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N° 6505/18 Aviso del Boletín Oficial

RODWAINER S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 6 de febrero de 2018

Texto del aviso

RODWAINER S.R.L.

Por Acta de Reunión de Socios de fecha 03 de enero de 2018, se resolvió por unani-midad reformar: objeto social y

el Artículo Tercero del Estatuto. Quedará redacta-do: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tendrá por objeto realizar

por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros las siguientes actividades: INDUSTRIALES, COMERCIALES

DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN, DE MANDATOS Y FINANCIERAS: a) La elabora-ción, instalación,

ensamblaje, armado, compra, venta, permuta, donación, importa-ción, exportación, representación, distribución,

locación, leasing, provisión, man-dato, comisión, consultoría y asesoramiento, consignación y cualquier clase de

in-termediación, financiación, reparación, mantenimiento y/o service respecto bienes permitidos por las leyes en

vigencia; servicios de consultoría industrial, estudios de mercado, estudios de factibilidad, locación industrial,

desarrollo industrial, asesoramiento en instalaciones de fábricas, o su reubicación, selección de tecnolo-gía,

maquinaria y equipos, planeamiento de producciones, programas de mantenimiento de bienes de uso, diseño

de máquinas, desarrollo de infraestructuras productivas, desarrollo y administración de recursos humanos,

estudios económicos, construccio-nes de fábricas, galpones, depósitos, u otras edificaciones. b) Instalación,

mante-nimiento, explotación de obras eléctricas, electromecánicas, viales y servicios re-lacionados. Prestación,

contratación y sub-contratación del mantenimiento y conser-vación de instalaciones eléctricas o electrónicas, ya

sea de alumbrado público o privado, semaforización y señalamiento electrónico, con destino a entes públicos y

privados, nacionales, provinciales, municipales, autónomos o autárquicos. d) Efec-tuar construcciones civiles,

industriales, viales, pavimentaciones, desagües, gaso-ductos, oleoductos, diques, usinas, y obras de carácter

público o privado. Realizar estudios, proyectos, dirección y ejecución de obras, y confección de planos. AGENCIA

DE TURISMO: a) La intermediación en la reserva y/o locación de servicios de transporte en el país o en el

extranjero, relacionados con la actividad turística y/u hotelera; b) la intermediación en la contratación de servicios

hoteleros en el país o en el extranjero, como así también la gestión de cobranzas, encargas por es-tablecimientos

hoteleros del país o del extranjero; c) La organización de viajes de carácter individual o colectivo, excursiones,

cruceros o similares, con o sin la inclusión de los servicios propios de los denominados viajes “a forfait” en el

país o en el extranjero; d) La recepción y asistencia de turistas durante sus viajes y su permanencia en el país, la

prestación a los mismos de los servicios de guías tu-rísticos y el despacho de sus equipajes; e) La representación

de otras agencias, tanto nacionales como extranjeras a fin de prestar en su nombre cualquiera de estos servicios;

f) La realización y prestación de servicios de transportes por vía te-rrestre, marítima, fluvial o lacustre; g) La

explotación de negocios de hotel, con-fiterías, despachos de bebidas, restaurante y lugares gastronómicos en

general, to-do ello en cualquier lugar del país.- HOTELERAS: mediante la explotación de hote-les, hospedajes,

apart hoteles y/o similares y/o anexos y la realización de activi-dad relacionada con la hotelería y el alojamiento de

personas. Para su cumplimiento la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para contraer obligaciones; adquirir

de-rechos; efectuar inversiones; otorgar y/o tomar préstamos, garantías, fianzas y avales; realizar cualquier tipo

de operación financiera sin limitación, quedando sin embargo expresamente excluidas las comprendidas en la

Ley de Entidades Finan-cieras; en los casos que la Ley lo requiera se realizará a través de profesiones con título

habilitante; participar en otras sociedades, en licitaciones privadas y/o públicas y/o contrataciones directas con los

Estados Nacional, Provinciales, o Municipales, en el País o en el Extranjero, incluyendo, sin que esta enumeración

sea taxativa, aquellas de ejecución de Obra Pública o Privada, y/o prestación de Servicios Públicos o Privados;

y en general realizar todos los actos jurídicos que no estén prohibidos por las leyes o este estatuto.” Autorizado

según instrumento privado de Transcripción de Actas de fecha 03/01/2018

Leonardo Damián Diaz - T°: 103 F°: 886 C.P.A.C.F.

e. 06/02/2018 N° 6505/18 v. 06/02/2018