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N° 78156/17 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 22

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS jueves, 19 de octubre de 2017

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 22

SECRETARÍA NRO. 44

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 22, Secretaría Nº 44; sito en Marcelo T. de Alvear

1840 Piso 3º, Capital Federal, comunica por 5 (cinco) días que en los autos CIDEC COMPAÑIA INDUSTRIAL DEL

CUERO S.A. S/QUIEBRA S/INCIDENTE DE LICITACION - COM 13166/2012 (Reservado), los martilleros Alberto

Enrique Bieule (CUIT 20-04198920-4), José María García Arecha (CUIT 20-04423243-0) y Lorenzo Ezcurra Bustillo

(CUIT 20-10134077-6) rematarán en block el día 04 de Diciembre de 2017 a las 10:30 hs (en punto) en el salón de

ventas de la Dirección de Subastas Judiciales, sito en la calle Jean Jaures 545 de esta ciudad, el ESTABLECIMIENTO

INDUSTRIAL propiedad de la fallida, formado parte de las condiciones de adquisición, la asunción por parte del

adquirente, de las relaciones laborales de quienes se encuentran trabajando en la cooperativa que detenta la

tenencia de la planta (Cooperativa Curtidores de Hurlingham Ltda.), respondiendo ello a lo resuelto por la Alzada

a fs. 1765. El establecimiento industrial está ubicado en la Av. Gobernador Vergara con entrada principal por el

número 1850 de la localidad de Villa Tesei, Partido de Hurlingham, Provincia de Buenos Aires, y está compuesto

de: a) los inmuebles sobre los que está levantada la planta industrial cuya Nomenclatura Catastral es la siguiente:

i) Circ. IV, Sec. F, Fracción II de 13.840,76 m2 (ref: planta de tratamiento de efluentes + calle) y; ii) Circ. IV, Sec. P,

Mz 78 de 29.530,97 m2 (ref: planta industrial principal) y b) el conjunto de maquinarias y demás bienes muebles

propiedad de la fallida que se encuentran en el establecimiento y que formen parte del inventario de fs. 977/985

de este incidente de licitación. De encontrarse aún en la planta los bienes excluidos a fs. 1501 (ver asimismo

lo manifestado por los martilleros a fs. 2103), el eventual adquirente quedará constituido en depositario judicial

de los mismos hasta tanto sean retirados. El adquirente deberá asumir las relaciones laborales de quienes se

encuentran trabajando en la cooperativa que detenta la tenencia de la planta según relevamiento llevado a cabo

por la sindicatura a fs. 1927/1930 (113 trabajadores), quienes no podrán ser despedidos sin causa dentro de los

dos (2) primeros años de la nueva relación laboral. BASE: U$S 9.000.000.- más IVA sobre los bienes muebles (que

representan un 8% del precio). La venta se llevará acabo de contado y al mejor postor. Seña 10%. Arancel CSJN

0.25%. Comisión 3,5% (más IVA en su caso). Se admitirá la cancelación de la seña mediante cheque certificado

de un banco de esta plaza. El saldo del precio deberá ser integrado dentro de los cinco (5) días de aprobado el

remate. Se reciben posturas bajo sobre cerrado hasta las 10:00 horas del día anterior a la subasta, los que serán

abiertos por el Actuario con presencia de los martilleros y los interesados a las 12:30 horas del mismo día anterior

(art 162 del RJC). El adquirente deberá tomar posesión de los bienes dentro de las 72 horas de aprobado el remate

y materializar la traslación del dominio a su favor en un plazo no mayor a 30 días, bajo apercibimiento de aplicar

astreintes. Los gastos, tasas e impuestos vinculados a la transferencia de dominio de los bienes subastados estarán

a cargo del comprador. Las deudas por impuestos, tasas, contribuciones, servicios de obras sanitarias, etc., serán

asumidas de la siguiente forma: i) por los importes devengados hasta la declaración de la quiebra, los organismos

acreedores respectivos deberán presentarse a verificar los mismos por ante el síndico; i) los devengados a partir

de la quiebra deberán ser soportados por la masa de acreedores, previo reconocimiento de los importes por el

síndico y; iii) los posteriores a la fecha en que el comprador haya tomado posesión del inmueble, a cargo de este

último. Se prohíbe la compra en comisión y la cesión del boleto de compraventa. Todo interesado tiene la carga de

tomar vista de la causa e interiorizarse de las condiciones de enajenación, de las particularidades de la propiedad

(escrituras, planos y certificados de dominio) y, especialmente, de las eventuales responsabilidades que puedan

derivarse en materia ambiental (ver informes de OPDS de fs. 1797/99, 1800, 1858/90 entre otros). Para el caso de

que el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, no haya tomado nota de la cancelación

de los asientos que dan cuenta de la afectación a la Ley de Expropiación n° 14.623, el comprador deberá anotar

dicha cancelación conjuntamente con el cambio de titularidad del dominio (librándose a tal fin oficio Ley 22.172).

EXHIBICIÓN: en la planta industrial: Av. Gobernador Vergara 1850, Villa Tesei, Partido de Hurlingham, Provincia de

Buenos Aires, los días 27, 28, 29 y 30 de Noviembre de 2017 de 10 a 14 hs. Para otras visitas, coordinar con los

martilleros DRA. MARGARITA R. BRAGA Juez - DR. PABLO CARO SECRETARIO

e. 17/10/2017 N° 78156/17 v. 23/10/2017