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N° 4485/18 Aviso del Boletín Oficial

ECOKLIMA S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA viernes, 26 de enero de 2018

Texto del aviso

ECOKLIMA S.R.L.

Por escritura 5 del 24/01/2018, folio 39, Registro 1538 de Capital Federal, se reformaron los artículos segundo y

quinto del contrato social: ARTICULO SEGUNDO: “Su duración será de CUARENTA AÑOS a contar de la fecha

de inscripción en la Inspección General de Justicia, o sea, hasta el día 17 de abril de 2040. “ARTICULO QUINTO:

“La Administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes en forma

individual o indistinta, socios o no, por el término de duración de la sociedad. En tal carácter tendrán las facultades

para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la Sociedad, inclusive los previstos

en los artículos 375 del Código Civil y Comercial de la Nacion. Podrá especialmente operar con toda clase de

bancos, compañías financieras o entidades crediticias, oficiales y privadas; dar y revocar poderes especiales,

generales judiciales, de administración u otros, con o sin facultad de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir

denuncias o querellas penales y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer

obligaciones a la sociedad. Los gerentes constituirán una garantía que se regirá por las reglas siguientes: 1)

Deberá consistir en bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera depositados en entidades

financieras o cajas de valores, a la orden de la sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución

o de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo costo deberá ser soportado por cada gerente; en ningún

caso procederá constituir la garantía mediante el ingreso directo de fondos a la caja social. 2) Cuando la garantía

consista en depósitos de bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera, las condiciones de su

constitución deberán asegurar su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales

acciones de responsabilidad. 3) El monto de la garantía será igual para todos los directores, no pudiendo ser

inferior a la suma establecida en las reglamentaciones vigentes, por cada uno; o de la suma que oportunamente fije

el organismo de control.” La totalidad de los socios ACUERDAN POR UNANIMIDAD: designar gerente a Marcelo

Alejandro JEDVABNIK, argentino, casado en primeras nupcias con Ana Cristina Kertesz, nacido el 24/11/1958,

empresario, D.N.I. 12.791.592, C.U.I.T 20-12791592-0, constituyedo domicilio especial en Fraga 246, P.B, C.A.B.A.

El gerente acepta el cargo. Asimismo se modificó el domicilio legal de la sociedad a la calle Fraga 246, P.B,

C.A.B.A. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 5 de fecha 24/01/2018 Reg. Nº 1538

Regina Aisinscharf - Matrícula: 4038 C.E.C.B.A.

e. 26/01/2018 N° 4485/18 v. 26/01/2018