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N° 3263/18 Aviso del Boletín Oficial

LABORATORIO INTERNACIONAL ARGENTINO S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS lunes, 22 de enero de 2018

Texto del aviso

LABORATORIO INTERNACIONAL ARGENTINO S.A.

Por Asamblea del 5/12/17 se resolvió reformar los art. 11, 12 y 14 de la sociedad, y el art. 4 correspondiente al objeto

social de la siguiente forma: “ARTICULO CUARTO: la sociedad tiene por objeto realizar, por cuenta propia o de

terceros, o asociada a terceros, ya sea en el país o en el exterior, las siguientes actividades: a) fabricación, explotación,

elaboración, fraccionamiento, procesamiento y envasado de productos de droguería y laboratorios para uso humano

o animal, de especialidades químicas, medicinales, de medicamentos, instrumentales, ortopédicas, quirúrgicas,

productos alimenticios y suplementos dietarios, productos cosméticos y dermatológicos, elementos reactivos de

diagnóstico y de salud, sus envoltorios, envases y sus derivados; b) compra, venta mayorista y minorista, importación,

exportación, permuta, distribución, consignación y representación de productos de droguería y laboratorio, de

especialidades químicas, medicinales, de medicamentos, productos cosméticos, oftalmológicos y dermatológicos,

instrumental, ortopedia, quirúrgicas, productos alimenticios y suplementos dietarios, elementos de diagnóstico y de

salud y sus derivados, de elaboración propia o de terceros, importados o nacionales, y todo lo relativo a las materia

primas y elementos necesarios para la fabricación de dichos productos y materiales y el ejercicio de comisiones y

mandatos; c) la explotación de toda clase de establecimientos destinados al desarrollo del giro de la sociedad; d) la

explotación del comercio exterior, relacionado directa o indirectamente con el giro social, en cualquiera de sus formas,

ya sea importado o exportado, actuando por si o en representación de empresas del exterior en el país y viceversa,

pudiendo operar en zonas o depósitos francos; e) la realización de toda clase de inversiones, relacionadas directa o

indirectamente con su giro, tanto en el país como el extranjero; la inversión de capitales en empresas constituidas o

a constituirse; el otorgamiento de créditos, préstamos, y adelantos en dinero con o sin garantía real, o personal; el

otorgamiento de garantías a sociedades controladas, controlantes, vinculadas o sujetas al control común de la sociedad

o de sus accionistas, o de terceras personas, sea físicas o jurídicas; otorgar garantías por obligaciones de terceras

personas, sean físicas o jurídicas; la participación en otras sociedades por acciones y la adquisición, enajenación

y transferencia de títulos y valores mobiliarios en general, nacionales y/o extranjeros. Se excluyen las operaciones

comprendidas por la Ley de Entidades Financieras y por toda otra que requiera el concurso público; f) la prestación

de toda clase de servicios a terceros, en cuanto importe un mejor aprovechamiento de sus instalaciones y recursos

humanos y materiales disponibles, en materias tales como la elaboración de productos por cuenta ajena, control de

calidad, computación y otros. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer

obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto, e incluso para contraer

empréstitos en forma pública o privada mediante la emisión de debentures y obligaciones negociables”. Asimismo se

aprobó el texto ordenado del Estatuto Social. Autorizado según instrumento privado Asamblea de fecha 05/12/2017

Geraldine R. Mirelman - T°: 74 F°: 521 C.P.A.C.F.

e. 22/01/2018 N° 3263/18 v. 22/01/2018