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N° 68500/17 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 41

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES martes, 19 de septiembre de 2017

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 41

SECRETARÍA ÚNICA

EDICTO

El Juzgado Nacional de 1º Instancia en lo Civil Nº 41, Secretaría única, sito en Uruguay 714, P. 1° C.A.B.A., comunica

por 2 días en los autos “LEVY RAQUEL C/GONZALEZ de RUSO Anabel y otro S/Ejecución Hipotecaria” (Expte. No.

57681/2004), que el 25 de septiembre de 2017 -11:15 hs. EN PUNTO- en Jean Jaures 545, C.A.B.A., el martillero

Mariano M. Espina Rawson (CUIT: 20-13407112-6 IVA Resp. Insc. - Tel. 4371.2309) rematará, al contado y al mejor

postor, de conformidad con las condiciones de venta establecidas por el Tribunal y demás constancias de autos

que el comprador declarará conocer y admitir en el boleto de compraventa a labrarse, el 100% del inmueble sito

en la calle Sunchales 827, entre Cucha Cucha y Añasco, Unidad 1, Piso PB, Nomenclatura Catastral: Circ. 15, Secc.

59, Manz. 188, Parc. 30, dominio inscripto en la matricula F.R. N° 15-25178/1 (Sup. Total: 24 m2 20 dm2. Porcentual:

14,49% s/título). OCUPADO por la demandada. La unidad 1, forma parte de un PH de un total de 8 unidades, se

compone (en la planta baja) de un ambiente de forma rectangular (aproximadamente 3,50 de frente por 6 metros

de fondo) en el cual está integrado la cocina y el comedor, al cual hay que sumar un baño completo (con pileta

pequeña c/ducha) de aprox. 2 metros por 1,50, de la planta baja por una escalera de madera se accede a la planta

entrepiso donde en un espacio de aproximadamente 18 m2 (construido sobre la terraza de la unidad) en total donde

hay 2 dormitorios y un espacio destinado originalmente al funcionamiento de un baño (actualmente utilizado como

guarda muebles). El estado de la unidad no obstante su aspecto humilde se puede decir que es bueno, carece

de gas natural. BASE: U$S 28.000.- Seña 30%. Comisión 3% + IVA. Arancel CSJN 0,25%. Impuesto de sellos.

El adquirente que, dentro de los cinco días de aprobado el remate, deberá depositar en autos el saldo de precio,

bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del Código Procesal. Se deja constancia que no procederá

la compra en comisión (cfr. art. 598 INC. 7º CPCC), ni la cesión del boleto de compraventa o cualquier otro

negocio que importe sustituir al comprador en subasta. Adviértase que tampoco se admitirá la actuación en estos

obrados del eventual cesionario del boleto de compraventa. El comprador deberá anunciar a viva voz el nombre

del poderdante en caso de invocar un poder; a los fines de darle aún mayor transparencia a los remates. Deudas

informadas: O.S.N. al 22.02.2017 sin deuda (fs. 299) AySA: al 01.11.2016 $ 711,13 (fs. 282/283), ABL (Impuesto

Inmobiliario) según constancia de fs. 270 no registra deuda. Expensas, según acta de fs. 208 los copropietarios del

PH manifestaron que no hay consorcio ni administrador y que no se pagan expensas. De acuerdo a lo dispuesto

en el fallo plenario “Servicios Eficientes S.A. c/Yabra Roberto Isaac S/Ejecución Hipotecaria” por el cual, no

corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registra el inmueble por los conceptos

aludidos precedentemente, devengados antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en el remate

no alcance para solventarlos, con la constancia que no cabe una solución análoga respecto de las expensas

comunes, para el caso que el bien se halle sujeto el régimen de la Ley 13.512 (conf. C.N.Civ. en pleno, febrero 18 de

1999 “in re”). Exhibición: 21 y 22 de septiembre de 2017 de 16 a 18 hs. En Buenos Aires, de 13 Septiembre de 2017.

MARCOS GALMARINI Juez - GERMAN D. HIRALDE VEGA SECRETARIO

e. 18/09/2017 N° 68500/17 v. 19/09/2017