N° 8631/18 Aviso del Boletín Oficial
AB+JD DESARROLLOS S.R.L.
Texto del aviso
AB+JD DESARROLLOS S.R.L.
Con Fecha de publicación: 02/01/18, REF.: T.I.:102059/17, se publicó constitución de sociedad.
Por Esc 23, Complementaria, Folio 97, 15/02/2018, Reg. Notarial 173, a mi cargo. Antonio BOZ, DNI: 31.231.612
y Juan Pablo Alberto DONATI, DNI: 30.859.235, EXPRESAN: PRIMERO: Que mediante escritura número 225 del
7/12/2017, pasada ante mí al folio 1148 de este Reg Notarial, resolvieron constituir “AB+JD DESARROLLOS S.R.L.”.
SEGUNDO: Que, con el objeto de subsanar las observaciones se modifica la claúsula TERCERA, la cual queda
redactada de la siguiente manera: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros y/o asociada
a terceros, tanto en el país como en el extranjero, a las siguientes actividades: CONSTRUCTORA: Ejecución
de proyectos, dirección, construcción, administración y realización de obras de cualquier naturaleza, obras de
ingeniería y arquitectura, sean públicas o privadas. La compra, venta, consignación, importación y exportación de
todo tipo de maquinaria y materiales utilizados en la construcción, así como estructuras metálicas o de hormigón,
obras civiles, movimiento de suelos y demoliciones, licitaciones públicas y/o privadas. Cuando la índole de la
materia lo requiera se contará con profesionales con título habilitante. INMOBILIARIA: La compra, venta, permuta,
explotación, alquiler, arrendamiento y administración de bienes inmuebles urbanos y rurales, urbanizaciones tales
como clubes de campo y chacras, parques industriales y barrios cerrados, loteos y fraccionamientos, realizando
las operaciones sobre inmuebles que autorizan las leyes y reglamentaciones, inclusive las de Propiedad Horizontal
y/o Prehorizontalidad, pudiendo tomar para la venta o comercialización operaciones inmobiliarias de terceros.
Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer
obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato. TERCERO: Que
todos los socios fundadores de esta sociedad RESUELVEN AUTORIZAR expresamente al órgano de administración
para que puedan celebrar antes de la inscripción registral todos los actos relativos al objeto social que dispusieren
en la forma más amplia que fuere, inclusive adquirir bienes registrables y pagar el precio de los mismos en dinero
o en contraprestaciones no dinerarias, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 183 y siguientes y
157 de la ley 19.550. CUARTO: Que por un error involuntario al otorgarse la escritura relacionada en el apartado
PRIMERO de la presente, se omitió consignar el estado civil de Juan Pablo Alberto DONATI, siendo de estado civil
soltero.
Autorizado según instrumento público Esc. Nº 23 de fecha 15/02/2018 Reg. Nº 173
Ana Julia Gabriela Stern - Matrícula: 4511 C.E.C.B.A.
e. 19/02/2018 N° 8631/18 v. 19/02/2018