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N° 1202/18 Aviso del Boletín Oficial

BF ARGENTINA S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES martes, 9 de enero de 2018

Texto del aviso

BF ARGENTINA S.A.

EMISIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYMES CLASE II Y CLASE III

Por hasta V/N $ 35.000.000 y $ 15.000.000 respectivamente, ampliables una o ambas clases por hasta V/N

$ 60.000.000 en conjunto

Conforme al artículo 10 de la Ley 23.576 se hace saber que BF Argentina S.A. (la “Sociedad” o la “Emisora”, en

forma indistinta) a través de asamblea extraordinaria unánime de accionistas celebrada el 17/11/2017 y de su

directorio en reunión del 17/11/2017 aprobó la emisión de Obligaciones Negociables Pymes Clase II y Clase III (las

“ONs Clase II” y las “ONs Clase III” respectivamente, y en conjunto las “Obligaciones Negociables” o las “ON”, en

forma indistinta), conforme a los siguientes datos: I.- CONDICIONES DE EMISIÓN GENERALES DE LAS

OBLIGACIONES NEGOCIABLES: 1.- Monto Máximo de Emisión: Hasta V/N $ 60.000.000. 2.- Servicios de interés:

Las Obligaciones Negociables devengarán intereses a una tasa de interés variable anual, pagaderos trimestralmente,

por trimestre vencido desde la Fecha de Emisión y Liquidación, equivalente a la suma de (i) la Tasa de Referencia;

más (ii) el Margen de Corte a licitarse en el momento de la colocación de la respectiva clase de Obligaciones

Negociables (las “Tasa Variable”). Con la salvedad de que únicamente para el primer Período de Devengamiento

de Intereses (según dicho término se define más adelante), la tasa de interés que devengarán las Obligaciones

Negociables tendrá un mínimo que será informado al público inversor en un aviso complementario al aviso de

suscripción (la “Tasa de Interés Mínima” y el “Aviso de Suscripción Complementario”). La Tasa de Interés será

calculada para cada Fecha de Pago de Intereses por el Agente de Cálculo. La “Tasa de Referencia” es la Tasa

BADLAR, que es el promedio aritmético simple de las tasas de interés para depósitos a plazo fijo de más de Pesos

un millón ($ ($ 1.000.000) por períodos de entre treinta (30) y treinta y cinco (35) días de plazo de bancos privados

de la República Argentina, elaborada y publicada por el BCRA en su sitio web (www.bcra.gob.ar) para cada

Período de Devengamiento de Intereses. En caso que el BCRA suspenda la publicación de la Tasa Badlar Privada,

dicha tasa de interés será sustituida por (i) la tasa sustituta de dicha tasa que informe el BCRA; o (ii) en caso de no

existir dicha tasa sustituta, el promedio aritmético de tasas pagadas para depósitos en Pesos por un monto mayor

a un millón de Pesos para idéntico plazo por los cinco primeros bancos privados según el último informe de

depósitos disponibles publicado por el BCRA. El Margen de Corte es el margen a ser adicionado a la Tasa de

Referencia para el cálculo de la Tasa de Interés aplicable a las Obligaciones Negociables, expresado como un

porcentaje nominal anual, que se determinará una vez finalizado el Período de Licitación Pública, conforme al

procedimiento que se establece en la sección “Colocación y Proceso de Adjudicación” bajo el título “Determinación

del Margen de Corte. Adjudicación.” del Prospecto y que será informado a los inversores mediante el Aviso de

Resultados. Para el cálculo de los intereses sobre el saldo de capital, se considerara un año de 360 días. 3. Período

de Devengamiento de Intereses: Significa: (i) para el primer Período de Devengamiento de Intereses: el período

comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación y la Fecha de Pago de Intereses inmediata siguiente a la

Fecha de Emisión y Liquidación, incluyendo el primer día y excluyendo el último día; (ii) en forma posterior: el

período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses y la Fecha de Pago de Intereses inmediata siguiente,

incluyendo el primer día y excluyendo el último día; y (iii) para el último Período de Devengamiento de Intereses: el

período comprendido entre la Fecha de Pago de Intereses inmediata anterior a la Fecha de Vencimiento de las

Obligaciones Negociables Pymes Clase II o la Fecha de Vencimiento de las ON Clase III, según fuera el caso, y la

Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Pymes Clase II o la Fecha de Vencimiento de las ON Clase

