N° 9722/18 Aviso del Boletín Oficial
FES S.A.
Texto del aviso
FES S.A.
Se hace saber que por asamblea de fecha 6/12/2017 se resolvió reformar el artículo tercero del estatuto
correspondiente al objeto social, el cual quedó redactado de la siguiente manera: “ARTICULO 3: La sociedad
tiene por objeto la realización por sí, a través de terceros o asociada a terceros de las siguientes actividades:
A) COMERCIALES: ejercer la actividad de corredor y de Agente de Corretaje de Valores Negociables (ACVN)
conforme a la normativa vigente, incluyendo sin limitación, la Ley N° 26.831, las normas dictadas por la Comisión
Nacional de Valores y por el Mercado Abierto Electrónico S.A., efectuando las operaciones por ellas autorizadas.
Asimismo, y sin que implique limitación, prestar servicios como agente del Mercado a Término de Rosario S.A.
(“ROFEX”) estando facultado a tal fin para realizar cualquier transacción en ROFEX. B) INVERSORA: de capitales
en empresas y sociedades constituidas o a constituirse, en la concentración de operaciones realizadas o a
realizarse, en la negociación de títulos, acciones, bonos, créditos y demás valores negociables y en la adquisición
de bienes para su posterior locación o cualquier otro destino. C) MANDATOS: aceptar comisiones, consignaciones,
representaciones, cargos de fideicomiso, de albacea, mandatos con la mayor amplitud y en las condiciones
permitidas por las leyes y reglamentaciones, incluyendo sin que implique ninguna limitación, gestionar por cuenta
ajena la compra y venta de valores mobiliarios y papeles de crédito, el otorgamiento por cuenta de terceros de
préstamo en cualquiera de sus modalidades, actuar como agentes financieros de empresas nacionales, extranjeras
o mixtas, tomar a su cargo cobranzas y liquidaciones de cualquier naturaleza, custodiar y administrar capitales,
dar avales, fianzas y garantías por asuntos de terceros. D) INMOBILIARIAS: mediante la adquisición, compra,
venta, permuta, locación, explotación, urbanización, fraccionamiento, construcción, hipoteca, arrendamiento de
toda clase de bienes inmuebles, urbanos y rurales, inclusive dentro del Régimen de Propiedad Horizontal. E)
ASESORAMIENTO EN SERVICIOS FINANCIEROS: mediante la prestación de este tipo de servicios a través del
análisis sobre tendencias, fluctuaciones de precios, determinación de alternativas de inversión y oportunidades de
compra, venta o arbitrajes de títulos en función a sus precios, ya sea en mercados locales o del exterior”
Designado según instrumento privado ACTA DE ASAMBLEA DE fecha 17/4/2017 SERGIO ANDRES ALCARAZ -
Presidente
e. 21/02/2018 N° 9722/18 v. 21/02/2018