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N° 10958/18 Aviso del Boletín Oficial

INSTANTCHECK S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 27 de febrero de 2018

Texto del aviso

INSTANTCHECK S.R.L.

Por Esc. 11 del 23/01/2018, Fº 43, Registro 2078 CABA, los socios resolvieron por unanimidad reformar el Art.

4º del Contrato Social, quedando el Objeto así redactado: “ARTÍCULO CUARTO: OBJETO: La sociedad tiene

por objeto realizar por cuenta propia o de terceros, o asociada o en colaboración con terceros, para lo cual

podrá hacer uso de cualquier figura jurídica, tanto en el país como en el extranjero, las siguientes actividades: 1)

Agencia de viajes y turismo: la explotación de agencia de viajes y turismo, pudiendo realizar reservas y ventas de

pasajes, terrestres, aéreos, marítimos, nacionales o internacionales; organización, reserva y ventas de excursiones

propias o de terceros, reservas de hotelería dentro y fuera del país, incluyendo los hoteles propios que tenga la

Sociedad, reserva, organización y venta de entradas a espectáculos culturales, deportivos, artísticos o sociales;

reserva, organización y ventas de charters y traslados, dentro y fuera del país de contingentes turísticos, para

lo cual podrá realizar todas las gestiones, los mandatos, consignaciones, compras, ventas, corresponsalías,

administraciones, comisiones, representaciones, intermediaciones, importación y exportación y todo otro acto

contractual autorizado por la legislación para el cumplimiento de su objeto. Explotación de turismo en todos sus

aspectos, mediante la adquisición, arrendamiento, o locación de los distintos medios de transporte, alojamientos,

hospedajes o alimentación. Prestación de servicios turísticos de excursiones, viajes o de transporte de personas,

dentro del país o fuera del mismo. 2) Adquirir, mantener y administrar participaciones e inversiones en sociedades

constituidas tanto en el país como en el extranjero, cualquiera sea el objeto de las sociedades participadas. Quedan

expresamente excluidas todas las actividades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras Nº 21.526. 3) Tomar

y otorgar préstamos con o sin garantía a corto, mediano o largo plazo, ya sea en el país como en el extranjero. 4)

Realizar cualquier clase de operaciones en los mercados de capitales o de bienes, del país o del extranjero. A tal

fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que

no sean prohibidos por las leyes o por este contrato. Todos aquellos servicios que por su naturaleza, requieran

ser atendidos por profesionales con título habilitante debidamente inscriptos en las matrículas respectivas, serán

contratados a esos fines en cada caso.”. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 119 de fecha 02/10/2017

Reg. Nº 2078

JUAN ANGEL PAGANI - Matrícula: 5501 C.E.C.B.A.

e. 27/02/2018 N° 10958/18 v. 27/02/2018