N° 1202/18 Aviso del Boletín Oficial
BF ARGENTINA S.A.
Texto del aviso
BF ARGENTINA S.A.
EMISIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYMES CLASE II Y CLASE III
Por hasta V/N $ 35.000.000 y $ 15.000.000 respectivamente, ampliables una o ambas clases por hasta V/N
$ 60.000.000 en conjunto
Conforme al artículo 10 de la Ley 23.576 se hace saber que BF Argentina S.A. (la “Sociedad” o la “Emisora”, en
forma indistinta) a través de asamblea extraordinaria unánime de accionistas celebrada el 17/11/2017 y de su
directorio en reunión del 17/11/2017 aprobó la emisión de Obligaciones Negociables Pymes Clase II y Clase III (las
“ONs Clase II” y las “ONs Clase III” respectivamente, y en conjunto las “Obligaciones Negociables” o las “ON”, en
forma indistinta), conforme a los siguientes datos: I.- CONDICIONES DE EMISIÓN GENERALES DE LAS
OBLIGACIONES NEGOCIABLES: 1.- Monto Máximo de Emisión: Hasta V/N $ 60.000.000. 2.- Servicios de interés:
Las Obligaciones Negociables devengarán intereses a una tasa de interés variable anual, pagaderos trimestralmente,
por trimestre vencido desde la Fecha de Emisión y Liquidación, equivalente a la suma de (i) la Tasa de Referencia;
más (ii) el Margen de Corte a licitarse en el momento de la colocación de la respectiva clase de Obligaciones
Negociables (las “Tasa Variable”). Con la salvedad de que únicamente para el primer Período de Devengamiento
de Intereses (según dicho término se define más adelante), la tasa de interés que devengarán las Obligaciones
Negociables tendrá un mínimo que será informado al público inversor en un aviso complementario al aviso de
suscripción (la “Tasa de Interés Mínima” y el “Aviso de Suscripción Complementario”). La Tasa de Interés será
calculada para cada Fecha de Pago de Intereses por el Agente de Cálculo. La “Tasa de Referencia” es la Tasa
BADLAR, que es el promedio aritmético simple de las tasas de interés para depósitos a plazo fijo de más de Pesos
un millón ($ ($ 1.000.000) por períodos de entre treinta (30) y treinta y cinco (35) días de plazo de bancos privados
de la República Argentina, elaborada y publicada por el BCRA en su sitio web (www.bcra.gob.ar) para cada
Período de Devengamiento de Intereses. En caso que el BCRA suspenda la publicación de la Tasa Badlar Privada,
dicha tasa de interés será sustituida por (i) la tasa sustituta de dicha tasa que informe el BCRA; o (ii) en caso de no
existir dicha tasa sustituta, el promedio aritmético de tasas pagadas para depósitos en Pesos por un monto mayor
a un millón de Pesos para idéntico plazo por los cinco primeros bancos privados según el último informe de
depósitos disponibles publicado por el BCRA. El Margen de Corte es el margen a ser adicionado a la Tasa de
Referencia para el cálculo de la Tasa de Interés aplicable a las Obligaciones Negociables, expresado como un
porcentaje nominal anual, que se determinará una vez finalizado el Período de Licitación Pública, conforme al
procedimiento que se establece en la sección “Colocación y Proceso de Adjudicación” bajo el título “Determinación
del Margen de Corte. Adjudicación.” del Prospecto y que será informado a los inversores mediante el Aviso de
Resultados. Para el cálculo de los intereses sobre el saldo de capital, se considerara un año de 360 días. 3. Período
de Devengamiento de Intereses: Significa: (i) para el primer Período de Devengamiento de Intereses: el período
comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación y la Fecha de Pago de Intereses inmediata siguiente a la
Fecha de Emisión y Liquidación, incluyendo el primer día y excluyendo el último día; (ii) en forma posterior: el
período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses y la Fecha de Pago de Intereses inmediata siguiente,
incluyendo el primer día y excluyendo el último día; y (iii) para el último Período de Devengamiento de Intereses: el
período comprendido entre la Fecha de Pago de Intereses inmediata anterior a la Fecha de Vencimiento de las
Obligaciones Negociables Pymes Clase II o la Fecha de Vencimiento de las ON Clase III, según fuera el caso, y la
Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Pymes Clase II o la Fecha de Vencimiento de las ON Clase
III, según fuera el caso, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. 4.- Fechas de Pago de los Intereses:
Los intereses serán pagados trimestralmente, en forma vencida, a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación, en
las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente mes
o, de no ser un Día Hábil o de no existir dicho día, el primer Día Hábil posterior (cada una, una “Fecha de Pago de
Intereses”). Las Fechas de Pago de Intereses serán informadas en el Cuadro de Pago de Servicios mediante la
