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N° 12482/18 Aviso del Boletín Oficial

CZ VIAJES S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA viernes, 2 de marzo de 2018

Texto del aviso

CZ VIAJES S.R.L.

Complemento aviso T.I. Nro. 98252/17 del 19/12/2017, por Adenda del 22/02/2018. Adenda de Contrato de Sociedad

de Responsabilidad Limitada “CZ VIAJES SRL: Entre los señores Ciro Alejandro Carballo, nacido el 19 de febrero de

1965, de nacionalidad uruguaya, DNI 92518759, CUIT; 20-92518759-4, de estado civil, casado en primeras nupcias,

con domicilio sito en la calle Unanué 1557, de la localidad de Villa Celina, Partido de la Matanza, Provincia de Buenos

Aires, y Graciela Nancy Zorz, nacida el 14 de octubre de 1966, de nacionalidad argentina, DNI 18161292, CUIT; 23-

18161292-4, de estado civil casada en primeras nupcias, con domicilio sito en la calle Unanué 1557, de la localidad de

Villa Celina, Partido de La Matanza, Provincia de Buenos Aires, se suscribe esta ADENDA al contrato constitutivo de

sociedad denominada CZ VIAJES SRL. en adelante Contrato, firmado el 4 de diciembre de 2017, con las siguientes

cláusulas que se establecen a continuación: 1.- Objeto: La presente tiene por objeto modificar la cláusula CUARTA

que quedará redactada de la siguiente manera: Cuarta: Capital Social: Suscripción E Integración: El capital social

queda fijado en la suma de Pesos Treinta mil ($ 30.000,00) representado por trescientas (300) cuotas de capital de

pesos Cien ($ 100,00) de valor nominal cada una, con derecho a un voto por cuota, totalmente suscriptas por los

socios en partes iguales, esto es, el socio Ciro Alejandro Carballo, suscribe la cantidad de ciento cincuenta (150)

cuotas de pesos cien ($ 100) de valor nominal cada una, o sea un total de pesos quince mil $ 15.000,00) lo que

representa un cincuenta por ciento (50%) del capital social, y la socia Graciela Nancy Zorz, suscribe la cantidad de

ciento cincuenta (150) cuotas de pesos cien ($ 100) de valor nominal cada una, o sea un total de pesos quince mil

($ 15.000,00), lo que representa un cincuenta por ciento (50%) del capital social. Se conviene que el capital se podrá

incrementar cuando el giro comercial así lo requiera, mediante cuotas suplementarias. La Asamblea de socios con

el voto favorable de más de la mitad del capital aprobará las condiciones de monto y plazos para su integración,

guardando la misma proporción de cuotas que cada socio sea titular al momento de la decisión. La integración se

efectúa totalmente en dinero efectivo en este acto, aportando cada socio hasta un veinticinco por ciento (25%) de

su suscripción, debiendo integrar el saldo restante dentro del plazo de dos años.- En prueba de conformidad, se

firman dos ejemplares y a un solo efecto, en la ciudad de Buenos Aires, a los veintidós días del mes de febrero de

2018. Autorizado según instrumento privado CONTRATO SOCIAL de fecha 04/12/2017

Juliana Elena FAJOURI - T°: 262 F°: 51 C.P.C.E.C.A.B.A.

e. 02/03/2018 N° 12482/18 v. 02/03/2018