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N° 8874/2006 Aviso del Boletín Oficial

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18

Edictos Judiciales REMATES JUDICIALES jueves, 1 de marzo de 2018

Texto del aviso

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 18

SECRETARÍA NRO. 36

EDICTO DIARIO BOLETIN OFICIAL.

El Juzgado Nacional de Primera instancia en lo Comercial Nº 18, secretaria Nº 36 a mi cargo, sito en Marcelo

T de Alvear 1840, 3er. Piso de Capital Federal, comunica por cinco dias que en los autos caratulados “ERWIN

MICHALOWITZ Y CIA SRL S/ QUIEBRA” Exp. Nº 8874/2006 que el martillero Silvia Alejandra Montenegro, rematará

el dia 19 de marzo de 2018 a las 10,15 hs. (EN PUNTO) en el salon de ventas sito en la calle Jean Jaures 545 de

la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la 1/71 ava parte indivisa de la unidad funcional uno, sótano, planta baja,

primer piso, del inmueble sito en Lima 263/65/67 –entre Alsina y Moreno- de esta ciudad, que corresponde a un

espacio guarda coche, no determinado. Condiciones de venta: Al contado y mejor postor y en dinero en efectivo.

Base: $ 233.000,00. Seña 30%. Comisión 3%. Acord. 10/99. CSJN (arancel de subasta) 0,25%. En efectivo, en

el acto de remate, y a cargo del comprador. La venta se realizara Ad-Corpus en el estado de conservación y

ocupación en que se encuentra. El saldo de precio deberá ser depositado dentro del quinto día de aprobada la

subasta sin necesidad de otra notificación ni intimación, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 CPCC.

no se aceptará la compra “en comisión” ni la cesión del boleto, debiendo los martilleros suscribir éste con quien

efectivamente efectuare la oferta, bajo apercibimiento de remoción y de perder el derecho a cobrar la comisión.

Fíjase el día 16 de marzo de 2013 a las 12,00 horas para la recepción de las ofertas correspondientes haciéndose

saber que se procederá a la apertura de las mismas a las 12:30 del mismo día. El martillero deberá anunciar a viva

voz el nombre del poderdante, en caso de invocar un poder. Los impuestos tasas y contribuciones devengados

con anterioridad al decreto de quiebra deberán ser objeto de verificación en autos por los organismos respectivos,

las acreencias post-concursales deberán ser pagadas con fondos de la quiebra hasta la toma de posesión por

parte del adquirente, en tanto que las generadas con posterioridad serán a cargo del comprador. Hágase saber

al comprador del inmueble que deberá materializar la transacción del dominio a su favor en un plazo no mayor

de 30 días, bajo apercibimiento de aplicársele una multa diaria del 0.25% del valor de venta por cada día de

retardo. El impuesto sobre la venta de los bienes inmuebles que establece el art. 7 de la ley 23.905, será a cargo

de los compradores, no estará incluido en el precio y será retenido en su caso, por el Escribano que otorgue la

escritura de protocolización de las actuaciones y en el supuesto de formalizarse mediante testimonio el impuesto

correspondiente también estará a cargo del comprador.- El inmueble podrá ser visitado los días 14 y 15 de marzo

de 2018 de 11,00 a 13,00 hs. Para mayor información los interesados podrán compulsar el expediente en los

estrados del Juzgado. Buenos Aires, 22 de febrero de 2018

Valeria Perez Casado Juez - Adriana Bravo Secretaria

e. 23/02/2018 N° 10462/18 v. 01/03/2018