N° 69487/17 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 13
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 13
SECRETARÍA NRO. 25
El Juzg. Nac. 1era. Insancia en lo Comercial N° 13 Sec. 25, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 4to. piso CABA,
comunica por dos días en autos “Sal Nave SA s/quiebra” expte. 36294/2014, que el martillero Lucas M. López
Cabanillas rematará el 6/10/2017 a las 11 hs. en la Oficina de Subastas Judiciales, Jean Juares 545 CABA, el 100%
del buque tanque de la fallida: VIZCAINO 978, matrícula 02231, tipo petrolero bandera argentina, con 52,05 mts.
De eslora, 9,20 mts. de manga y 3,40 mts. de puntual, con motor Cummins diese, con doble casco, en estado de
abandono, sin ocupantes, el que se encuentra amarrado desde hace aproximadamente tres años, en la Dársena
de inflamables de Dock Sud “D” de la Prefectura Naval Argentina, donde se exhibe los días 3 y 4 de octubre de
2017 de 10,30 a 12,30 hs. La venta se realiza al contado y al mejor postor. Base U$S 170.000. Seña 30%, Comisión
3% y arancel o, 25% Ac. 10/99 CSJN 0,25%. Los impuestos, tasas y contribuciones anteriores al decreto de
quiebra deberán con los fondos obtenidos por la liquidación del bien y a prorrata de las acreencias de idéntico
origen contribuciones devengados con anterioridad al decreto de quiebra deberán ser objeto de verificación en
autos en la oportunidad prevista por el art. 240LCQ. Los gastos de posesión y su transferencia de dominio, como
el retiro de objetos extraños que pudiera haber en él, correrá por cuenta y riesgos del adquirente sin asumir la
quiebra responsabilidad alguna. Deberá tomar posesión del bien, dentro de los 20 días hábiles de aprobada
la subasta. Vencido tal plazo, o de la fecha de posesión si ésta fuere anterior, estarán a cargo los impuestos,
tasas y contribuciones que se devenguen. Vencidos tales plazos, la quiebra no se hará cargo de gasto alguno,
ocurrido desde esa fecha. El saldo deberá depositarse dentro del 5to dia de aprobada la subasta, sin necesidad
de notificación, bajo apercibimiento de hacerlo responsable de la disminución que se opere en el precio obtenido
en la nueva subasta, intereses, gastos y costas y multa (art. 580, 581, 584 CPR). No se admitirá la compra en
comisión, y no se considerará en autos la eventual cesión de derechos emergentes del boleto de compraventa.
Será inoponible todo incidente que promueva sin previo depósito de precio. Se aceptan ofertas bajo sobre hasta
dos días antes de la fecha designada para la subasta-venciendo dicho plazo a las 11 hs de ese día. La apertura de
sobres se hará el día anterior la subasta a las 12 hs. Regl. Justicia Comercial de Capital Federal (AC. 12/12/89). Más
informes en autos o martillero 15-4164-3035. Buenos Aires, 15 de septiembre de 2017. Fdo. Sebastián Marturano.
Secretario. FERNANDO J PERILLO Juez - SEBASTIAN J MARTURANO SECRETARIO
e. 25/09/2017 N° 69487/17 v. 26/09/2017