publicación del Aviso de Resultados. Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas en la medida
en que la Sociedad ponga a disposición de Caja de Valores S.A. los fondos correspondientes. 5.- Intereses
moratorios: Todo importe adeudado por la Emisora bajo las Obligaciones Negociables que no sea abonado en la
correspondiente fecha y forma, cualquiera sea la causa o motivo de ello, devengará Intereses Moratorios sobre los
importes impagos desde la fecha en que dicho importe debería haber sido abonado inclusive, y hasta la fecha de
su efectivo pago no inclusive, a una vez y media la Tasa de Interés determinada para cada Período de Devengamiento
de Intereses.. 6.- Fecha de Emisión y Liquidación: Será la fecha que se informe oportunamente a través del Aviso
de Resultados y tendrá lugar dentro de los tres (3) Días Hábiles de finalizado el Período de Licitación Pública,
conforme se indica en la sección “Colocación y Proceso de Adjudicación” del Prospecto. 7.- Garantía: Las
Obligaciones Negociables estarán garantizadas mediante un aval a ser otorgado por BCONS ARGENTINA S.A. (la
“Avalista”). La Avalista suscribirá, conjuntamente con la Emisora, los certificados globales permanentes de las
Obligaciones Negociables a ser depositados en Caja de Valores S.A., avalando, en los términos del artículo 3 de
la Ley de Obligaciones Negociables, la totalidad de las obligaciones de pago de la Emisora bajo las Obligaciones
Negociables. Las obligaciones de la Avalista, como avalista, se regirán, en lo pertinente, por las disposiciones de
los artículos 32 a 34 del Decreto-Ley 5965/63 y cualquier otra norma que lo reemplace o modifique en el futuro.
Ante la notificación por carta documento realizada por cualquier Tenedor al domicilio de la Avalista, donde se
informe que la Emisora no ha transferido a la Caja de Valores S.A. los fondos necesarios para hacer frente al pago
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.787 - Segunda Sección 33 Martes 9 de enero de 2018
de los importes vencidos y exigibles bajo las Obligaciones Negociables conforme a sus condiciones de emisión,
por cualquier causa, o al haber la Avalista tomado conocimiento de dicho incumplimiento por cualquier otro medio,
la Avalista realizará el pago correspondiente dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes a dicha notificación
mediante transferencia del importe correspondiente a la Caja de Valores S.A. El pago a ser realizado por la Avalista
se realizará respetando el trato igualitario de los obligacionistas conforme lo dispuesto por los artículos 40 y 49 de
la ley 20.643. 9.- Rescate anticipado a opción de la Emisora: Exclusivamente a partir de la finalización del sexto
mes, contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación, la Emisora tendrá el derecho, a su sola opción, de rescatar
todas o en parte las Obligaciones Negociables en circulación al Precio de Rescate. El Precio de Rescate de capital
deberá ser abonado junto a los intereses devengados y no pagados calculados hasta la fecha de rescate y cualquier
otra suma adeudada bajo las Obligaciones Negociables y surgirá del siguiente detalle: a) Desde el sexto mes
(exclusive) contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación y hasta el doceavo mes (inclusive) contado desde la
Fecha de Emisión y Liquidación: 104% del valor nominal de las Obligaciones Negociables; b) A partir del doceavo
mes (inclusive) contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación y hasta decimo octavo mes (inclusive) contado
desde la Fecha de Emisión y Liquidación: 103% del valor nominal de las Obligaciones Negociables; c) A partir del
décimo octavo mes (inclusive) contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación y hasta vigésimo cuarto mes
(inclusive) contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación: 102% del valor nominal de las Obligaciones
Negociables; d) A partir del vigésimo cuarto mes (inclusive) contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación y
hasta trigésimo sexto mes (inclusive) contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación: 101% del valor nominal de
las Obligaciones Negociables; e) A partir del trigésimo sexto mes (inclusive) contado desde la Fecha de Emisión y
Liquidación y hasta la Fecha de Vencimiento: 100% del valor nominal de las Obligaciones Negociables junto con
los intereses devengados y no pagados calculados hasta la Fecha de Rescate. La decisión será publicada, con
una anticipación de no menos de veinte (20) Días Hábiles de la fecha en la que se realizará el rescate, en los
