N° 100917/17 Aviso del Boletín Oficial
ARVASTA S.R.L.
Texto del aviso
ARVASTA S.R.L.
Constitución: Escritura 587 del 20/12/2017, Folio 1847, Registro Notarial 1017 de la Cap. Fed. Socios: 1) Marcelo
Pascual Niglia, 52 años, D.N.I. 17.605.106, divorciado, domiciliado en Larrazábal 3028 departamento 1; 2) Rosa
María Niglia, 48 años, D.N.I. 20.729.008, divorciada, domiciliada en Pasaje Málaga 5682 Piso 1 departamento B;
3) Enrique Alberto Seguin, 37 años, D.N.I. 28.321.643 y 4) Alejandro Horacio Seguin, 32 años, D.N.I. 31.529.921;
ambos solteros y domiciliados en Pasaje Pillado 932; todos argentinos, empresarios y de CABA. Denominación:
ARVASTA S.R.L. Duración: 99 años. Objeto: La Sociedad tiene por objeto la realización, en cualquier parte de la
República y en el extranjero, por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, de las siguientes actividades:
Fabricación, elaboración y transformación de productos y subproductos de cuero, fibras sintéticas y caucho y la
confección de calzado en todas sus formas. Comercial: Compra, venta, importación, exportación, representación,
consignación y distribución de todo tipo de calzados y las materias primas que lo componen. A tales efectos la
sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no
sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. Capital: $ 50.000. Administración/Representación: Gerencia. 1
o más, socios o no. Duración: por el plazo de duración de la sociedad. Electos gerentes: Marcelo Pascual Niglia,
Enrique Alberto Seguin, Rosa María Niglia y Alejandro Horacio Seguin. Actuación: Individual e indistinta excepto
firma conjunta de dos de los gerentes para la emisión de cheques y firma conjunta de todos los gerentes para
enajenaciones de bienes de uso de la sociedad. Los gerentes constituyen domicilio en la sede social. Cierre de
ejercicio: 31/05. Sede Social: Pedernera 1249. CABA. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 587 de fecha
20/12/2017 Reg. Nº 1017
Silvina Beatriz Bacigaluppo - T°: 84 F°: 823 C.P.A.C.F.
e. 28/12/2017 N° 100917/17 v. 28/12/2017