N° 6505/18 Aviso del Boletín Oficial
RODWAINER S.R.L.
Texto del aviso
RODWAINER S.R.L.
Por Acta de Reunión de Socios de fecha 03 de enero de 2018, se resolvió por unani-midad reformar: objeto social y
el Artículo Tercero del Estatuto. Quedará redacta-do: “ARTICULO TERCERO: La sociedad tendrá por objeto realizar
por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros las siguientes actividades: INDUSTRIALES, COMERCIALES
DE IMPORTACIÓN Y EXPORTACIÓN, DE MANDATOS Y FINANCIERAS: a) La elabora-ción, instalación,
ensamblaje, armado, compra, venta, permuta, donación, importa-ción, exportación, representación, distribución,
locación, leasing, provisión, man-dato, comisión, consultoría y asesoramiento, consignación y cualquier clase de
in-termediación, financiación, reparación, mantenimiento y/o service respecto bienes permitidos por las leyes en
vigencia; servicios de consultoría industrial, estudios de mercado, estudios de factibilidad, locación industrial,
desarrollo industrial, asesoramiento en instalaciones de fábricas, o su reubicación, selección de tecnolo-gía,
maquinaria y equipos, planeamiento de producciones, programas de mantenimiento de bienes de uso, diseño
de máquinas, desarrollo de infraestructuras productivas, desarrollo y administración de recursos humanos,
estudios económicos, construccio-nes de fábricas, galpones, depósitos, u otras edificaciones. b) Instalación,
mante-nimiento, explotación de obras eléctricas, electromecánicas, viales y servicios re-lacionados. Prestación,
contratación y sub-contratación del mantenimiento y conser-vación de instalaciones eléctricas o electrónicas, ya
sea de alumbrado público o privado, semaforización y señalamiento electrónico, con destino a entes públicos y
privados, nacionales, provinciales, municipales, autónomos o autárquicos. d) Efec-tuar construcciones civiles,
industriales, viales, pavimentaciones, desagües, gaso-ductos, oleoductos, diques, usinas, y obras de carácter
público o privado. Realizar estudios, proyectos, dirección y ejecución de obras, y confección de planos. AGENCIA
DE TURISMO: a) La intermediación en la reserva y/o locación de servicios de transporte en el país o en el
extranjero, relacionados con la actividad turística y/u hotelera; b) la intermediación en la contratación de servicios
hoteleros en el país o en el extranjero, como así también la gestión de cobranzas, encargas por es-tablecimientos
hoteleros del país o del extranjero; c) La organización de viajes de carácter individual o colectivo, excursiones,
cruceros o similares, con o sin la inclusión de los servicios propios de los denominados viajes “a forfait” en el
país o en el extranjero; d) La recepción y asistencia de turistas durante sus viajes y su permanencia en el país, la
prestación a los mismos de los servicios de guías tu-rísticos y el despacho de sus equipajes; e) La representación
de otras agencias, tanto nacionales como extranjeras a fin de prestar en su nombre cualquiera de estos servicios;
f) La realización y prestación de servicios de transportes por vía te-rrestre, marítima, fluvial o lacustre; g) La
explotación de negocios de hotel, con-fiterías, despachos de bebidas, restaurante y lugares gastronómicos en
general, to-do ello en cualquier lugar del país.- HOTELERAS: mediante la explotación de hote-les, hospedajes,
apart hoteles y/o similares y/o anexos y la realización de activi-dad relacionada con la hotelería y el alojamiento de
personas. Para su cumplimiento la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para contraer obligaciones; adquirir
de-rechos; efectuar inversiones; otorgar y/o tomar préstamos, garantías, fianzas y avales; realizar cualquier tipo
de operación financiera sin limitación, quedando sin embargo expresamente excluidas las comprendidas en la
Ley de Entidades Finan-cieras; en los casos que la Ley lo requiera se realizará a través de profesiones con título
habilitante; participar en otras sociedades, en licitaciones privadas y/o públicas y/o contrataciones directas con los
Estados Nacional, Provinciales, o Municipales, en el País o en el Extranjero, incluyendo, sin que esta enumeración
sea taxativa, aquellas de ejecución de Obra Pública o Privada, y/o prestación de Servicios Públicos o Privados;
y en general realizar todos los actos jurídicos que no estén prohibidos por las leyes o este estatuto.” Autorizado
según instrumento privado de Transcripción de Actas de fecha 03/01/2018
Leonardo Damián Diaz - T°: 103 F°: 886 C.P.A.C.F.
e. 06/02/2018 N° 6505/18 v. 06/02/2018