sistemas de información dispuestos por los mercados donde listen y/o negocien las Obligaciones Negociables y
en la AIF. Tal publicación constituirá notificación suficiente para los obligacionistas. El precio de rescate se pagará
en un plazo no mayor a treinta (30) días desde la publicación del aviso correspondiente. La fecha de rescate será
informada mediante un aviso complementario a través de la AIF de la CNV. II. CONDICIONES DE EMISIÓN
PARTICULARES DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYMES CLASE II: 1. Valor Nominal: Hasta V/N
$ 35.000.000 ampliable por hasta V/N $ 60.000.000. El valor nominal de las dos clases de Obligaciones Negociables
no podrá superar el Monto Máximo Autorizado. El valor nominal de las Obligaciones Negociables Pymes Clase II
a emitirse será informado oportunamente a través del Aviso de Resultados. 2. Fecha de Vencimiento: Será la fecha
en que se cumplan treinta y seis (36) meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación, o de no ser dicha fecha un
Día Hábil, el primer Día Hábil posterior (la “Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Pymes Clase
II”). La Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Pymes Clase II se informará oportunamente en el
Aviso de Resultados. 3. Amortización: El 100% del valor nominal de las Obligaciones Negociables Pymes Clase II
se pagará en ocho (8) cuotas trimestrales, consecutivas a partir de los 12 (doce) meses desde la Fecha de Emisión
y Liquidación hasta la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Pymes Clase II. Las cuotas de
amortización de capital tendrán los importes que surgen del correspondiente prospecto. 4. Fechas de Pago de
Amortización: Las cuotas de amortización de las Obligaciones Negociables Pymes Clase II serán pagaderas a
partir de los 12 (doce) meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación en las fechas que sean un número de día
idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente trimestre o, de no ser un Día Hábil o de no
existir dicho día, el primer Día Hábil posterior (la “Fecha de Amortización Obligaciones Negociables Pymes Clase
II”). La primera cuota de amortización coincidirá con la cuarta Fecha de Pago de Intereses y la última cuota será
pagadera en la Fecha de Vencimiento de las ON Clase II. Las fechas de pago de amortización serán informadas en
el Cuadro de Pago de Servicios mediante la publicación del Aviso de Resultados. Las obligaciones de pago se
considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Sociedad ponga a disposición de Caja de Valores S.A.
los fondos correspondientes. 5. Margen de Corte: se determinará una vez finalizado el Período de Licitación
Pública, conforme al procedimiento que se establece en la sección “Colocación y Proceso de Adjudicación” bajo
el título “Determinación del Margen de Corte. Adjudicación.” del Prospecto y que será informado a los inversores
mediante el Aviso de Resultados. III. CONDICIONES DE EMISIÓN PARTICULARES DE LAS OBLIGACIONES
NEGOCIABLES PYMES CLASE III: 1. Valor Nominal: Hasta V/N $ 15.000.000 ampliable por hasta V/N $ 60.000.000.
El valor nominal de las dos clases de Obligaciones Negociables no podrá superar el Monto Máximo Autorizado. El
valor nominal de las Obligaciones Negociables Pymes Clase III a emitirse será informado oportunamente a través
del Aviso de Resultados. 2. Fecha de Vencimiento: Será la fecha en que se cumplan sesenta (60) meses desde la
Fecha de Emisión y Liquidación, o de no ser dicha fecha un Día Hábil, el primer Día Hábil posterior (la “Fecha de
Vencimiento de las Obligaciones Negociables Pymes Clase III” y junto con la Fecha de Vencimiento de las
Obligaciones Negociables Pymes Clase II, la “Fecha de Vencimiento”). La Fecha de Vencimiento de las Obligaciones
Negociables Pymes Clase III se informará oportunamente en el Aviso de Resultados. 3. Amortización: El 100% del
valor nominal de las Obligaciones Negociables Pymes Clase III se pagará en dieciséis (16) cuotas trimestrales,
consecutivas a partir de los 12 (doce) meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación hasta la Fecha de Vencimiento
de las Obligaciones Negociables Pymes Clase III. Las cuotas de amortización de capital tendrán los importes que
surgen del correspondiente prospecto. 4. Fechas de Pago de Amortización: Las cuotas de amortización serán
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pagaderas a partir de los 12 (doce) meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación o el Día Hábil inmediato
posterior si dicha fecha no fuese un Día Hábil (la “Fecha de Amortización Obligaciones Negociables Pymes Clase
III” y junto con la Fecha de Amortización Obligaciones Negociables Pymes Clase II, la “Fecha de Amortización”).
