N° 97494/17 Aviso del Boletín Oficial
INSTANTCHECK S.R.L.
Texto del aviso
INSTANTCHECK S.R.L.
Por Esc. 147 del 06/12/2017, Fº 448, Registro 2078 CABA, los socios resolvieron por unanimidad reformar el
Art. 4º del Contrato Social, quedando el Objeto así redactado: “ARTÍCULO CUARTO: OBJETO: La sociedad
tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, o asociada o en colaboración con terceros, para
lo cual podrá hacer uso de cualquier figura jurídica, tanto en el país como en el extranjero, las siguientes
actividades: 1) Agencia de viajes y turismo: la explotación de agencia de viajes y turismo, pudiendo realizar
reservas y ventas de pasajes, terrestres, aéreos, marítimos, nacionales o internacionales; organización, reserva
y ventas de excursiones propias o de terceros, reservas de hotelería dentro y fuera del país, incluyendo los
hoteles propios que tenga la Sociedad, reserva, organización y venta de entradas a espectáculos culturales,
deportivos, artísticos o sociales; reserva, organización y ventas de charters y traslados, dentro y fuera del
país de contingentes turísticos, para lo cual podrá realizar todas las gestiones, los mandatos, consignaciones,
compras, ventas, corresponsalías, administraciones, comisiones, representaciones, intermediaciones,
importación y exportación y todo otro acto contractual autorizado por la legislación para el cumplimiento de su
objeto. Explotación de turismo en todos sus aspectos, mediante la adquisición, arrendamiento, o locación de
los distintos medios de transporte, alojamientos, hospedajes o alimentación. Prestación de servicios turísticos
de excursiones, viajes o de transporte de personas, dentro del país o fuera del mismo. 2) Adquirir, mantener
y administrar participaciones e inversiones en sociedades constituidas tanto en el país como en el extranjero,
cualquiera sea el objeto de las sociedades participadas, pero en especial en bancos, entidades financieras,
compañías de servicios financieros de cualquier naturaleza, compañías prestadoras de servicio de tarjetas de
crédito, compañías de seguros y reaseguros y compañías cuya actividad sea afín, conexa y complementaria a
los mismos. 3) Tomar y otorgar préstamos con o sin garantía a corto, mediano o largo plazo, ya sea en el país
como en el extranjero. 4) Realizar cualquier clase de operaciones en los mercados de capitales o de bienes,
del país o del extranjero. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer
obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato. Todos aquellos
servicios que por su naturaleza, requieran ser atendidos por profesionales con título habilitante debidamente
inscriptos en las matrículas respectivas, serán contratados a esos fines en cada caso.” Autorizado según
instrumento público Esc. Nº 119 de fecha 02/10/2017 Reg. Nº 2078
JUAN ANGEL PAGANI - Matrícula: 5501 C.E.C.B.A.
e. 15/12/2017 N° 97494/17 v. 15/12/2017