N° 5547/18 Aviso del Boletín Oficial
BASAM S.A.
Texto del aviso
BASAM S.A.
Comunica por acta de asamblea General Extraordinaria del 20/08/2017 se modifica el art. Tercero del estatuto
quedando redactado de la siguiente manera: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tendrá por OBJETO, por cuenta
propia, de terceros y/o asociada a terceros tanto en el país como en el extranjero, la actividad alimenticia y
gastronómica, que comprenderá las siguientes actividades: 1. La elaboración, fabricación, procesamiento,
comercialización, compra, venta, distribución, producción, almacenamiento, depósito, consignación,
fraccionamiento, envasado, importación y exportación de todo tipo de alimentos en general; 2. El ejercicio o
desempeño de representaciones y/o mandatos y/o explotación de franquicias y/o licencias de marcas nacionales
o extranjeras cuyo objeto sea de orden gastronómico, alimenticio o derivados de éstos; el otorgamiento de
representaciones, mandatos y/o franquicias a terceros en el país y en el exterior; el otorgamiento de licencias y/o
sublicencias a terceros de los derechos de uso de las marcas de la sociedad, o de cualquier otra marca que las
reemplace o complemente en el futuro a fin de administrar y operar comercialmente el negocio de la sociedad,
mediante el cobro de regalías, comisiones, honorarios, aranceles, fondos o cualquier otro tipo de retribución; la
transferencia de tecnología y “know how” mediante planes de entrenamiento y suministro de manuales y otros
medios, vinculados al licenciamiento y/o sublicenciamiento de las marcas de la sociedad, o de cualquier otra
marca que las reemplace o complemente en el futuro; 3. La prestación de servicios de distribución de alimentos
o catering y organización de eventos relacionados con el desarrollo de su objeto social; 4. La prestación de
servicios de consultoría en materia alimenticia y gastronómica; de asesoramiento, gerenciamiento y asistencia
empresarial vinculadas al negocio gastronómico y de procesamiento de alimentos de la sociedad. La totalidad
de los servicios descriptos serán prestados atendiendo especialmente a las normas legales y de todo otro orden
que disponen respecto del ejercicio profesional de las distintas materias. En forma conexa y accesoria con las
actividades anteriores, podrá efectuar la prestación de servicios de atención de la cartera de clientes de aquellas
personas físicas y/o jurídicas con las que contrate, a través de la utilización de servicios y/o programas de telefonía,
informática, video y redes de telecomunicación. La prestación de dichos servicios podrá incluir, pero no se
limitará, a la atención de reclamos de toda naturaleza, suministro de cualquier tipo de información, call centre y
telemarketing (modalidad de venta por teléfono) ya sea de forma receptiva y/o activa, comercialización y ventas de
servicios y productos.”
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 13 de fecha 15/01/2018 Reg. Nº 533
Ricardo Galarce - Matrícula: 5139 C.E.C.B.A.
e. 02/02/2018 N° 5547/18 v. 02/02/2018