N° 8068/18 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1
Texto del aviso
JUZGADO FEDERAL EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL NRO. 1
SECRETARÍA NRO. 1 - LOMAS DE ZAMORA - BUENOS AIRES
Por ante este Juzgado Federal de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Nº 1 de Lomas de Zamora,
a mi cargo, tramita la causa Nº FLP 51009730/2008, caratulada: “N.N/ FALSIFICACION DOCUMENTACION
AUTOMOTOR DCTE: PRATI VALERIA PATRICIA” del registro de la Secretaría Nº 1 del Dr. Augusto Peloso, en
la que se ha resuelto CITAR Y EMPLAZAR al Sr. Eduardo Hernán Caffarena –titular del documento Nacional de
Identidad Nº 28.054.033-, último domicilio conocido en Av. San Martin nro. 904 de la localidad de Adrogue, partido
de Almirante Brown y Leonardo Miguel Díaz – titular del Documento Nacional de Identidad Nº 26.917.535- último
domicilio conocido en calle Garzón Nº 1252 de la localidad de Luis Guillon, partido de Esteban Echeverría para
que comparezca a estar a derecho dentro del quinto día de la última publicación del presente edicto judicial, bajo
apercibimiento, en caso de no hacerlo, de ser declarados rebeldes y ordenar sus consecuentes detenciones
(artículo 288 y cc. del Código Procesal Penal de la Nación).-
A mayor abundancia e ilustración, transcríbole la parte pertinente del decreto que ordena la medida: “//mas de
Zamora, 9 de febrero de 2018.- […] toda vez que se desconoce el actual paradero del imputado Eduardo Hernán
Caffarena D.N.I 28.054.033, habida cuenta que sin perjuicio de haber sido notificado con suficiente antelación
en reiteradas oportunidades a fin que concurra a esta sede judicial para ser recibido en audiencia indagatoria,
conforme se desprende de fs. 205; 215; 219; 222; 231 y 255, el mismo no compareció y en atención a lo informado
a fs. 272, el domicilio que oportunamente fuera aportado por la Cámara Nacional Electoral (ver fs. 188), resulta ser
coincidentes con el obrante en autos donde fueron cursadas las notificaciones recibidas por el encartado (calle
Av. San Martin nro. 904 de la localidad de Adrogue, partido de Almirante Brown) y a los efectos de ser habido
y así poder continuar con los actos procesales pendientes, cíteselo por medio de edicto judicial, conforme lo
establecido en el artículo 150 del Código Procesal Penal de la Nación, debiendo comparecer dentro del término
del quinto día de la última publicación de aquél, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su
consecuente detención -artículo 288 y cc. del Código Procesal Penal de la Nación-. A dicho fin, líbrese oficio al Sr.
titular del Boletín Oficial.- En igual sentido, cítese a Leonardo Miguel Díaz Nº 26.917.535, En razón que el domicilio
obrante en autos, donde fueran cursadas las notificaciones (ver. fs. 203; 228 y 229) resulta coincidente con el
aportado por la Cámara Nacional Electoral, desconociéndose a la fecha el actual paradero del nombre. A dichos
fines, procédase a la publicación del correspondiente edicto mediante el sistema informático del Boletín Oficial,
debiendo dejarse constancia del diligenciamiento de ello.[…] Notifíquese.- Fdo. Alberto Patricio Santa Marina, Juez
Federal; Augusto Peloso, Secretario Federal ALBERTO PATRICIO SANTA MARINA Juez - AUGUSTO PELOSO
SECRETARIO FEDERAL
e. 15/02/2018 N° 8068/18 v. 21/02/2018