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N° 92619/17 Aviso del Boletín Oficial

PASTA BA S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA miércoles, 29 de noviembre de 2017

Texto del aviso

PASTA BA S.R.L.

Por Contrato Social de fecha 06/11/2017, se constituye sociedad. 1) Socios: Juan Pablo Corleto (D.N.I. 92.729.665),

publicista, casado, argentino, nacido el 04/04/1981, con domicilio en Costa Rica 4150 Piso 1° “E”, Ciudad Autónoma

de Buenos Aires; y Javier Luzardi (D.N.I. 28.863.194), argentino, soltero, publicista, nacido el 14/05/1981, con domicilio

real y especial en Av. Alvear 1540 Piso 1° “A” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 2) Denominación: Pasta

B.A. S.R.L. 3) Sede Social: Av. Gral. Las Heras 1666, piso 4°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 4) Duración:

99 años. 5) Objeto: La Sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, a

negocios y operaciones referentes a la publicidad comercial en cualquiera de sus aspectos y por todos los medios,

pudiendo realizar directa o indirectamente toda clase de actividades relacionadas con la publicidad, propaganda y

campañas publicitarias, de todo género y clase, tanto en medios gráficos como audiovisuales, incluyendo pero no

limitado a comerciales de televisión, radio, cine e internet, material publicitario para vía pública, puntos de venta –

promociones y publicidad institucional; podrá a tal fin realizar toda clase de actividades y producciones relacionadas

con las artes gráficas y audiovisuales, publicitarias, trabajos de fotografía, diseño, decoración, proyectos e, como

también prestar servicios de marketing y comunicación en general; realizar acciones de creatividad, diseño y desarrollo

de marcas, logos, packaging, campañas publicitarias y asesoramiento en estrategia publicitaria, diseño, desarrollo

e implementación de estrategias para planeamiento de compra de medios y pautas publicitarias. Podrá para ello

participar en sociedades nacionales o extranjeras, joint ventures, uniones transitorias de empresas, contratos de

colaboración empresaria, y, en general, en cualquier relación asociativa o agrupamiento empresario, autorizado por

la ley. Para el cumplimiento de su objeto, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer

obligaciones y realizar todo tipo de actos y operaciones relacionadas con su objeto, que no estén prohibidos por

la ley o por el estatuto. 6) Capital: $ 50.000. 7) Administración: A cargo de una gerencia compuesta por un mínimo

de uno y un máximo de cinco gerentes administradores, con mandato por tiempo indeterminado. Podrá designarse

igual o menor número de gerentes suplentes por el mismo plazo a fin de llenar las vacantes que se produjeran, en el

orden de su elección. Gerencia designada: ambos socios. El Sr. Corleto con domicilio especial en Costa Rica 4150

Piso 1° “E” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y el Sr. Luzardi en Av. Alvear 1540 Piso 1° “A” de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires. 8) Representación legal: En caso de que se designe una gerencia compuesta por dos

gerentes, éstos la ejercerán en forma indistinta teniendo a cargo la administración, representación legal y uso de

firma. En caso de que fuera una gerencia plural de más de dos miembros, los gerentes en su primera sesión deben

designar un presidente y un vicepresidente; este último reemplaza al primero en caso de ausencia o impedimento

sin que sea necesario acreditar dicha circunstancia, correspondiendo la representación legal de la sociedad y uso

de la firma al presidente o vicepresidente de la gerencia en forma indistinta. En este último caso de gerencia plural

de más de dos gerentes, la gerencia funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, y resuelve

por mayoría de votos presentes. 9) Fiscalización: La Sociedad prescinde de la Sindicatura, de conformidad con

las disposiciones del Artículo 158 de la Ley 19.550. Cuando la sociedad quedare comprendida en el inciso 2 del

artículo 299 de la ley citada, anualmente la reunión de socios deberá elegir un síndico titular y un síndico suplente,

con mandato por un ejercicio. 10) Cierre de ejercicio: 31 de diciembre de cada año. Autorizado según instrumento

privado Contrato Social de fecha 06/11/2017

Matias Barroca - T°: 105 F°: 371 C.P.A.C.F.

e. 29/11/2017 N° 92619/17 v. 29/11/2017