La primera cuota de amortización coincidirá con la cuarta Fecha de Pago de Intereses y la última cuota será
pagadera en la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Pymes Clase III. Las fechas de pago de
amortización serán informadas en el Cuadro de Pago de Servicios mediante la publicación del Aviso de Resultados.
Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Sociedad ponga a
disposición de Caja de Valores S.A. los fondos correspondientes. 5. Margen de Corte: se determinará una vez
finalizado el Período de Licitación Pública, conforme al procedimiento que se establece en la sección “Colocación
y Proceso de Adjudicación” bajo el título “Determinación del Margen de Corte. Adjudicación.” del presente
Prospecto y que será informado a los inversores mediante el Aviso de Resultados. IV. DATOS DE LA EMISORA: (a)
Domicilio legal: Franklin Delano Roosevelt 1655, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (b) Fecha y lugar de
constitución: 14/05/1998, Buenos Aires. (c) Plazo de Duración: 99 años a partir de su inscripción en la Inspección
General de Justicia. (d) Datos de Inscripción: inscripta en la Inspección General de Justicia de la Ciudad de Buenos
Aires bajo el Nº 3122, Libro 1 de Sociedades por Acciones. (e) Objeto Social: dedicarse por cuenta propia o de
terceros, o asociada a terceros en cualquier punto del país o del extranjero a las siguientes actividades: A)
Industriales: Mediante el diseño, desarrollo y producción de programas de computación para la entrada,
procesamiento, almacenamiento de datos y/o información, así como sistemas, por cualquier medio creado o a
crearse, para la aplicación de la tecnología informática en empresas nacionales o internacionales; B) Consultoría:
Mediante la prestación de servicios de consultoría en informática sobre problemáticas puntuales o generales,
relativas a la tecnología informática en general, a programas de computación en particular o los soportes técnicos
de estos, evaluación de aspectos técnicos, proposición de soluciones para el diseño, desarrollo, investigación y/o
aplicación de programas de computación y/o cualquier otro planteo que se vincule con la administración de
recursos informáticos; C) Capacitación: Mediante la preparación y realización de cursos y/o material didáctico,
específicos o generales, sobre lenguaje de programación, sistemas operativos y/o cualquier otro tipo de tecnología
informática, programas de computación y/o producto vinculado, y sobre la prestación de servicios conexos a la
enseñanza y capacitación; D) Comerciales: La compraventa, venta, importación, exportación, mandatos,
comisiones, administraciones, consignaciones, explotación y distribución del producido de la actividad industrial
de la Sociedad o de terceros y sus materias primas y/o circuitos integrados de directa aplicación, programas de
computación propios o ajenos, servicios de sistemas de computadoras con o sin equipos de procesamiento
electrónico de datos, información contable, científica o cualquier otra índole; E) De Representación: Mediante el
cumplimiento de mandatos y representaciones de otras empresas vinculadas al mercado informático, sean
nacionales o extranjeras, que se relacionen a las actividades enunciadas precedentemente. (f) Actividad principal
desarrollada: Servicios de Tecnología de la Información. (g) Capital Social al 02/01/2017: $ 410.000. (h) Patrimonio
Neto al 30/09/2017: $ 46.589.683,66. La Emisora no tiene en circulación otras obligaciones negociables distintas
de las indicadas en el presente aviso. BF Argentina S.A. no tiene actualmente deudas garantizadas con garantías
reales o personales. Autorizado según instrumento privado Acta de Directorio N° 153 de fecha 17/11/2017
Juan Martin Ferreiro - T°: 69 F°: 668 C.P.A.C.F.
e. 09/01/2018 N° 1202/18 v. 09/01/2018