N° 59889/17 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 63
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 63
SECRETARÍA ÚNICA
EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 63 a cargo del Dr. Pablo Torterolo, Juez, Secretaría
única a cargo del Dr. Marcelo Javier Salomone Freire, con asiento en Av. de los Inmigrantes 1950 piso 4° de
CABA, comunica por 2 días en los autos: “SANCHEZ MARTA BEATRIZ c/DI ROCCO ELISA BEATRIZ Y OTROS
s/EJECUCION DE ALQUILERES.” EXP. 92020/2008. Reservado-, que el Martillero Público DEMIAN MARTÍNEZ
NAYA subastará, el día 14 de SEPTIEMBRE de 2017 a las 11:00 hs, en la Oficina de Subastas Judiciales C.S.J.N,
sita en Jean Jaures N° 545 de CABA el inmueble sito en la calle De las Caronas 2570, Cuartel Cuarto, localidad de
Ituzaingo, Partido de Morón, Provincia de Buenos Aires. Los días de visita son 7 y 8 de septiembre de 2017 de 15:00
a 17:00 hs. La venta se realizará al contado, en efectivo y al mejor postor. La base es de $ 650.000.- Seña: 30%;
Comisión: 3%. Arancel s/acordada 24/00: 0,25% más el sellado de ley, todo en efectivo y en el acto de remate. En
el lote de terreno a subastar se encuentra construida una casa precaria que consta de 2 habitaciones con piso de
cerámicos, baño, cocina con piso de lajas y patio posterior. Todo en mal estado de conservación y mantenimiento.
Dicho inmueble se encuentra habitado. Se hace saber que los concurrentes al acto de la subasta deberán asistir
munidos de sus correspondientes documentos de identidad. En caso de presentarse oferente por apoderado,
deberá exhibirse el pertinente poder especial y para el supuesto de resultar comprador, el Martillero deberá, con
antelación al cierre del acto de remate, anunciar a viva voz el nombre del poderdante, conforme la recomendación
remitida por el Director de la Dirección de Subastas Judiciales, además de corroborar acabadamente los términos
del poder especial otorgado y la identidad de la persona concurrente. Queda prohibida la compra en comisión, como
así también, y hasta tanto se apruebe la subasta, la cesión del boleto de compraventa judicial. El o los compradores
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Jueves 7 de septiembre de 2017
deberán constituir domicilio dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo apercibimiento que las
sucesivas providencias se tendrán por notificadas en la forma y oportunidad previstas por el art. 133 del C.P.C.C.
Conforme lo resuelto por la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil, en pleno in re “Servicios Eficientes S.A. c/
Yabra, Roberto Isaac s/Ejecución Hipotecaria”, hágase saber que: “No corresponde que el adquirente en subasta
judicial afronte las deudas que registre el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones, devengadas antes de la
toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlas”. Y que: “no cabe solución
análoga respecto de las expensas comunes para el caso de que el inmueble se halle sujeto al régimen de la ley
13.512. DEUDAS: ARBA: $ 2.419,20. al 23/01/2015. Tasas municipales: $ 10.241,08 (deuda nominal) más legajo de
Apremios, al 11/12/2014. Dado, sellado y firmado en mi público despacho a los dieciséis días del mes de Agosto
de 2017. Firmado: Dr. Salomone Freire, Marcelo Javier. Secretario. Publíquese edictos por DOS días en el Boletín
Oficial.
PABLO JORGE TORTEROLO Juez - MARCELO SALOMONE FREIRE SECRETARIO
e. 06/09/2017 N° 59889/17 v. 07/09/2017