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N° 74869/17 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PROVINCIA DE TIERRA

Edictos Judiciales EDICTOS JUDICIALES jueves, 5 de octubre de 2017

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL DE LA PROVINCIA DE TIERRA

DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR

EDICTO

Por disposición de S.E., el Dr. Luis Alberto GIMENEZ, Juez de Cámara, se ha ordenado en los autos FCR 1959/2016/

TO1 caratulados “PEREZ, CRISTIAN ADRIAN s/CONTRABANDO ARTICULO 864, INC. A) - CODIGO ADUANERO”

en trámite por ante éste Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas

del Atlántico Sur, en atención a la condena recaída sobre el nombrado Cristian Adrián Pérez, (titular del Documento

Nacional de Identidad número 24.814.064, con domicilio en la calle Terán número 726, de la localidad de Libertad

de Merlo, provincia de Buenos Aires) y la inhabilitación absoluta que ella importa, conforme el art. 12 del Código

Penal, la publicación en el Boletín Oficial por el término de cinco (5) días, de la parte dispositiva de la Sentencia

Definitiva dictada el 29 de mayo del 2016, cuyas partes pertinentes transcribo: “Ushuaia, 29 de mayo de 2016. Para

dictar sentencia en esta causa número FCR 1959/2016/TO1 - Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PÉREZ,

CRISTIAN ADRIÁN s/CONTRABANDO ARTÍCULO 864, INC. A) - CÓDIGO ADUANERO, […] el Tribunal Oral en lo

Criminal Federal de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, integrado de acuerdo a las previsiones del

art. 9 de la ley 27.307; FALLA: I.- CONDENANDO a Cristian Adrián Pérez, de las demás condiciones personales

obrantes en autos, a la pena de dos (2) años de prisión de ejecución en suspenso, inhabilitación especial por

seis (6) meses para ejercer el comercio, inhabilitación especial perpetua conforme el inc. f del art. 876 del Código

Aduanero, inhabilitación absoluta por el término de cuatro (4) años para desempeñarse como funcionario o

empleado público, y al pago de las costas del proceso, por considerarlo autor penalmente responsable del delito

de contrabando previsto en el art. 864 inc. b, del Código Aduanero (art. 403, 530, 531 y 533 del Código Procesal

Penal de la Nación; 5, 26, 29 inc. 3, 40, 41, 45 del Código Penal; y 863, 864 y 876, inc. a, e, f y h del Código

Aduanero). […]. Regístrese, notifíquese y practíquese el cómputo conforme el art. 493 del Código Procesal Penal

de la Nación. (Fdo.) Luis Alberto Giménez -Juez De Cámara- Ante mí: (Fdo.) María Alonso Massey -Secretaria-.”

Ushuaia, 03 de octubre del 2017.

MARIA ALONSO MASSEY

SECRETARIA

LUIS ALBERTO GIMENEZ Juez - MARIA ALONSO MASSEY SECRETARIA

e. 05/10/2017 N° 74869/17 v. 11/10/2017