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N° 2231/18 Aviso del Boletín Oficial

GPAT COMPAÑIA FINANCIERA S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales AVISOS COMERCIALES lunes, 15 de enero de 2018

Texto del aviso

GPAT COMPAÑIA FINANCIERA S.A.

OBLIGACIONES NEGOCIABLES SERIE XXXI

Conforme al artículo 10 ley 23.576 se hace saber que por reunión de directorio del 20-12-17 se aprobó la emisión

de las obligaciones negociables serie XXXI (“ON”) bajo el Programa Global de Obligaciones Negociables por hasta

$ 3.000.000.000 (el “Programa”), conforme a las siguientes condiciones, complementadas con las establecidas

en el Suplemento de Prospecto a publicar en el/los sistemas de información de el/los mercado/s donde las ON

se listen y en la Autopista de la Información Financiera de la Comisión Nacional de Valores (www.cnv.gob.ar) (el

“Suplemento de Prospecto”). Condiciones comunes de emisión de las ON Serie XXXI Clase A y Clase B: Monto:

hasta $ 200.000.000 indistintamente de las ON Serie XXXI Clase A o Clase B ampliable hasta $ 500.000.000.

Pagos de Servicios: Los intereses y amortización (“Servicios”) serán pagaderos en las fechas de pago de Servicios

indicadas en el Aviso de Colocación o en el Aviso de Resultado de Colocación (las “Fechas de Pago de Servicios”).

Si la fecha fijada para el pago fuera un día inhábil, quedará pospuesta al siguiente Día Hábil sin que se devenguen

intereses sobre dicho pago por el o los días que se posponga el vencimiento, salvo que la Fecha de Vencimiento

sea un día inhábil, en dicho caso se devengarán intereses sobre dicho pago por el o los días que se posponga

el vencimiento. Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Emisora

ponga a disposición de Caja de Valores S.A. los fondos correspondientes. Se entenderá por “Día Hábil” cualquier

día lunes a viernes, salvo aquellos en los que los bancos están obligados a cerrar en la Ciudad de Buenos Aires.

Intereses moratorios: Los intereses moratorios se establecen en una vez y media el interés compensatorio y

se devengarán desde la fecha en que debió abonarse el Servicio hasta su efectivo pago. Garantía: Común.

Condiciones particulares de emisión de las ON Serie XXXI Clase A: Vencimiento: A los 12 meses desde la Fecha

de Integración (la “Fecha de Vencimiento de las ON Serie XXXI Clase A”), la cual será informada en el aviso de

colocación (el “Aviso de Colocación”). Amortización: En la Fecha de Vencimiento. Interés: Se pagarán intereses

en forma trimestral y devengarán una tasa nominal anual fija a licitarse durante el Período de Colocación (la “Tasa

de Corte”). Los intereses se devengarán entre la Fecha de Integración (inclusive) y la primera Fecha de Pago de

Servicios (exclusive) –para el primer servicio– y entre la última Fecha de Pago de Servicios (inclusive) y la próxima

Fecha de Pago de Servicios (exclusive) -para los restantes (el “Periodo de Interés”) y se pagarán en cada Fecha de

Pago de Servicios. El interés se calculará sobre el saldo de capital (o valor nominal residual de las ONs Serie XXXI

Clase A) al inicio de cada Período de Interés por la cantidad de días de cada Período de Interés, considerando para

su cálculo 365 días. Los Servicios de interés se pagarán trimestralmente. Condiciones particulares de emisión de

las Obligaciones Negociables Serie XXXI Clase B: Vencimiento: A los 36 meses desde la Fecha de Integración (la

“Fecha de Vencimiento de las ON Serie XXXI Clase B”), la cual será informada en el aviso de colocación (el “Aviso

de Colocación”). Amortización: En la Fecha de Vencimiento. Intereses: Se pagarán intereses en forma trimestral

y devengarán una tasa nominal anual mixta conforme se describe a continuación: (a) desde la Fecha de Emisión

hasta el vencimiento del sexto (6) mes (inclusive) devengará intereses a una tasa fija que será comunicada en un

aviso a publicar con posterioridad al aviso de suscripción y con anterioridad al inicio del Período de Licitación

Pública (el “Aviso de Suscripción Complementario”) y (b) desde el inicio del séptimo (7) mes hasta la Fecha de