III, según fuera el caso, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. 4.- Fechas de Pago de los Intereses:

Los intereses serán pagados trimestralmente, en forma vencida, a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación, en

las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente mes

o, de no ser un Día Hábil o de no existir dicho día, el primer Día Hábil posterior (cada una, una “Fecha de Pago de

Intereses”). Las Fechas de Pago de Intereses serán informadas en el Cuadro de Pago de Servicios mediante la

publicación del Aviso de Resultados. Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas en la medida

en que la Sociedad ponga a disposición de Caja de Valores S.A. los fondos correspondientes. 5.- Intereses

moratorios: Todo importe adeudado por la Emisora bajo las Obligaciones Negociables que no sea abonado en la

correspondiente fecha y forma, cualquiera sea la causa o motivo de ello, devengará Intereses Moratorios sobre los

importes impagos desde la fecha en que dicho importe debería haber sido abonado inclusive, y hasta la fecha de

su efectivo pago no inclusive, a una vez y media la Tasa de Interés determinada para cada Período de Devengamiento

de Intereses.. 6.- Fecha de Emisión y Liquidación: Será la fecha que se informe oportunamente a través del Aviso

de Resultados y tendrá lugar dentro de los tres (3) Días Hábiles de finalizado el Período de Licitación Pública,

conforme se indica en la sección “Colocación y Proceso de Adjudicación” del Prospecto. 7.- Garantía: Las

Obligaciones Negociables estarán garantizadas mediante un aval a ser otorgado por BCONS ARGENTINA S.A. (la

“Avalista”). La Avalista suscribirá, conjuntamente con la Emisora, los certificados globales permanentes de las

Obligaciones Negociables a ser depositados en Caja de Valores S.A., avalando, en los términos del artículo 3 de

la Ley de Obligaciones Negociables, la totalidad de las obligaciones de pago de la Emisora bajo las Obligaciones

Negociables. Las obligaciones de la Avalista, como avalista, se regirán, en lo pertinente, por las disposiciones de

los artículos 32 a 34 del Decreto-Ley 5965/63 y cualquier otra norma que lo reemplace o modifique en el futuro.

Ante la notificación por carta documento realizada por cualquier Tenedor al domicilio de la Avalista, donde se

informe que la Emisora no ha transferido a la Caja de Valores S.A. los fondos necesarios para hacer frente al pago

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de los importes vencidos y exigibles bajo las Obligaciones Negociables conforme a sus condiciones de emisión,

por cualquier causa, o al haber la Avalista tomado conocimiento de dicho incumplimiento por cualquier otro medio,

la Avalista realizará el pago correspondiente dentro de los 10 (diez) días corridos siguientes a dicha notificación

mediante transferencia del importe correspondiente a la Caja de Valores S.A. El pago a ser realizado por la Avalista

se realizará respetando el trato igualitario de los obligacionistas conforme lo dispuesto por los artículos 40 y 49 de

la ley 20.643. 9.- Rescate anticipado a opción de la Emisora: Exclusivamente a partir de la finalización del sexto

mes, contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación, la Emisora tendrá el derecho, a su sola opción, de rescatar

todas o en parte las Obligaciones Negociables en circulación al Precio de Rescate. El Precio de Rescate de capital

deberá ser abonado junto a los intereses devengados y no pagados calculados hasta la fecha de rescate y cualquier

otra suma adeudada bajo las Obligaciones Negociables y surgirá del siguiente detalle: a) Desde el sexto mes

(exclusive) contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación y hasta el doceavo mes (inclusive) contado desde la

Fecha de Emisión y Liquidación: 104% del valor nominal de las Obligaciones Negociables; b) A partir del doceavo

mes (inclusive) contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación y hasta decimo octavo mes (inclusive) contado

desde la Fecha de Emisión y Liquidación: 103% del valor nominal de las Obligaciones Negociables; c) A partir del

décimo octavo mes (inclusive) contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación y hasta vigésimo cuarto mes

(inclusive) contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación: 102% del valor nominal de las Obligaciones

Negociables; d) A partir del vigésimo cuarto mes (inclusive) contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación y

hasta trigésimo sexto mes (inclusive) contado desde la Fecha de Emisión y Liquidación: 101% del valor nominal de

las Obligaciones Negociables; e) A partir del trigésimo sexto mes (inclusive) contado desde la Fecha de Emisión y

