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N° 85141/17 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 33

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES miércoles, 29 de noviembre de 2017

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 33

SECRETARÍA ÚNICA

Por dos días, el Juzgado Nacional en lo Civil Nº 33, Secretaría Unica a mi cargo, sito en Uruguay 714, Piso 4º

CABA, comunica en autos: “VILLALBA MIRIAM NANCY C/MORALES ALFREDO NICOLAS Y OTRO S/EJECUCION

HIPOTECARIA”, Exp. 84190/2008, que el Martillero Jorge L. Micheli, Col. 205 C.M.Q., CUIT 20-11041666-1, rematará

el 6 de diciembre de 2017 a las 11,45 hs., en punto en Jean Jaures 545 CABA, el inmueble ubicado sobre calle

Domingo Olivera Nº 779 (hoy s/nº) entre Medrano y Rondeau de Ituzaingo, Pcia. de Bs. As., Nom. Cat.: Cir.: II, Sec:

C, Mza.: 169, Parc.: 15 (136), Matrícula 29571 (136) Pda. Inmob.: 136-352; titularidad a nombre de Alfredo Nicolás

Morales CUIT 20-12449749-4 y Emma del Valle Alsogaray DNI 14.480.163. Tratándose de un lote de 226,87 m2. con

lo plantado y edificado, ad corpus, ocupado por propietarios. El bien registra las siguientes deudas: Municipales

a fs. 155 al 12-8-11 $ 35.404,80; ARBA a fs. 167 al 30-8-11 $ 6.255,70; AYSA a fs. 194 al 25-10-12 $ 89,41. BASE:

U$S 80.000.- COMISION: 4% mas I.V.A.; SEÑA: 30%; SELLADO: 1,2%; Ac. 10/99 0,25%; todo al contado en

efectivo y mejor postor. El saldo de precio deberá ser depositado dentro de los siete días de efectuado el remate

sin que sea necesario el dictado de auto de aprobación de subasta, toda vez que se opera de pleno derecho y

bajo apercibimiento de ser declarado postor remiso y el adquirente deberá tomar posesión del inmueble en el

plazo máximo de veinte días de abonado la totalidad del precio. Para el supuesto que se planteara la nulidad de la

subasta el comprador deberá dentro del plazo de cinco días de realizado el remate depositar a embargo el saldo

de precio bajo apercibimiento de celebrarse nueva subasta. El importe así depositado será colocado a plazo fijo

durante el lapso que dure la incidencia, librando el pertinente oficio. No se encuentra autorizada la compra en

comisión ni la cesión de derechos emergentes del boleto de compraventa, ni la indisponibilidad de los fondos de

la subasta (art. 598 Cód. Pcsal.). Para el supuesto que resulte comprador un tercero ajeno a la parte ejecutante, la

escritura traslativa de dominio será realizada por Escribano que designe el Juzgado. El adquirente en la subasta no

afrontará las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones devengadas antes de la toma

de posesión cuando el monto obtenido en la subasta no alcanzare para solventarlas y que las expensas están a

cargo del comprador (Fallo Plenario “Servicios Eficientes S.A. c/Yabra Roberto Isaac s/Ejecución Hipotecaria”). El

adquirente deberá constituir domicilio dentro del radio de asiento del Juzgado (art. 133 Cód. Pcsal.). Exhibición:

05/12/17 de 10,30 a 12,30 horas. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de noviembre de 2017.

HORACIO ALEJANDRO LIBERTI Juez - CLEMENTINA MARIA DEL VALLE MONTOYA SECRETARIA

e. 28/11/2017 N° 85141/17 v. 29/11/2017