N° 979/2016 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 7
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 7
SECRETARÍA NRO. 13
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, en la causa N° 979/2016, caratulada: “VORTERIX S.A. SOBRE
INFRACCIÓN LEY 24769” de la Secretaría N° 13, notifica a Sebastian Néstor CAMINO (DNI: 23.887.728),
Martín MORALES GORSHOPP (DNI: 18.293.647) y Alberto Daniel ASPANI (DNI: 18.286.744) de la siguiente
resolución: “Buenos Aires, 15 de febrero de 2018. AUTOS Y VISTOS: … Y CONSIDERANDO: … RESUELVO:
I.- SOBRESEER PARCIALMENTE a Mario Daniel PERGOLINI (DNI: 16.844.338), Sebastian Néstor CAMINO
(DNI: 23.887.728) y Martín MORALES GORSHOPP (DNI: 18.293.647) con relación a las presuntas apropiaciones
indebidas de recursos de la seguridad social retenidos a los empleados en relación de dependencia de
VORTERIX S.A. correspondientes a los períodos mensuales 01/14 ($ 39.607,01); 02/14 ($ 39.607,01); 03/14
($ 41.121,41); 04/14 ($ 44.725,65); 05/14 ($ 41.762,85); 06/14 ($ 62.848,91); 07/14 ($ 43.719,75); 08/14 ($ 45.949,73);
09/14 ($ 49.076,27); 10/14 ($ 50.196,23); 11/14 ($ 50.196,23); 12/14 ($ 74.051,77); 01/15 ($ 50.208,19); 02/15
($ 51.821,47); 03/15 ($ 49.905,23); 4/15 ($ 68.642,90); como así también con relación a la presunta apropiación
indebidas del Impuesto a las Ganancias retenidos por los responsables de VORTERIX S.A., correspondientes
a los períodos mensuales de 06/12 ($ 42.114,99); 12/12 ($ 45.108,18); 09/13 ($ 40.650,24); 10/13 ($ 41.006,40);
06/14 ($ 50.135,62); 07/14 ($ 51.594,43); 08/14 ($ 52.451,88); 09/14 ($ 53.452,64); 10/14 ($ 68.286,12); 11/14
($ 61.881,45); 12/14 ($ 76.768,58); y 01/15 ($ 59.266,47); porque aquellas conductas ya no encuadran en alguna
figura penal (artículo 336 inciso 3° del C.P.P.N., 4 y 7 de la ley N° 24.769, según ley N° 27.430, 2 del Código
Penal, 18 y 75 inciso 22, de la Constitución Nacional y 9 de la C.A.D.H.). II.- DECLARAR que la formación del
presente sumario por los hechos mencionados en el punto que antecede, no afecta el buen nombre y honor del
cual hubieren gozado Mario Daniel PERGOLINI, Sebastian Néstor CAMINO y Martín MORALES GORSHOPP
(artículo 336 último párrafo, del C.P.P.N.). III.- SOBRESEER PARCIALMENTE a Alberto Daniel ASPANI con
relación a las presuntas apropiaciones indebidas de recursos de la seguridad social retenidos a los empleados
en relación de dependencia de VORTERIX S.A. correspondientes a los períodos mensuales 06/14 ($ 62.848,91),
07/14 ($ 43.719,75); 08/14 ($ 45.949,73); 09/14 ($ 49.076,27); 10/14 ($ 50.196,23); 11/14 ($ 50.196,23); 12/14
($ 74.051,77); 01/15 ($ 50.208,19); 02/15 ($ 51.821,47); 03/15 ($ 49.905,23); 4/15 ($ 68.642,90); como así también
con relación a la presunta apropiación indebidas del Impuesto a las Ganancias, retenidos por VORTERIX S.A.,
correspondientes a los períodos mensuales de 06/14 ($ 50.135,62); 07/14 ($ 51.594,43); 08/14 ($ 52.451,88); 09/14
($ 53.452,64); 10/14 ($ 68.286,12); 11/14 ($ 61.881,45); 12/14 ($ 76.768,58); y 01/15 ($ 59.266,47). IV.- DECLARAR
que la formación del presente sumario por los hechos mencionados en el punto que antecede, no afecta el
buen nombre y honor del cual hubiere gozado Alberto Daniel ASPANI (artículo 336 último párrafo, del C.P.P.N.).
V.- SIN COSTAS (artículos 530 y 531 “in fine” del C.P.P.N.). Regístrese, protocolícese, notifíquese a defensa
de Mario Daniel PERGOLINI, al señor Representante del Ministerio Público Fiscal y a la parte querellante
(A.F.I.P./D.G.I.) mediante cédulas, y a Sebastián Néstor CAMINO, Martín MORALES GORSCHOPP y Alberto
BOLETÍN OFICIAL Nº 33.814 - Segunda Sección 48 Lunes 19 de febrero de 2018
Daniel ASPANI mediante la publicación de edicto. Firme, comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia y
a la Policía Federal Argentina. Fecho, continúe el trámite de la causa por las restantes omisiones por los cuales
se promovió la acción penal a fs. 140/142 (respecto de la retención indebida de recursos de la seguridad social
retenidos a los empleados en relación de dependencia de VORTERIX S.A. por los períodos 05/15 a 01/16). fdo.
Juan P. GALVÁN GREENWAY. Juez. Ante mí: Eduardo J. VICENTE. Secretario.”
Juan Pedro GALVAN GREENWAY Juez - Eduardo Javier VICENTE SECRETARIO
e. 19/02/2018 N° 8751/18 v. 19/02/2018