Liquidación y hasta la Fecha de Vencimiento: 100% del valor nominal de las Obligaciones Negociables junto con

los intereses devengados y no pagados calculados hasta la Fecha de Rescate. La decisión será publicada, con

una anticipación de no menos de veinte (20) Días Hábiles de la fecha en la que se realizará el rescate, en los

sistemas de información dispuestos por los mercados donde listen y/o negocien las Obligaciones Negociables y

en la AIF. Tal publicación constituirá notificación suficiente para los obligacionistas. El precio de rescate se pagará

en un plazo no mayor a treinta (30) días desde la publicación del aviso correspondiente. La fecha de rescate será

informada mediante un aviso complementario a través de la AIF de la CNV. II. CONDICIONES DE EMISIÓN

PARTICULARES DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYMES CLASE II: 1. Valor Nominal: Hasta V/N

$ 35.000.000 ampliable por hasta V/N $ 60.000.000. El valor nominal de las dos clases de Obligaciones Negociables

no podrá superar el Monto Máximo Autorizado. El valor nominal de las Obligaciones Negociables Pymes Clase II

a emitirse será informado oportunamente a través del Aviso de Resultados. 2. Fecha de Vencimiento: Será la fecha

en que se cumplan treinta y seis (36) meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación, o de no ser dicha fecha un

Día Hábil, el primer Día Hábil posterior (la “Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Pymes Clase

II”). La Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Pymes Clase II se informará oportunamente en el

Aviso de Resultados. 3. Amortización: El 100% del valor nominal de las Obligaciones Negociables Pymes Clase II

se pagará en ocho (8) cuotas trimestrales, consecutivas a partir de los 12 (doce) meses desde la Fecha de Emisión

y Liquidación hasta la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Pymes Clase II. Las cuotas de

amortización de capital tendrán los importes que surgen del correspondiente prospecto. 4. Fechas de Pago de

Amortización: Las cuotas de amortización de las Obligaciones Negociables Pymes Clase II serán pagaderas a

partir de los 12 (doce) meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación en las fechas que sean un número de día

idéntico a la Fecha de Emisión y Liquidación, pero del correspondiente trimestre o, de no ser un Día Hábil o de no

existir dicho día, el primer Día Hábil posterior (la “Fecha de Amortización Obligaciones Negociables Pymes Clase

II”). La primera cuota de amortización coincidirá con la cuarta Fecha de Pago de Intereses y la última cuota será

pagadera en la Fecha de Vencimiento de las ON Clase II. Las fechas de pago de amortización serán informadas en

el Cuadro de Pago de Servicios mediante la publicación del Aviso de Resultados. Las obligaciones de pago se

considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Sociedad ponga a disposición de Caja de Valores S.A.

los fondos correspondientes. 5. Margen de Corte: se determinará una vez finalizado el Período de Licitación

Pública, conforme al procedimiento que se establece en la sección “Colocación y Proceso de Adjudicación” bajo

el título “Determinación del Margen de Corte. Adjudicación.” del Prospecto y que será informado a los inversores

mediante el Aviso de Resultados. III. CONDICIONES DE EMISIÓN PARTICULARES DE LAS OBLIGACIONES

NEGOCIABLES PYMES CLASE III: 1. Valor Nominal: Hasta V/N $ 15.000.000 ampliable por hasta V/N $ 60.000.000.

El valor nominal de las dos clases de Obligaciones Negociables no podrá superar el Monto Máximo Autorizado. El

valor nominal de las Obligaciones Negociables Pymes Clase III a emitirse será informado oportunamente a través

del Aviso de Resultados. 2. Fecha de Vencimiento: Será la fecha en que se cumplan sesenta (60) meses desde la

Fecha de Emisión y Liquidación, o de no ser dicha fecha un Día Hábil, el primer Día Hábil posterior (la “Fecha de

Vencimiento de las Obligaciones Negociables Pymes Clase III” y junto con la Fecha de Vencimiento de las

Obligaciones Negociables Pymes Clase II, la “Fecha de Vencimiento”). La Fecha de Vencimiento de las Obligaciones

