W20 Argentina W20Argentina

N° 80342/17 Aviso del Boletín Oficial

COLSERVICE S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES lunes, 23 de octubre de 2017

Texto del aviso

COLSERVICE S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS

Se hace saber que, en el marco del contrato suplementario de fideicomiso financiero celebrado en fecha 15 de

junio de 2017 (con enmienda del 1 de agosto de 2017) entre Colcar Merbus S.A., en calidad de fiduciante (“Colcar”),

Colservice S.A. de Ahorro para Fines Determinados, en calidad de fiduciante y administrador (“Colservice”, y

conjuntamente con Colcar, los “Fiduciantes”), y TMF TRUST Company (Argentina) S.A., en su carácter de fiduciario

(el “Fiduciario”), para la constitución del fideicomiso financiero “Colcar Serie II” (el “Fideicomiso”), y la oferta de

reemplazo de activos fideicomitidos remitida en fecha 11 de octubre de 2017 por los Fiduciantes al Fiduciario, y

aceptada por éste, Colservice: (i) cedió fiduciariamente al Fiduciario los derechos de cobro de las cuotas puras

bajo la solicitud de adhesión a un plan de ahorro previo para fines determinados (identificada como grupo 42 –

orden 62) de Expreso Villa de Rosario S.A.; y (ii) el Fiduciario cedió fiduciariamente a Colservice los derechos

de cobro de las cuotas puras bajo la solicitud de adhesión a un plan de ahorro previo para fines determinados

(identificada como grupo 42 – orden 61) de Autotransporte Neuquén S.R.L. En ambos casos, las cesiones son

por hasta el importe al cual ascendió la cuota pura de tales planes al 1 de mayo de 2017, excluyendo todo tipo de

intereses, actualizaciones y otros accesorios que pudieran devengar las cuotas. En virtud de ello: (i) todo pago

que corresponda efectuar en virtud de los créditos cedidos al Fiduciario, por hasta el importe que corresponda,

deberá ser efectuado a la cuenta bancaria n° 77631-8 999-0 abierta en Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.,

bajo titularidad del Fideicomiso, CUIT 30-71563777-0, CBU 0070999020000077631808; y (ii) todo pago que

corresponda efectuar en virtud de los créditos cedidos a Colservice, por hasta el importe que corresponda, deberá

ser efectuado a Colservice. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 148 de fecha 29/06/2017 Reg. Nº 1838

Augusto Mario Adrian Rossi - Matrícula: 4464 C.E.C.B.A.

e. 23/10/2017 N° 80342/17 v. 23/10/2017