N° 81578/17 Aviso del Boletín Oficial
BESTPHARMA S.R.L.
Texto del aviso
BESTPHARMA S.R.L.
Por instrumento privado del 24/10/2017 por unanimidad de los socios: 1) se modificó el ARTÍCULO SEGUNDO del
Estatuto Social, cuya redacción es la siguiente: ARTICULO SEGUNDO. OBJETO: La sociedad podrá por cuenta
propia o de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero comercializar, distribuir, fraccionar,
almacenar, transportar, acopiar, importar y exportar productos farmacéuticos, biomédicos, medicamentos,
suplementos dietarios, nutracéuticos, alimentos y/o productos alimenticios, productos vegetales, ecológicos y
orgánicos; especialidades medicinales de origen biológico y productos médicos y/o productos para diagnósticos
de uso “in vitro”; productos higiénicos, sanitarios y domisanitarios; material descartable e insumos de uso
hospitalario; productos de higiene personal, cosméticos y perfumes; productos de higiene oral de uso odontológico;
equipamiento y/o productos médicos; distribución de semillas, fertilizantes, agroquímicos; intermediación y
consignación de productos y subproductos de alimentación en uso humano y/o animal y de insumos de aplicación
en la actividad agropecuaria y de cereales y oleaginosos; producción y multiplicación de semillas y venta de las
mismas; productos fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas para la producción agrícola y el control de plagas
vegetales, productos veterinarios y drogas aplicadas a la medicina veterinaria; fabricación, industrialización,
elaboración, fraccionamiento y/o envasado de productos y subproductos derivados de la actividad agropecuaria,
agroquímicos, fertilizantes, herbicidas, envases, alimentos balanceados, biodiesel y todo tipo de combustibles
derivados de productos agropecuarios y todos aquellos servicios y/o actividades relacionadas o conexas con el
objeto indicado. Cuando así lo requiera la legislación vigente, los servicios que preste la sociedad serán realizados
por profesionales con título habilitante. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y
contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o este estatuto. Quedan
expresamente prohibidas las operaciones comprendidas en la Ley de entidades financieras y toda otra clase de
objeto que requiera el concurso público.
Autorizado según instrumento privado Resolución Social de fecha 24/10/2017
Marta Liliana Bosch - T°: 41 F°: 616 C.P.A.C.F.
e. 26/10/2017 N° 81578/17 v. 26/10/2017