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N° 79869/17 Aviso del Boletín Oficial

AXIAL GROUP S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 20 de octubre de 2017

Texto del aviso

AXIAL GROUP S.A.

Esc. 91 del 12/10/17, reg. 1736. 1) Cristian Fuster, DNI 23084151, divorciado, Av. del Libertador 5858, CABA y

Eduardo Galaretto, DNI 23071462, casado, Chenaut 1892, 5º piso, dpto A, CABA; ambos argentinos, medicos y de

44 años. 2) 99 años. 3) Sede: Huergo 366, 6º piso, dpto A, CABA. 4) a) Prestación de servicios médicos, sanitarios

y de rehabilitación para la prevención, educación, asistencia y tratamientos para la salud psicofísica del individuo;

efectuando tratamientos terapéuticos y de prevención para el mantenimiento de la salud, orientados a la asistencia,

investigación, docencia, a través de instalaciones y equipamientos propios y/o de terceros, como asimismo, al

gerenciamiento de contratos de la seguridad social y administración de servicios de salud, y el gerenciamiento y

administración de clínicas, sanatorios, hospitales, obras sociales, prepagas y todo tipo de entidades afines con el

objeto social, constituir prepagas de salud. Hacer estadísticas y encuestas en salud. b) Dictar cursos, seminarios,

talleres de capacitación y ayuda para todo tipo de prestadores conexos la ciencia médica o no. Toda actividad

que en virtud de la materia haya sido reservada a profesionales con título habilitante será realizada por medio de

éstos. c) Realizar visitas médicas domiciliarias, atención de primeros auxilios; incluyendo prácticas terapéuticas de

todo tipo; estudios, análisis y exámenes y servicios conexos, complementarios y accesorios a los antes citados. d)

Operar como hospital de día, centro de consultas médicas para asistencia, diagnóstico y tratamiento, ambulatorio

o con internación, de pacientes, propios, de obras sociales y/o prepagas; organización y explotación de sistemas

destinados a la cobertura de emergencias personales para el traslado de movilidad de pacientes de obras sociales

o particulares, el que será presentado por medio de ambulancias terrestres, aéreas y/o fluviales o cualquier otro tipo

de unidades móviles, dotadas o no de equipos de cuidados intensivos y/o de equipos de unidad coronaria u otros

elementos técnicos para la atención de pacientes. Todos los servicios podrán prestarse en forma abierta y libre o

mediante afiliación, abono, prepagos, convenios o similares. e) Crear, organizar, explotar o administrar sanatorios,

clínicas, centros de estudio e investigaciones técnicas y científicas de temas relacionados con el objeto social,

como así también contratar empresas que realicen las actividades descriptas. Para la operatividad de los servicios

podrá contratarse personal médico, paramédico y/o auxiliar y todas las actividades que lo requieran serán ejercidas

por profesionales con título habilitante. Asimismo podrá comprar, vender, importar, exportar, dar o recibir en

comisión, consignar, representar, transportar, distribuir y dar en locación equipos, artículos, productos, materiales,

mercaderías, materias primas, insumos, instrumental, partes, repuestos y accesorios médico hospitalarios para lo

cual podrá presentarse en licitaciones públicas y privadas, compulsas de precios; pudiendo establecer sucursales,

agencias o cualquier otro tipo de representación tanto en el país como en el extranjero. Fabricación, instalación,

distribución, representación y venta de prótesis, insumos y equipamiento médico en general. Reparación, calibración,

asesoramiento, capacitación, mantenimiento, traslado. Recuperación y entrenamiento de pacientes con problema

de espalda con asistencia terapéutica para enfermos; prevención, entrenamiento y gimnasio para personas sanas.

5) $ 200000. 6) Administracion: 1 y 5 por 3 ejercicios. 7) Sin sindicatura. 8) Presidente o vice indistintamente. 9) 31/7.

Presidente: Cristian Fuster; Vicepresidente: Eduardo Galaretto y Suplente: Norberto Carlos Fernandez, todos con

domicilio especial en la sede. Autorizado por Esc. Ut supra

Gerson Cesar Gonsales - T°: 124 F°: 881 C.P.A.C.F.

e. 20/10/2017 N° 79869/17 v. 20/10/2017