N° 1971/18 Aviso del Boletín Oficial
HINNIKEN S.A.
Texto del aviso
HINNIKEN S.A.
Por Acta de Asamblea Extraordinaria Nº 10 del 16/05/2017 se resolvió reformar los arts. 3º y 8º del Estatuto social:
Art. 3º: “1°) INMOBILIARIA: Compra, venta, arrendamiento, administración, construcción, y/o reciclaje de bienes
inmuebles, urbano y/o rurales, públicos y/o privados, ya sea a través de contrataciones directas o de licitaciones
públicas y/o privadas, y el desarrollo, subdivisión, urbanización, parcelamiento, explotación, comercialización
y/o enajenación de tales inmuebles bajo cualquier modalidad jurídica. Comprar, vender, hipotecar y constituir,
enajenar, trasladar o adquirir cualquier tipo de derecho real o personal sobre inmuebles, dentro o fuera del
país; 2°) REPRESENTACIONES Y MANDATOS: Tomar, dar y ejercer, dentro o fuera del país, consignaciones,
representaciones, comisiones y/o mandatos de empresas nacionales y/o extranjeras. Cuando corresponda, las
actividades serán desarrolladas por profesionales con título habilitante; 3°) INVERSION Y FINANCIACION: Llevar
a cabo las actividades de inversión, por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en la República
Argentina y/o en el exterior dentro de los límites fijados por las leyes y reglamentaciones vigentes con sujeción
a las mismas; tomar, mantener y disponer, de cualquier manera, participaciones en sociedades existentes o a
crearse en la República Argentina y/o en el exterior; efectuar inversiones de todo tipo, incluyendo títulos y valores
públicos, privados o cualquier otra especie de valor mobiliario, efectuar colocaciones de sus disponibilidades
en forma transitoria en moneda nacional o extranjera, oro, títulos de participación, u otros valores mobiliarios
negociables o no; otorgar y recibir préstamos para la financiación de emprendimientos, proyectos, obras y/o
desarrollos inmobiliarios y/o para la adquisición de inmuebles, asi como realizar aportes e inversiones de capitales,
otorgar fianzas, avales, hipotecas, prendas y cualquier otra clase de garantías reales o personales, respecto de
obligaciones propias o de terceros. A tal fin, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos,
contraer obligaciones y ejercer todos aquellos actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
Quedan expresamente excluidas todas aquellas actividades comprometidas en la Ley de Entidades Financieras
(Ley 21.526).” Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea Extraordinaria Nº 10 de fecha 16/05/2017
Silvina Beatriz Diez Mori - T°: 52 F°: 676 C.P.A.C.F.
e. 12/01/2018 N° 1971/18 v. 12/01/2018