N° 64921/17 Aviso del Boletín Oficial
INTEGRAL ASSIST S.A.
Texto del aviso
INTEGRAL ASSIST S.A.
Por esc. del 15/8/17 se constituyó INTEGRAL ASSIST S.A., 1) Gabriel BLINDER, argentino, 10/5/86, Productor Asesor
de Seguros, soltero, DNI32.384.002, CUIT20-32384002-5; Ruiz Huidobro 1715 Caba; Fernando Martín GONZALEZ
ALEMAN, argentino, 26/9/71, Productor Asesor de Seguros, casado, Dni22.489.040, CUIT20-22489040-1, Av.
del Libertador 4666 Piso 4 Depto “B” Caba; Belén MARTÍNEZ PASMAN, argentina, 4/11/77, Lic. Administración,
casada, Dni26.348.167, CUIT23-26348167-4, Arenales 2839 Piso 1 Depto “A” Caba y Emilia MONTENEGRO PAZ,
argentina, 20/1/76, Lic.en Psicología, casada, Dni25.097.891, CUIT 27-25097891-5, Jorge Newbery 1611 Piso
5ºCaba; 2) SERVICIOS: La sociedad tendrá por objeto el desarrollo total o parcial de planes de comunicaciones
de servicios de asistencia en general y en especial al viajero, a vehículos y al hogar, incluyéndose dentro de ellos
las siguientes actividades: a) centralizar en forma organizada la atención de llamados telefónicos, entrantes y
salientes; b) procesamiento mediante medios informáticos de todo tipo de datos; c) investigaciones de mercado,
socio económicas y culturales, relevamiento de datos, procesamiento y análisis; d) asesoramiento especializado
en comercialización y comunicaciones; e) realizar publicidad y promoción para sí y para sus clientes en todos los
medios de comunicación, vía pública, comercio y por vía postal o televisiva; f) comercializar, vender y distribuir bienes
y servicios involucrados o vinculados con la actividad descripta en el presente artículo; g) organizar y promover
actividades educativas o de divulgación a través de cursos, conferencias, seminarios, congresos, exposiciones,
eventos, campañas publicitarias o equivalentes; h) brindar por cuenta propia, de terceros, o asociados – a terceros,
por todo los medios de comunicación, y/o transmisión, los servicios de consultoría, capacitación a personas
y/o empresas, realización de operaciones de comercialización de todo tipo de productos y servicios, realización
de servicios, asesoramiento, información y asistencia a clientes, ofrecimiento de servicios, comunicación y
relación con clientes, recabación de datos, realización de encuestas y cualquier otro servicio de asistencia al
cliente que pudiera realizarse por los medios referidos; i) la sociedad podrá prestar por intermedio de terceros
contratados al efecto, el servicio de asistencia al viajero en toda la República Argentina y en el exterior del país. La
asistencia al viajero cubrirá entre otros los gastos por atención médica del beneficiario, intervenciones quirúrgicas,
internaciones, hospitalizaciones, atenciones odontológicas, los gastos de medicamentos, traslado y reparticiones
de heridos, enfermos y fallecidos, los gastos de asesoramiento jurídico en caso de procesamiento del beneficiario
en el exterior del país a raíz de accidentes, no teniendo esta enumeración carácter taxativo. La sociedad podrá
hacer extensivos sus servicios asistenciales a los viajeros hacia cualquier otro aspecto que pueda ser de interés
o utilidad para los mismos. Para cumplimentar tales prestaciones podrá contratar profesionales médicos, legales,
odontológicos, sanatorios, organizaciones asistenciales específicas, estudios jurídicos y/o cualquier prestador, en
cualquier parte del mundo. Los prestadores que contrate deberán contar con habilitaciones y demás recaudos que
la ley exija para su funcionamiento; j) la sociedad podrá prestar a través de terceros los servicios de asistencia al
vehículo, en toda la República Argentina y en el exterior del país. El servicio consiste esencialmente en el servicio
de auxilio mecánico, comprensivo de mecánica ligera y remolque, sin que esta enumeración sea taxativa, pudiendo
la sociedad para ampliar las prestaciones que lo conformen. A fin de prestar el servicio, la sociedad contratará
a terceros prestadores idóneos y legalmente habilitados; k) podrá prestar a través de terceros también servicios
