W20 Argentina W20Argentina

N° 81578/17 Aviso del Boletín Oficial

BESTPHARMA S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA jueves, 26 de octubre de 2017

Texto del aviso

BESTPHARMA S.R.L.

Por instrumento privado del 24/10/2017 por unanimidad de los socios: 1) se modificó el ARTÍCULO SEGUNDO del

Estatuto Social, cuya redacción es la siguiente: ARTICULO SEGUNDO. OBJETO: La sociedad podrá por cuenta

propia o de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero comercializar, distribuir, fraccionar,

almacenar, transportar, acopiar, importar y exportar productos farmacéuticos, biomédicos, medicamentos,

suplementos dietarios, nutracéuticos, alimentos y/o productos alimenticios, productos vegetales, ecológicos y

orgánicos; especialidades medicinales de origen biológico y productos médicos y/o productos para diagnósticos

de uso “in vitro”; productos higiénicos, sanitarios y domisanitarios; material descartable e insumos de uso

hospitalario; productos de higiene personal, cosméticos y perfumes; productos de higiene oral de uso odontológico;

equipamiento y/o productos médicos; distribución de semillas, fertilizantes, agroquímicos; intermediación y

consignación de productos y subproductos de alimentación en uso humano y/o animal y de insumos de aplicación

en la actividad agropecuaria y de cereales y oleaginosos; producción y multiplicación de semillas y venta de las

mismas; productos fitosanitarios, fertilizantes y enmiendas para la producción agrícola y el control de plagas

vegetales, productos veterinarios y drogas aplicadas a la medicina veterinaria; fabricación, industrialización,

elaboración, fraccionamiento y/o envasado de productos y subproductos derivados de la actividad agropecuaria,

agroquímicos, fertilizantes, herbicidas, envases, alimentos balanceados, biodiesel y todo tipo de combustibles

derivados de productos agropecuarios y todos aquellos servicios y/o actividades relacionadas o conexas con el

objeto indicado. Cuando así lo requiera la legislación vigente, los servicios que preste la sociedad serán realizados

por profesionales con título habilitante. La sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y

contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o este estatuto. Quedan

expresamente prohibidas las operaciones comprendidas en la Ley de entidades financieras y toda otra clase de

objeto que requiera el concurso público.

Autorizado según instrumento privado Resolución Social de fecha 24/10/2017

Marta Liliana Bosch - T°: 41 F°: 616 C.P.A.C.F.

e. 26/10/2017 N° 81578/17 v. 26/10/2017