N° 78319/17 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 43
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 43
SECRETARÍA ÚNICA
EDICTO El Juz. Nac. Para Inst. En lo Civil Nº, 43 a cargo del Dr. Julio Fernando Ríos Beker, Secretaría única, a mi
cargo, sito en la calle Uruguay 714, E.P, de CABA, Comunica por 2 días en autos: “GIANATTASIO GERMAN DAVID
c/ VILLAMIL MARIANA s/ FIJACION Y/O COBRO VALOR LOCATIVO”, Exp. Nº 37645/07. Que el Martillero Aldo
Jorge Telleria, rematará en el salón de Subastas, sito en la calle Jean Jaures Nº.545 P.B. de CABA, el día 26 de
octubre del 2017, a las 11,30hs, en punto, al contado, al mejor postor y con la BASE de $ 750.000,00: el 50% indiviso
de un inmueble ley 13512, sito en la calle Las Heras 2901/05/09/11, esquina Sánchez de Bustamante Nº 2610/12,
Un. Fun. Nº 104, piso 11 de CABA, Matrícula F.R. 195112/104, superficie ad-corpus, 51,81m2. Porcentual 0,63
st.% – Nom. Catas. C. 19, S. 15, M. 55, P. 32 – Consta de 1 cocina, 1 living comedor, 2 habitaciones, 1 baño
completo, de ubicación interna; buen estado de conservación - Ocupado, por Agustín Collado DNI 32.552.119,
en calidad de ocupante hijo de la propietaria, lo que no se acredito. En el buen estado: Debe: Municipales a fs.
575, $ 17.738,70, al 31-08-2017. Aysa a fs. 598, $ 17.858,45 al 14-07-17, Expensas $ 107.959,04 al 12-07-17, última
expensa al 12-07-17 $ 1.620,00- Exhibe 24 y 25/10/17 de 12hs a 13hs - El Martillero percibirá el 30% del precio
en concepto de seña, comisión 3%, 0,25% en concepto de arancel fijado por la acordada Nº.10/99 (CSJN).- En
el caso de suscribir boleto exigirá la constitución de domicilio dentro del radio de CABA, bajo apercibimiento de
que las sucesivas providencias se las tendrá por notificadas en la forma y oportunidad previstas por el art. 133
del C.P.C.C. - Se hace constar que dentro del 5to día de aprobado el remate, el comprador sin intimación alguna,
deberá depositar el saldo del precio en el Banco de la Nación Argentina, Sucursal Tribunales, en una cuenta a
nombre del Suscripto y como perteneciente a estos actuados; Si así no lo hiciere se le aplicara la tasa de interés
pasiva promedio que publique el Banco Central de la República Argentina desde el momento de la celebración del
boleto y hasta el efectivo pago, aun cuando, la eventual demora no le fuera imputable y sin perjuicio de la eventual
subasta que pudiera decretarse, (art. 584 del cod. Procesal).- Se hace saber al adquirente en subasta judicial que
no corresponde afrontar las deudas que registre el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones devengadas
antes de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en subasta no alcance para solventarlas, con excepción
de las deudas que por expensas comunes registre el bien, cuando el inmueble se encuentre sujeto al Régimen
de Propiedad Horizontal (CNCiv. en pleno, “Serv. Eficientes S.A. c/ Yabra, Roberto s/ Ej. Hipotecaria) del 18-2-
99.- Mayores informes consultar los autos y/o of. Sr- Martillero, Telefax 2051-3530- Buenos Aires 12 de octubre
2017.- JULIO FERNANDO RIOS BECKER Juez - MARCELO CAPPELLA SECRETARIO INTERINO
e. 18/10/2017 N° 78319/17 v. 19/10/2017