a asistencia al hogar que incluye urgencias domiciliarias, servicios de plomería, gas, electricidad, cerrajería,
cristalería, vigilancia y seguridad, albañilería, carpintería, reparación de electrodomésticos, pintura y cualquier
tipo de prestación que concierna a servicios de mantenimiento y reparaciones domiciliarias. A fin de prestar el
servicio, la sociedad contratará a terceros prestadores idóneos y legalmente habilitados. 1) La enumeración de
prestaciones que incluyen los servicios no reviste carácter taxativo, pudiendo la sociedad prestar cualquier tipo de
asistencia y/o servicios a personas. A tal fin la sociedad podrá contratar a prestadores habilitados, podrá comprar
y/o vender vehículos o bienes muebles de cualquier naturaleza, como operatoria habitual; podrá también efectuar
operaciones de leasing y todo tipo de operatoria comercial inherente a los servicios que presta. La sociedad podrá
comercializar sus servicios en forma directa a través de agentes o de terceros en cualquier parte del mundo; y
ofrecer sus servicios en el mercado corporativo o empresario, o en cualquier otro que ese adapte a la naturaleza de
los servicios. También podrá recurrir a cualquier modalidad de comercialización de sus productos, tales como la
venta a usuarios finales o la venta por capitación, sin que esta enumeración sea excluyente de otras que existan en
la actualidad o puedan surgir en el futuro. 2) COMERCIALES: A los fines expuestos, la sociedad tendrá facultad para
promover, organizar, coordinar, administrar y realizar proyectos comerciales, importar o exportar bienes o servicios,
otorgar o recibir franquicias comerciales, concesiones o cualquier otro acto de distribución comercial. Se incluyen
entre las actividades que la sociedad puede realizar, la organización, producción y realización de eventos tales
como exposiciones, congresos, simposios, programas radiales, televisivos, campañas publicitarias, asi como todo
evento o acto que se relacione con la difusión de los servicios a prestar por la sociedad y que se describen en el
punto 1 del presente artículo. 3) INMOBILIARIO: La sociedad podrá adquirir por cualquier régimen, construir, locar,
explotar, instalar, acondicionar y vender inmuebles, urbanos y rurales, establecimientos comerciales o industriales,
talleres, depósitos y/o terrenos para la prestación de los servicios descriptos en el punto 1 del presente artículo. 4)
FINANCIERO: La sociedad podrá efectuar aportes, suscripción o inversión de capitales de empresas o sociedades
por acciones constituidas o a constituirse para negocios realizados o a realizarse vinculados a las actividades
detalladas en el punto 1 del presente artículo; podrá, asimismo constituir hipotecas, prendas con o sin registro
y demás derechos reales, préstamos con o sin garantía reales y toda operación no reservada exclusivamente
8 BOLETÍN OFICIAL Nº 33.702 - Segunda Sección
Martes 5 de septiembre de 2017
a las instituciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras. 5) REPRESENTACIONES, MANDATOS Y
SERVICIOS: La sociedad podrá ejercer la representación de empresas o personas, nacionales o extranjeras,
comisiones y mandatos; la gestión, asistencia, organización y asesoramiento industrial, comercial, administrativo,
técnico y financiero, de consultoría, proyecto y dirección de obras públicas o privadas, en especial a sociedades,
entes personas que desarrollan las mismas actividades descriptas en el punto 1 del presente artículo. A tal fin
la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que
no estén prohibidos por el Estatuto o las leyes. 3) 99 años. 4) Capital: $ 200.000. 5) Representación: Presidente
del Directorio. 6) Directorio: Presidente: Gabriel Blinder y Director Suplente: Fernando Martín Gonzalez Aleman.
Duración: 3 ejercicios. 7) Prescinde de sindicatura. 8) 31/12. 9) Domicilio especial y sede social: Carlos Pellegrini
379 piso 7º oficina “16” Caba.
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 302 de fecha 15/08/2017 Reg. Nº 1214
Gabriela Eliana Blanco - Matrícula: 5382 C.E.C.B.A.
e. 05/09/2017 N° 64921/17 v. 05/09/2017