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N° 1971/18 Aviso del Boletín Oficial

HINNIKEN S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS viernes, 12 de enero de 2018

Texto del aviso

HINNIKEN S.A.

Por Acta de Asamblea Extraordinaria Nº 10 del 16/05/2017 se resolvió reformar los arts. 3º y 8º del Estatuto social:

Art. 3º: “1°) INMOBILIARIA: Compra, venta, arrendamiento, administración, construcción, y/o reciclaje de bienes

inmuebles, urbano y/o rurales, públicos y/o privados, ya sea a través de contrataciones directas o de licitaciones

públicas y/o privadas, y el desarrollo, subdivisión, urbanización, parcelamiento, explotación, comercialización

y/o enajenación de tales inmuebles bajo cualquier modalidad jurídica. Comprar, vender, hipotecar y constituir,

enajenar, trasladar o adquirir cualquier tipo de derecho real o personal sobre inmuebles, dentro o fuera del

país; 2°) REPRESENTACIONES Y MANDATOS: Tomar, dar y ejercer, dentro o fuera del país, consignaciones,

representaciones, comisiones y/o mandatos de empresas nacionales y/o extranjeras. Cuando corresponda, las

actividades serán desarrolladas por profesionales con título habilitante; 3°) INVERSION Y FINANCIACION: Llevar

a cabo las actividades de inversión, por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en la República

Argentina y/o en el exterior dentro de los límites fijados por las leyes y reglamentaciones vigentes con sujeción

a las mismas; tomar, mantener y disponer, de cualquier manera, participaciones en sociedades existentes o a

crearse en la República Argentina y/o en el exterior; efectuar inversiones de todo tipo, incluyendo títulos y valores

públicos, privados o cualquier otra especie de valor mobiliario, efectuar colocaciones de sus disponibilidades

en forma transitoria en moneda nacional o extranjera, oro, títulos de participación, u otros valores mobiliarios

negociables o no; otorgar y recibir préstamos para la financiación de emprendimientos, proyectos, obras y/o

desarrollos inmobiliarios y/o para la adquisición de inmuebles, asi como realizar aportes e inversiones de capitales,

otorgar fianzas, avales, hipotecas, prendas y cualquier otra clase de garantías reales o personales, respecto de

obligaciones propias o de terceros. A tal fin, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos,

contraer obligaciones y ejercer todos aquellos actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.

Quedan expresamente excluidas todas aquellas actividades comprometidas en la Ley de Entidades Financieras

(Ley 21.526).” Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea Extraordinaria Nº 10 de fecha 16/05/2017

Silvina Beatriz Diez Mori - T°: 52 F°: 676 C.P.A.C.F.

e. 12/01/2018 N° 1971/18 v. 12/01/2018