N° 980/2016 Aviso del Boletín Oficial
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 7
Texto del aviso
JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO NRO. 7
SECRETARÍA NRO. 13
El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, en la causa N° 980/2016, caratulada: “WINDEST S.A. SOBRE
INFRACCIÓN LEY 24769” de la Secretaría N° 13, notifica a Ignacio Alejandro CONDE (titular del D.N.I. N° 26.122.016),
y de María Isabel MIRALLES (titular del D.N.I. N° 5.630.873) que se ha dictado la siguiente resolución: “Buenos
Aires, 28 de febrero de 2018…RESUELVO:…III.- SOBRESEER TOTALMENTE a Ignacio Alejandro CONDE con
relación a las presuntas apropiaciones indebidas de los recursos de la seguridad social retenidos a los empleados
en relación de dependencia de WINDWEST S.A., correspondientes a los períodos mensuales 08/14, 09/14 y 10/14,
porque aquellas omisiones ya no encuadran en una figura legal (artículo 336 inciso 3°, del C.P.P.N., 7 de la ley
N° 24.769, según ley N° 27.430, 2 del Código Penal, 18 y 75 inciso 22, de la Constitución Nacional y 9 de la C.A.D.H.).
IV.- DECLARAR que la formación del presente sumario, no afecta el buen nombre y honor del cual hubiere gozado
Ignacio Alejandro CONDE (artículo 336 último párrafo, del C.P.P.N.). V.- SOBRESEER PARCIALMENTE a María
Isabel MIRALLES con relación a las presuntas apropiaciones indebidas de los recursos de la seguridad social
retenidos a los empleados en relación de dependencia de WINDWEST S.A., correspondientes a los períodos
mensuales 11/14, 01/15, 02/15, 03/15, 04/15, 05/15, 07/15, 08/15, 09/15, 10/15, 11/15, 01/16 y 02/16, porque aquellas
omisiones ya no encuadran en una figura legal (artículo 336 inciso 3°, del C.P.P.N., 7 de la ley N° 24.769, según ley
N° 27.430, 2 del Código Penal, 18 y 75 inciso 22, de la Constitución Nacional y 9 de la C.A.D.H.). VI.- DECLARAR
que la formación del presente sumario, no afecta el buen nombre y honor del cual hubiere gozado María Isabel
MIRALLES, con relación a las omisiones mencionadas por el punto anterior (artículo 336 último párrafo, del
C.P.P.N.). VII.- SIN COSTAS (artículos 530 y 531 “in fine” del C.P.P.N.). Regístrese, protocolícese, y notifíquese
a Roberto Oscar FLORES, y a la parte querellante mediante cédula electrónica, y a Ignacio Alejandro CONDE y
María Isabel MIRALLES, por medio de la publicación de edictos…fdo. Juan P. GALVÁN GREENWAY. Juez. Ante mí:
Eduardo J. VICENTE. Secretario.” Juan Pedro GALVAN GREENWAY Juez - Eduardo Javier VICENTE SECRETARIO
e. 02/03/2018 N° 12321/18 v. 02/03/2018