N° 3263/18 Aviso del Boletín Oficial
LABORATORIO INTERNACIONAL ARGENTINO S.A.
Texto del aviso
LABORATORIO INTERNACIONAL ARGENTINO S.A.
Por Asamblea del 5/12/17 se resolvió reformar los art. 11, 12 y 14 de la sociedad, y el art. 4 correspondiente al objeto
social de la siguiente forma: “ARTICULO CUARTO: la sociedad tiene por objeto realizar, por cuenta propia o de
terceros, o asociada a terceros, ya sea en el país o en el exterior, las siguientes actividades: a) fabricación, explotación,
elaboración, fraccionamiento, procesamiento y envasado de productos de droguería y laboratorios para uso humano
o animal, de especialidades químicas, medicinales, de medicamentos, instrumentales, ortopédicas, quirúrgicas,
productos alimenticios y suplementos dietarios, productos cosméticos y dermatológicos, elementos reactivos de
diagnóstico y de salud, sus envoltorios, envases y sus derivados; b) compra, venta mayorista y minorista, importación,
exportación, permuta, distribución, consignación y representación de productos de droguería y laboratorio, de
especialidades químicas, medicinales, de medicamentos, productos cosméticos, oftalmológicos y dermatológicos,
instrumental, ortopedia, quirúrgicas, productos alimenticios y suplementos dietarios, elementos de diagnóstico y de
salud y sus derivados, de elaboración propia o de terceros, importados o nacionales, y todo lo relativo a las materia
primas y elementos necesarios para la fabricación de dichos productos y materiales y el ejercicio de comisiones y
mandatos; c) la explotación de toda clase de establecimientos destinados al desarrollo del giro de la sociedad; d) la
explotación del comercio exterior, relacionado directa o indirectamente con el giro social, en cualquiera de sus formas,
ya sea importado o exportado, actuando por si o en representación de empresas del exterior en el país y viceversa,
pudiendo operar en zonas o depósitos francos; e) la realización de toda clase de inversiones, relacionadas directa o
indirectamente con su giro, tanto en el país como el extranjero; la inversión de capitales en empresas constituidas o
a constituirse; el otorgamiento de créditos, préstamos, y adelantos en dinero con o sin garantía real, o personal; el
otorgamiento de garantías a sociedades controladas, controlantes, vinculadas o sujetas al control común de la sociedad
o de sus accionistas, o de terceras personas, sea físicas o jurídicas; otorgar garantías por obligaciones de terceras
personas, sean físicas o jurídicas; la participación en otras sociedades por acciones y la adquisición, enajenación
y transferencia de títulos y valores mobiliarios en general, nacionales y/o extranjeros. Se excluyen las operaciones
comprendidas por la Ley de Entidades Financieras y por toda otra que requiera el concurso público; f) la prestación
de toda clase de servicios a terceros, en cuanto importe un mejor aprovechamiento de sus instalaciones y recursos
humanos y materiales disponibles, en materias tales como la elaboración de productos por cuenta ajena, control de
calidad, computación y otros. A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer
obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este Estatuto, e incluso para contraer
empréstitos en forma pública o privada mediante la emisión de debentures y obligaciones negociables”. Asimismo se
aprobó el texto ordenado del Estatuto Social. Autorizado según instrumento privado Asamblea de fecha 05/12/2017
Geraldine R. Mirelman - T°: 74 F°: 521 C.P.A.C.F.
e. 22/01/2018 N° 3263/18 v. 22/01/2018