N° 79762/17 Aviso del Boletín Oficial
GEA DRILLING SERVICES S.A.
Texto del aviso
GEA DRILLING SERVICES S.A.
Por Asamblea Extraordinaria del 13/10/2017, se resolvió el cambio denominación quedando redactado el artículo
primero del Estatuto Social de la siguiente manera: “La sociedad originalmente constituida como “Gea Drilling
Services S.A.”, se denomina “GEA ENERGY S.A.” y tiene su domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, pudiendo el Directorio establecer sucursales, agencias y todo tipo de representaciones en el territorio de
la República Argentina y en el extranjero”. También se resolvió el cambio de objeto por lo que el artículo tercero
quedó así redactado: “La sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a
terceros en la República Argentina y en el extranjero a las siguientes actividades: (A) Prestación de Servicios: La
sociedad podrá: 1) prestar servicios de transporte, compra, venta, comercialización, distribución y transformación
de gas natural, biodisel, gas natural licuado, energía eléctrica, diésel, eólica, fotovoltaica, renovables e hidrógena y
cualquier otro producto de cualquier naturaleza relacionado a los previamente mencionados o derivados de éstos,
2) elaborar, desarrollar, operar y ejecutar proyectos, públicos o privados, de generación, transporte, distribución y
comercialización de todos los productos mencionados en el punto 1 anterior, a clientes residenciales y/o industriales
y/o clientes de cualquier naturaleza; 3) importar y exportar energía y cualquiera de los productos mencionados
en 1, y, 4) ,en general, efectuar presentación de solicitudes, proyectos para la explotación de Servicios Públicos;
presentarse en licitaciones públicas o privadas, realizar cuanta otra actividad que fuere necesaria o conveniente
para obtener una autorización o permiso para el cumplimiento de las actividades conexas a los proyectos o
emprendimientos que correspondan relacionados con los productos mencionados en 1; y (B) Inversión: La
sociedad podrá: 1) participar en empresas de cualquier naturaleza - sea en la República Argentina o en el exterior -
mediante la creación de sociedades, sucursales, uniones transitorias de empresas, agrupaciones de colaboración,
joint ventures o consorcios, 2) en general, podrá realizar operaciones financieras, de leasing y de inversión en los
términos del artículo 31, primer párrafo de la ley 19.550; 3) participar, comprar, y/o vender bonos, obligaciones
negociables, debentures, certificados de participación y toda clase de títulos públicos y privados en empresas
de cualquier índole. Se excluyen las operaciones comprendidas en la ley de entidades financieras y toda otra que
requiera el concurso público.” Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 13/10/2017
Maria Lucrecia Silvestroni - T°: 117 F°: 10 C.P.A.C.F.
e. 19/10/2017 N° 79762/17 v. 19/10/2017