N° 6407/18 Aviso del Boletín Oficial
SUPERMERCADOS LEMON S.A.
Texto del aviso
SUPERMERCADOS LEMON S.A.
Por Esc. 14 del 01/02/2018 por ante el registro 1429 de C.A.B.A. se protocolizó Acta de Asamblea Extraordinaria del
04/12/2017, que resolvió: a) reformar la denominación social modificando en consecuencia el Art. 1º, el cual queda
redactado: “ARTÍCULO PRIMERO: La sociedad se denomina “M.H.G. S.A.”, continuadora de “SUPERMERCADOS
LEMON S.A.” y tiene su domicilio legal en jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Podrá establecer
sucursales, asientos o cualquier otra especie de representación permanente, en cualquier lugar del país o del
exterior”; b) Ampliar el objeto social modificando en consecuencia el Art. 3°, el cual queda redactado: “ARTICULO
TERCERO: Tiene por objeto realizar por sí, por cuenta de terceros o asociados a terceros, las siguientes actividades:
instalación, explotación y administración de supermercados, autoservicios, minimercados; comercialización,
fraccionamiento, envasado, conservación, distribución de alimentos, bebidas con y sin alcohol, productos
cárnicos, menudencias, pollo, cerdo, frutería y verdulería, fiambrería, lácteos y queserías, pescadería, productos
congelados, productos para mascotas, panadería, repostería, servicios de catering. Comercialización de productos
de limpieza y perfumería, de tocador, peluquería, cosmetología, cepillaría, artículos de bazar, menaje, regalos,
juguetería y todo tipo de producto que se relacione con el giro del negocio de supermercados. Preparación,
elaboración y/o producción, compra, venta, importación, exportación, distribución o representación de productos
alimenticios, comidas y/o bebidas alcohólicas o no alcohólicas de todo tipo, como así la explotación de despacho
de comidas y bebidas, bares, confiterías, restaurantes y en general toda actividad relacionada con la gastronomía.
INMOBILIARIA: La compra, venta, permuta, arrendamiento, comercialización, administración y/o explotación de
inmuebles, así como toda clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de
parcelas destinadas a vivienda, urbanización, clubes de campo, explotaciones agrícolas o ganaderas y parques
industriales. Cuando las actividades así lo requieran serán realizadas por profesionales con título habilitante”.
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 14 de fecha 01/02/2018 Reg. Nº 1429
Reinaldo Omar Bogado - T°: 92 F°: 731 C.P.A.C.F.
e. 06/02/2018 N° 6407/18 v. 06/02/2018