N° 7319/18 Aviso del Boletín Oficial
HOLDON S.A.S.
Texto del aviso
HOLDON S.A.S.
Se hace saber que por reunión de socios del 28/12/2017, por decisión unánime se RESOLVIO: i) 1) Aumentar el
capital social de la compañía a $ 260.820 mediante la emisión de 243.100 acciones de $ 1 de valor nominal cada
una, con derecho a un voto por acción. Tener por integradas en su totalidad las acciones suscriptas descriptas
con el aporte del valor de las acciones de Emprendedores Urbanos SA. Se deja constancia de que se respetó
el derecho de preferencia. ii) Reformar de los estatutos sociales a) Art. Tercero: La sociedad tiene por objeto
dedicarse por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a la actividad de
inversora, mediante la tenencia de acciones o títulos de otras Cias en el país o en el Exterior Para la ejecución de
las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas
humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar
toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas
las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. b) Art.
Cuarto: El Capital Social es de $ 260.820 (Doscientos sesenta mil ochocientos veinte), representando por igual
cantidad de acciones ordinarias escriturales, de $ 1 (pesos uno), valor nominal cada una y con derecho a un voto
por acción. El capital social puede ser aumentado por decisión de los socios conforme lo dispone el artículo 44 de
la Ley Nº 27.349. Las acciones escriturales correspondientes a futuros aumentos de capital podrán ser ordinarias o
preferidas, según lo determine la reunión de socios. Las acciones preferidas podrán tener derecho a un dividendo
fijo preferente de carácter acumulativo o no, de acuerdo a las condiciones de emisión. Podrá acordársele también
una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del
capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria conferirá derecho de uno a cinco votos según se resuelva al
emitirlas. Las acciones preferidas podrán emitirse con o sin derecho a voto, excepto para las materias incluidas en
el artículo 244, párrafo cuarto, de la Ley General de Sociedades N° 19.550, sin perjuicio de su derecho de asistir
a las reuniones de socios con voz. Autorizado según instrumento privado Reunión de Socios de fecha 28/12/2017
Maria Sofia Viviani - T°: 111 F°: 294 C.P.A.C.F.
e. 09/02/2018 N° 7319/18 v. 09/02/2018