Vencimiento devengarán una tasa nominal anual variable equivalente a la Tasa de la Referencia más un Diferencial

de Tasa a licitarse durante el Período de Colocación. Los intereses se devengarán entre la Fecha de Integración

(inclusive) y la primera Fecha de Pago de Servicios (exclusive) –para el primer servicio– y entre la última Fecha de

Pago de Servicios (inclusive) y la próxima Fecha de Pago de Servicios (exclusive) -para los restantes (el “Periodo de

Interés”) y se pagarán en cada Fecha de Pago de Servicios. El interés se calculará sobre el saldo de capital (o valor

nominal residual de las ONs Serie XXXI Clase B) al inicio de cada Período de Interés por la cantidad de días de cada

Período de Interés, considerando para su cálculo 365 días. Los Servicios de interés se pagarán trimestralmente.

DATOS DE GPAT COMPAÑÍA FINANCIERA: (a) Domicilio social: Tte General Perón 466, piso 2, Ciudad de Buenos

Aires. (b) Datos de constitución: la sociedad se constituyó en la Ciudad de Buenos Aires el 20 de mayo de 1994 y se

encuentra inscripta en la Inspección General de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires bajo el número 5571 del Libro

115, Tomo “A” de Sociedades por Acciones con fecha 8 de junio de 1994.(c) Plazo de duración: 99 años, contados

a partir de su inscripción en la Inspección General de Justicia.(d) Objeto social: La Sociedad tiene por objeto

actuar como Compañía Financiera, sujeta a la ley de entidades financieras número 21.526 y sus modificatorias

y a las normas del Banco Central de la República Argentina, desarrollando todas las operaciones que la ley de

entidades financieras o las normas que en su consecuencia dicte el Banco Central de la República Argentina

autoricen a las Compañías Financieras, a cuyo fin podrá: (a) Emitir letras y pagarés; (b) Conceder créditos para la

compra o venta de bienes pagaderos en cuotas o a término y otros préstamos personales amortizables; (c) Otorgar

anticipos sobre créditos provenientes de ventas, adquirirlos, asumir sus riesgos, gestionar su cobro y prestar

asistencia técnica y administrativa; (d) Otorgar avales, fianzas u otras garantías, aceptar y colocar letras y pagarés

de terceros; (e) Realizar inversiones en valores mobiliarios a efectos de prefinanciar sus emisiones y colocarlos; (f)

Efectuar inversiones de carácter transitorio en colocaciones fácilmente liquidables; (g) Gestionar por cuenta ajena

la compra y venta de valores mobiliarios y actuar como agente pagador de dividendos, amortizaciones e intereses;

(h) Actuar como fideicomisarios y depositarios de fondos comunes de inversión, administrar carteras de valores

mobiliarios y cumplir otros encargos fiduciarios; (i) Obtener créditos del exterior y actuar como intermediarios de

créditos obtenidos en moneda nacional y extranjera; (j) Dar en locación bienes de capital adquiridos con tal objeto

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.791 - Segunda Sección 41 Lunes 15 de enero de 2018

y (k) Cumplir mandatos y comisiones conexos con sus operaciones. La presente enumeración no tiene carácter

limitativo ya que la sociedad podrá realizar todos los actos, contratos y operaciones compatibles con su objeto,

incluidas las contempladas en la ley 24.441, sometiéndose para ello a la legislación y disposiciones vigentes que

dicte el Banco Central de la República Argentina. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir

derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por sus estatutos. La

actividad principal de la sociedad a la fecha es la de Compañía Financiera conforme a la ley 21.526. (e) Capital

social al 30 de Septiembre de 2017 (en miles de pesos): $ 86.837. (f) Patrimonio neto al 30 de Septiembre de 2017

(en miles de pesos): $ 1.007.864. (g) La emisora tiene en circulación las siguientes Obligaciones Negociables:

Serie XXIII por $ 188.888.888, Serie XXV por $ 221.000.000, la Serie XXVI por $ 250.000.000, Serie XXVII por

$ 298.055.555, Serie XXVIII por $ 400.000.000, Serie XXIX por $ 378.125.000 y Serie XXX por $ 500.000.000.

Autorizado según instrumento privado Acta de directorio de fecha 20/12/2017

Juan Martin Ferreiro - T°: 69 F°: 668 C.P.A.C.F.

e. 15/01/2018 N° 2231/18 v. 15/01/2018