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N° 91393/17 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21

Edictos Judiciales CONCURSOS Y QUIEBRAS lunes, 27 de noviembre de 2017

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 21

SECRETARÍA NRO. 42

EDICTO

Juzgado Nacional en lo Comercial Nº 21, a cargo del Dr. Germán Páez Castañeda Secretaría Nº 42 a mi cargo, con

sede en Marcelo T. de Alvear 1840 3° Piso Capital Federal, comunica en el juicio: “BIOGAMA S.A. s/QUIEBRA”

- Expte. 34318/2013, que el martillero Jacinto E. Lopez Basavilbaso, rematará el Miércoles 20 de diciembre de

2017 a las 11:30 hs en punto en el salón de la calle Jean Jaurés 545 Cap. Fed, el Inmueble denominado “Planta

Industrial” de propiedad de la fallida, continuadora de Estiquim S.A.I.C. (CUIT: 30-50531082-5) ubicado en la

localidad de Garín Partido de Escobar Provincia de Buenos Aires, sobre las calles Santiago del Estero, José

Hernández y Tucumán a unos 300 m de la Ruta Panamericana-Ramal Ruta 9, identificado Catastralmente como

Circunscripción IX - Sección Rural, Parcela 1386 ss, Matricula 60245 Según Plano municipal aprobado: Superficie

de terreno: Según título 9.359,80 m2 y según plano municipal 8.607,55 m2. El total de sus tres frentes es de 264 m

lineales. Superficie cubierta no menor a 1.500 m2 entre sus oficinas, sus galpones ubicados detrás de las oficinas;

galpón en sector de José Hernández esq. Tucumán y un gran tinglado paralelo a calle Tucumán. Además hay unas

construcciones no computables a este efecto. Las alturas de las construcciones van de los 5,50 m a los 6,10 m a

partir de las cuales se desarrollan las cabreadas. Informes municipales indican Zona: Industrial Mixta, FOS: 0,60

y el FOT de 2,00 y la posibilidad de subdivisión en lotes con no menos de 20 m de frente y 600 m2 de superficie.

Las construcciones con las que cuenta son variadas. Tres amplios galpones de material con ladrillo vista. Dos en

los que se producía el biodiesel (producción de la fallida) y el restante en el que se encontraban (tiempo pasado)

las máquinas principales (generadores, compresores, calderas, etc. y sus instrumentales). Otras construcciones y

mejoras de menor envergadura visual, pero necesarias para el desarrollo de cualquier industria, tales como cercos

perimetrales (nótese su magnitud en metros lineales), balanza para camiones, calles internas de material resistente

78 BOLETÍN OFICIAL Nº 33.759 - Segunda Sección

Lunes 27 de noviembre de 2017

al paso de camiones y tinglados. Otras mejoras, no tan visibles pero importantes son las de infraestructura

(servicios de electricidad, agua, desagües, etc.) y una importante cantidad de tanques (subterráneos y aéreos)

para tratamiento y almacenamiento de materia prima y combustibles, con su correspondiente red de conexiones

de tuberías metálicas. VENTA EN BLOCK conjuntamente con los bienes muebles que se hallan descriptos en fs.

639 vta. Se destacan entre ellos una gran cantidad de instalaciones de la actividad que la fallida desarrollaba de

producción de biodiesel, tales como aprox. 51 tanques metálicos para la producción de biodiesel y aprox. 10 pallets

de tanques de plástico reforzado; todas las instalaciones se encuentran interconectadas con tuberías metálicas;

partes de máquinas y piezas de caldera, de compresor, motores, etc. y una planta depuradora absolutamente en

desuso, de las bombas que facilitaban la circulación por las tuberías y otras piezas que por su estado, abandono

y desguace sin identificar. Inmueble desocupado y en regular/mal estado de conservación. BASE U$S 650.000.-

VENTA AL CONTADO Y AL MEJOR POSTOR - SEÑA: 10% - COMISIÓN: 3% + 21% IVA - Arancel C.S.J.N.: 0,25%

- Sellado de Ley. Prohibida la compra en comisión o posterior cesión del boleto de compraventa. Quien resulte

adjudicatario, si concurre por medio de apoderado, éste deberá presentarse en el acto de adjudicación con poder,

si así no lo hiciese se declara ineficaz la compra y se proseguirá con la subasta. El comprador deberá constituir

domicilio dentro de la radio de la Cap. Fed. y depositar el saldo de precio en el Bco. Ciudad de Buenos Aires -

Suc. Tribunales a la orden del Juzgado y en la cuenta de autos, dentro de los 5 días de aprobada la subasta, si

no lo hiciere y no invocare motivos se ordenará nueva subasta en los términos del art. 584 del CPCC. Atento el

resultado de la constatación efectuada por el martillero y la actividad que se desplegaba en la planta a subastarse

imponese a quien resulte comprador de la misma que deberá hacerse cargo del eventual saneamiento del predio.

Su sola participación en la subasta implicará el conocimiento de las condiciones físicas del inmueble por haberlo

revisado como que ha tomado conocimiento de las constancias de autos respecto de los eventuales trabajos de

adecuación y puesta en valor de la propiedad. Queda a cargo exclusivo de los interesados realizar las consultas

pertinentes a la evaluación y ejecución de los trabajos que resulten necesarios, como así también de sus costos,

en tiempo y dinero. Por ello, la quiebra queda expresamente liberada de cualquier tipo de responsabilidad, ya

sea de costos, administrativa o judicial. Deudas: Las tasas, impuestos y contribuciones devengadas luego de la

posesión del inmueble serán a cargo del adquirente. Las correspondientes hasta la fecha del decreto de quiebra

deberán ser verificadas de conformidad con la normativa concursal. Y, aquellas devengadas entre el decreto de

falencia y la posesión, quedan a cargo del concurso. El impuesto sobre la venta de los bienes inmuebles que

establece el artículo 7 de la ley 23.905, será a cargo de los compradores. Visitas: martes 12 y el miércoles 13 de

diciembre próximos de 11 a 13 hs, sin perjuicio de las visitas que puedan concretarse con el martillero. Publíquese

por cinco días en el Boletín Oficial Sin Previo Pago y en el Diario Clarín. Buenos Aires, 24 de noviembre de 2017.

GUILLERMO CARREIRA GONZALEZ

SECRETARIO

GERMAN PAEZ CASTAÑEDA Juez - GUILLERMO CARREIRA GONZALEZ SECRETARIO

e. 27/11/2017 N° 91393/17 v. 01/12/2017