N° 15523/18 Aviso del Boletín Oficial
ADMINISTRADORA FINCAS DE MASCHWITZ S.A.
Texto del aviso
ADMINISTRADORA FINCAS DE MASCHWITZ S.A.
Por acta de asamblea general ordinaria y Extraordinaria del 22/11/2016 se cambia la denominación social
reformándose el Art. 1° del estatuto social: ARTÍCULO PRIMERO: “Con el nombre de Asociación Civil Administradora
Fincas de Maschwitz Sociedad Anónima continúa funcionando la sociedad Administradora Fincas de Maschwitz
SA la cual tiene su domicilio en jurisdicción de la ciudad de Buenos Aires”; y se reformó también los artículos:
tercero Objeto social: ARTÍCULO TERCERO: La sociedad tiene por objeto realizar por si o a través de terceros, la
administración del Barrio Cerrado “Fincas de Maschwitz” ubicado en la localidad de Belén de Escobar, Partido de
Escobar, Provincia de Buenos Aires, con entrada común por la calle Islandia N° 2397, y a la provisión de servicios
esenciales que requiere la urbanización. A tal fin, podrá realizar las siguientes actividades: a) Administración:
Proveer al mantenimiento, conservación y administración de los bienes, instalaciones y equipos que constituyen
el barrio cerrado y todos aquellos bienes inmuebles y/o muebles que se incorporen a él o al patrimonio social por
cualquier título; administrar los gastos y recursos que demande la atención de los servicios esenciales prestados
al Barrio y practicar las liquidaciones mensuales para el pago de aquellos que estarán a cargo de los propietarios/
accionistas conforme las pautas que se definen en el Reglamento interno del Barrio y/o las que determine el
Directorio y/o la Asamblea de accionistas; y b) Servicios: Prestar los servicios propios de la urbanización, ya
sea de mantenimiento, conservación y/o mejoras del barrio cerrado, como asimismo contratar la prestación de
servicios de vigilancia y portería, recolección de residuos domiciliario, limpieza, mantenimiento y reparación de
las calles internas, forestación y mantenimiento de los espacios verdes comunes, alumbrado de calles internas
y espacios comunes, conexión de servicios, y todo otro servicio que decida el Directorio de la sociedad “Ad
referéndum” de lo que en definitiva resuelva la Asamblea de accionistas y/o lo que disponga el Reglamento
interno del Barrio.- Los servicios enunciados no deben ser entendidos con carácter taxativo, sino simplemente
enunciados, pudiendo el Reglamento Interno y/o Directorio y/o Asamblea de Accionistas ampliarlo, extenderlo,
modificarlo o sustituirlo, siempre y cuando garanticen las previsiones contenidas en la ley 8.912 de la Provincia de
Buenos Aires; DECIMOPRIMERO (destino de las ganancias); DECIMOSEGUNDO (disolución y liquidación). Todo
protocolizado en escritura Nº 118 F. 417, Reg. 820 del 8/3/2018 Autorizado según instrumento público Esc. Nº 118
de fecha 08/03/2018 Reg. Nº 820
veronica ines cladera - Matrícula: 5531 C.E.C.B.A.
e. 14/03/2018 N° 15523/18 v. 14/03/2018