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N° 15110/18 Aviso del Boletín Oficial

LUBRIZOL ARGENTINA S.R.L.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA martes, 13 de marzo de 2018

Texto del aviso

LUBRIZOL ARGENTINA S.R.L.

Por Reunión Extraordinaria de Socios del 2/3/18 se resolvió modificar la denominación social a “Lubchem

Argentina S.R.L.” y reformar parcialmente el Contrato Social, a saber: (i) la sociedad constituida bajo la denominación

“Lubrizol Argentina S.R.L.” continúa funcionando bajo la denominación “Lubchem Argentina S.R.L.”; (ii) la

administración y representación de la Sociedad estará a cargo de uno o más gerentes, quienes actuarán en forma

individual e indistinta, salvo que los socios establezcan que sea colegiada; (iii) la gerencia tiene amplias facultades

de administración y disposición, incluyendo aquellas para las cuales la ley requiere poderes especiales conforme

el Código Civil y Comercial y demás normativa vigente y del artículo noveno del Decreto Ley 5965/63. Está

especialmente autorizada para operar con toda clase de bancos, compañías financieras o entidades crediticias

oficiales o privadas; dar y revocar poderes especiales y generales, judiciales, de administración u otros, con

o sin facultad de sustituir; iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias o querellas penales; y realizar todo

otro hecho o acto jurídico que tenga por efecto adquirir derechos o contraer obligaciones; y (iv) las resoluciones

sociales serán adoptadas de acuerdo a lo establecido por los artículos 159 y 160 de la Ley Nº 19.550 y sus

modificatorias. Los socios deliberarán y tomarán resoluciones mediante reunión de socios. Toda reforma del

contrato social se efectuará con el voto de la mayoría absoluta del capital social. Los socios podrán expresar

su voluntad comunicándolo a la gerencia por cualquier medio fehaciente dentro de los diez días de cursada la

consulta, en los términos del Artículo 159 de la Ley Nº 19.550. Autorizado según instrumento privado Acta de

Reunión Extraordinaria de Socios de fecha 02/03/2018

TOM SCHILLING - T°: 127 F°: 215 C.P.A.C.F.

e. 13/03/2018 N° 15110/18 v. 13/03/2018