Negociables Pymes Clase III se informará oportunamente en el Aviso de Resultados. 3. Amortización: El 100% del

valor nominal de las Obligaciones Negociables Pymes Clase III se pagará en dieciséis (16) cuotas trimestrales,

consecutivas a partir de los 12 (doce) meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación hasta la Fecha de Vencimiento

de las Obligaciones Negociables Pymes Clase III. Las cuotas de amortización de capital tendrán los importes que

surgen del correspondiente prospecto. 4. Fechas de Pago de Amortización: Las cuotas de amortización serán

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pagaderas a partir de los 12 (doce) meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación o el Día Hábil inmediato

posterior si dicha fecha no fuese un Día Hábil (la “Fecha de Amortización Obligaciones Negociables Pymes Clase

III” y junto con la Fecha de Amortización Obligaciones Negociables Pymes Clase II, la “Fecha de Amortización”).

La primera cuota de amortización coincidirá con la cuarta Fecha de Pago de Intereses y la última cuota será

pagadera en la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Pymes Clase III. Las fechas de pago de

amortización serán informadas en el Cuadro de Pago de Servicios mediante la publicación del Aviso de Resultados.

Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Sociedad ponga a

disposición de Caja de Valores S.A. los fondos correspondientes. 5. Margen de Corte: se determinará una vez

finalizado el Período de Licitación Pública, conforme al procedimiento que se establece en la sección “Colocación

y Proceso de Adjudicación” bajo el título “Determinación del Margen de Corte. Adjudicación.” del presente

Prospecto y que será informado a los inversores mediante el Aviso de Resultados. IV. DATOS DE LA EMISORA: (a)

Domicilio legal: Franklin Delano Roosevelt 1655, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. (b) Fecha y lugar de

constitución: 14/05/1998, Buenos Aires. (c) Plazo de Duración: 99 años a partir de su inscripción en la Inspección

General de Justicia. (d) Datos de Inscripción: inscripta en la Inspección General de Justicia de la Ciudad de Buenos

Aires bajo el Nº 3122, Libro 1 de Sociedades por Acciones. (e) Objeto Social: dedicarse por cuenta propia o de

terceros, o asociada a terceros en cualquier punto del país o del extranjero a las siguientes actividades: A)

Industriales: Mediante el diseño, desarrollo y producción de programas de computación para la entrada,

procesamiento, almacenamiento de datos y/o información, así como sistemas, por cualquier medio creado o a

crearse, para la aplicación de la tecnología informática en empresas nacionales o internacionales; B) Consultoría:

Mediante la prestación de servicios de consultoría en informática sobre problemáticas puntuales o generales,

relativas a la tecnología informática en general, a programas de computación en particular o los soportes técnicos

de estos, evaluación de aspectos técnicos, proposición de soluciones para el diseño, desarrollo, investigación y/o

aplicación de programas de computación y/o cualquier otro planteo que se vincule con la administración de

recursos informáticos; C) Capacitación: Mediante la preparación y realización de cursos y/o material didáctico,

específicos o generales, sobre lenguaje de programación, sistemas operativos y/o cualquier otro tipo de tecnología

informática, programas de computación y/o producto vinculado, y sobre la prestación de servicios conexos a la

enseñanza y capacitación; D) Comerciales: La compraventa, venta, importación, exportación, mandatos,

comisiones, administraciones, consignaciones, explotación y distribución del producido de la actividad industrial

de la Sociedad o de terceros y sus materias primas y/o circuitos integrados de directa aplicación, programas de

computación propios o ajenos, servicios de sistemas de computadoras con o sin equipos de procesamiento

electrónico de datos, información contable, científica o cualquier otra índole; E) De Representación: Mediante el

cumplimiento de mandatos y representaciones de otras empresas vinculadas al mercado informático, sean

nacionales o extranjeras, que se relacionen a las actividades enunciadas precedentemente. (f) Actividad principal

desarrollada: Servicios de Tecnología de la Información. (g) Capital Social al 02/01/2017: $ 410.000. (h) Patrimonio

Neto al 30/09/2017: $ 46.589.683,66. La Emisora no tiene en circulación otras obligaciones negociables distintas

de las indicadas en el presente aviso. BF Argentina S.A. no tiene actualmente deudas garantizadas con garantías

reales o personales. Autorizado según instrumento privado Acta de Directorio N° 153 de fecha 17/11/2017

Juan Martin Ferreiro - T°: 69 F°: 668 C.P.A.C.F.

e. 09/01/2018 N° 1202/18 v. 09/01/2018