N° 92188/17 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 2
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 2
SECRETARÍA NRO. 3
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 2, a cargo del Dr. Pablo YADAROLA, hace saber a Juan David
CARDONA BENJUMEA (D.N.I. N° 94.456.446) y a ALGETEC S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-71204988-6) en la causa
N° 20068/2016, caratulada “ALGETEC S.R.L. S/INF. LEY 24.769”, del registro de la Secretaría N° 3, de este Juzgado
Nacional en lo Penal Económico N° 2, sito en la Avda. De los Inmigrantes 1950, piso 2°, de esta ciudad, que con
fecha 15 de noviembre de 2017 se resolvió sobreseer parcialmente en la causa de referencia a los nombrados
con respecto a las supuestas evasiones de pago del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto a las Salidas No
Documentadas correspondientes al ejercicio anual 2012, a las que se habria encontrado obligada la empresa antes
referida -arts. 334, 335 y 336 incs. 2°, del C.P.P.N y se declaró que la formación de este proceso no afectó el buen
nombre y honor de que hibieren gozado los nombrados en el punto anterior (art. 336 último párrafo, C.P.P.N.). Y
con fecha 24 de noviembre de 2017, se resolvió suspender el trámite del proceso respecto de ALGETEC S.R.L.
(C.U.I.T. N° 30-71204988-6) y Juan David CARDONA BENJUMEA (D.N.I. N° 94.456.446) en ordena a la supuesta
evasión de pago del Impuesto al Valor Agregado del ejercicio anual 2012, por la suma de $ 445.510,87, a cayuo
ingreso se habría encontrado obligada la contribuyente ALGETEC S.R.L. PABLO YADAROLA Juez - NATALIA S.
GESUALDO DE MARCO SECRETARIA
e. 29/11/2017 N° 92188/17 v. 01/12/2017