N° 85141/17 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 33
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 33
SECRETARÍA ÚNICA
Por dos días, el Juzgado Nacional en lo Civil Nº 33, Secretaría Unica a mi cargo, sito en Uruguay 714, Piso 4º
CABA, comunica en autos: “VILLALBA MIRIAM NANCY C/MORALES ALFREDO NICOLAS Y OTRO S/EJECUCION
HIPOTECARIA”, Exp. 84190/2008, que el Martillero Jorge L. Micheli, Col. 205 C.M.Q., CUIT 20-11041666-1, rematará
el 6 de diciembre de 2017 a las 11,45 hs., en punto en Jean Jaures 545 CABA, el inmueble ubicado sobre calle
Domingo Olivera Nº 779 (hoy s/nº) entre Medrano y Rondeau de Ituzaingo, Pcia. de Bs. As., Nom. Cat.: Cir.: II, Sec:
C, Mza.: 169, Parc.: 15 (136), Matrícula 29571 (136) Pda. Inmob.: 136-352; titularidad a nombre de Alfredo Nicolás
Morales CUIT 20-12449749-4 y Emma del Valle Alsogaray DNI 14.480.163. Tratándose de un lote de 226,87 m2. con
lo plantado y edificado, ad corpus, ocupado por propietarios. El bien registra las siguientes deudas: Municipales
a fs. 155 al 12-8-11 $ 35.404,80; ARBA a fs. 167 al 30-8-11 $ 6.255,70; AYSA a fs. 194 al 25-10-12 $ 89,41. BASE:
U$S 80.000.- COMISION: 4% mas I.V.A.; SEÑA: 30%; SELLADO: 1,2%; Ac. 10/99 0,25%; todo al contado en
efectivo y mejor postor. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los siete días de efectuado el remate
sin que sea necesario el dictado de auto de aprobación de subasta, toda vez que se opera de pleno derecho y
bajo apercibimiento de ser declarado postor remiso y el adquirente deberá tomar posesión del inmueble en el
plazo máximo de veinte días de abonado la totalidad del precio. Para el supuesto que se planteara la nulidad de la
subasta el comprador deberá dentro del plazo de cinco días de realizado el remate depositar a embargo el saldo
de precio bajo apercibimiento de celebrarse nueva subasta. El importe así depositado será colocado a plazo fijo
durante el lapso que dure la incidencia, librando el pertinente oficio. No se encuentra autorizada la compra en
comisión ni la cesión de derechos emergentes del boleto de compraventa, ni la indisponibilidad de los fondos de
la subasta (art. 598 Cód. Pcsal.). Para el supuesto que resulte comprador un tercero ajeno a la parte ejecutante, la
escritura traslativa de dominio será realizada por Escribano que designe el Juzgado. El adquirente en la subasta no
afrontará las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones devengadas antes de la toma
de posesión cuando el monto obtenido en la subasta no alcanzare para solventarlas y que las expensas están a
cargo del comprador (Fallo Plenario “Servicios Eficientes S.A. c/Yabra Roberto Isaac s/Ejecución Hipotecaria”). El
adquirente deberá constituir domicilio dentro del radio de asiento del Juzgado (art. 133 Cód. Pcsal.). Exhibición:
05/12/17 de 10,30 a 12,30 horas. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de noviembre de 2017.
HORACIO ALEJANDRO LIBERTI Juez - CLEMENTINA MARIA DEL VALLE MONTOYA SECRETARIA
e. 28/11/2017 N° 85141/17 v. 29/11/2017