N° 2056/18 Aviso del Boletín Oficial
IGUAZU FALLS HOTEL S.A.
Texto del aviso
IGUAZU FALLS HOTEL S.A.
Se hace saber que por asamblea general extraordinaria de accionistas de fecha 11.12.17 y reunión de directorio de
fecha 06.12.17, se resolvió: (i) ratificar el cambio de denominación resuelto en asamblea de fecha 10.11.16 a fin de
reflejar el nexo de continuidad y modificar nuevamente la denominación social, reformando el artículo 1º conforme
el siguiente texto: “La sociedad anónima se denomina “ASB Iguazú S.A.U., anteriormente fue denominada
IGUAZÚ FALLS HOTEL S.A. y CONURBAN SOCIEDAD ANONIMA MARITIMA, COMERCIAL, AGROPECUARIA
Y CONSTRUCTORA, tiene su domicilio legal en la Cuidad de Buenos Aires y se rige por los presentes estatutos
y disposiciones legales y reglamentarias que le son aplicables. El directorio podrá instalar agencias, sucursales,
establecimientos o cualquier especie de representación, dentro o fuera del país”; (ii) modificar el artículo 3º a fin
de reformar el objeto social conforme el siguiente texto: “La sociedad tiene por objeto exclusivo la realización de
las siguientes actividades: (a) Inversoras: tomar y mantener participaciones en sociedades existentes o a crearse
en la República o en el exterior, efectuar inversiones de todo tipo, incluyendo títulos y valores públicos o privados
o cualquier otra especie de valor mobiliario, efectuar colocaciones de sus disponibilidades en forma transitoria en
oro, títulos de participación u otros valores mobiliarios negociables o no, y recibir préstamos; quedan excluidas las
operaciones comprendidas en la ley 21.526 y toda otra que requiera el concurso público. (b) Financieras: Otorgar
préstamos en moneda nacional o extranjera; emitir títulos valores, a corto y largo plazo, con o sin garantías;
descontar, negociar, aceptar y vender letras, pagarés, prendas, cheques, giros y demás papeles de crédito creados
o a crearse; otorgar avales, fianzas u otras garantías. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para
adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este
estatuto”; (iii) modificar el artículo 4º a fin de reflejar el actual monto del capital social, que asciende a $ 11.000.000;
(iv) modificar el artículo 6º a fin de eliminar la obligatoriedad de elevar a escritura pública cada aumento de capital;
(v) modificar el artículo 7º a fin de cumplir con la normativa vigente respecto de la garantía de los directores; (vi)
reformar el artículo 9º a fin de modificar la duración del mandato del síndico y adecuar el artículo a la normativa
vigente; (vii) modificar el artículo 11º conforme a la fecha de cierre del ejercicio social que será el 31 de diciembre;
(viii) modificar el artículo 12º en relación a la distribución de la cuota de liquidación final; y (ix) adaptar los artículos
8º, y 10º, del estatuto social a las disposiciones de sociedades unipersonales, a las nuevas disposiciones del
Código Civil y Comercial, la Ley 19.550 y las resoluciones de la Inspección General de Justicia y aprobar la
redacción de un texto ordenado del estatuto.
Autorizado según instrumento privado asamblea de fecha 11/12/2017
Lucila Primogerio - T°: 100 F°: 542 C.P.A.C.F.
e. 15/01/2018 N° 2056/18 v. 15/01/2018