emisión de Obligaciones Negociables por un monto nominal máximo en

circulación en cualquier momento de hasta U$S 1.500.000.000 (o su equivalente en pesos o en otras monedas)

(el “Programa”), en virtud de lo resuelto por asamblea de accionistas del 16/2/2007, 29/3/2012, 20/12/2016 y

21/4/2017, y reuniones de directorio del 10/3/2008, 9/4/2017, y 21/4/2017. El Programa tiene un plazo de vigencia

de 5 años contados a partir del 19/6/2013. b) BSR es una sociedad anónima con domicilio en Bartolomé Mitre

480, (C1036AAH) Ciudad de Buenos Aires, constituida en La Plata, Provinciade Buenos Aires, el 20 de junio de

1908, con duración hasta el 31 de julio del año 2107, inscripta en el Registro Público de Comercio de la Capital

Federal el 14 de mayo de 1968 bajo el número 1215 al Folio 64 del Libro 66, Tomo A de Estatutos Nacionales. c)

El objeto social de BSR es realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, operaciones bancarias,

de acuerdo a las leyes y disposiciones que reglamentan su ejercicio. BSR es un banco comercial autorizado

por el Banco Central de la República Argentina en los términos de la Ley 21.526 (y modificatorias) y tiene plena

capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por

las leyes aplicables o por su estatuto. d) El capital social de BSR al 30/6/2017 es de $ 2.157.750.030, representado

por 142.447.025 acciones ordinarias Clase “A” (5 votos), 1.379.346.522 acciones ordinarias Clase “B” (1 voto) y

635.956.483 acciones preferidas (sin derecho a voto) todas escriturales de V/N $ 1 cada una. El patrimonio neto

al 30/6/2017 es $ 24.127.393.000. e) El monto del Programa es de U$S 1.500.000.000 (dólares estadounidenses

mil quinientos millones). f) BSR posee deuda por obligaciones negociables emitidas con anterioridad por

$ 4.721.061.401 y no posee deuda con privilegios. De conformidad con la legislación argentina, los depositantes de

BSR tienen ciertos derechos de prioridad en el pago respecto de todos los otros acreedores quirografarios de BSR.

g) Las obligaciones negociables a emitirse bajo el Programa podrán ser obligaciones simples, no convertibles en

acciones, u obligaciones negociables convertibles en acciones Clase B de BSR, con garantía común e incondicional

de BSR y tendrán rango pari passu sin ninguna referencia entre ellas, o bien podrán ser subordinadas o avaladas o

garantizadas de conformidad a las disposiciones aplicables del Banco Central de la República Argentina, según se

disponga en el suplemento de precio respectivo. h) La forma de pago del capital bajo las obligaciones negociables

a emitirse bajo el Programa se realizará de acuerdo a lo que se especifique en cada suplemento de precio y sujeto

a las leyes y reglamentaciones aplicables. i) La fórmula de actualización del capital en su caso, tipo y época del

pago del interés de las obligaciones negociables emitidas bajo el Programa se especificarán en el suplemento

de precio respectivo. j) Las obligaciones negociables a emitirse bajo el Programa podrán (i) devengar intereses

sobre una tasa fija o flotante; (ii) ser emitidas con un descuento de emisión; (iii) devengar intereses a una tasa

ajustable; (iv) devengar intereses a una tasa ajustable en función de la evolución de activos financieros, acciones,

futuros, opciones de cualquier tipo y naturaleza u otros activos, inversiones e índices, sujeto a lo dispuesto por la

ley aplicable; (v) devengar intereses adicionales consistentes en una participación en las ganancias de BSR o en

la apreciación o incremento de valor de activos pertenecientes al Emisor, según se especifique en el suplemento

de precio aplicable, o (vi) devengar intereses de otra manera, conforme lo establezca el suplemento de precio.

Autorizado según instrumento privado Acta N° 3646 de fecha 28/12/2012

Leonidas Ramón Castillo Carrillo - T°: 62 F°: 885 C.P.A.C.F.

e. 04/09/2017 N° 64855/17 v. 04/09/2017