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N° 15813/18 Aviso del Boletín Oficial

TGLT S.A.

Convocatorias y Avisos Comerciales CONVOCATORIAS viernes, 16 de marzo de 2018

Texto del aviso

TGLT S.A.

TGLT S.A. CONVOCATORIA A ASAMBLEA DE OBLIGACIONISTAS Obligaciones Negociables Subordinadas

Convertibles en Acciones Vencimiento 2027 (CUSIP Nos. 87243M AB1; P9144M AL6; 87243M AA3 / ISINs

US87243MAB19; USP9144MAL65; US87243MAA36). Convócase a los tenedores de obligaciones negociables

subordinadas con vertibles en acciones, emitidas por TGLT S.A. (“TGLT”) por un monto de capital total de

U$S 150.000.000, con vencimiento en 2027 (las “Obligaciones Convertibles”) a asamblea especial de obligacionistas

a celebrarse el día 10 de Abril de 2018, a las 10:00 horas (hora de Buenos Aires), en primera convocatoria, o

en la misma fecha, a las 11:00 horas (hora de Buenos Aires) en segunda convocatoria, en Raúl Scalabrini Ortiz

N° 3333, 1° Piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo a lo previsto por el artículo 14 de la Ley 23.576

(la “Asamblea”), a fin de tratar el siguiente Orden del Día: 1º) Designación de dos tenedores para firmar el acta.

2º) Designación de un miembro de la Comisión Fiscalizadora de la Sociedad como Presidente de la Asamblea.

3º) Modificación de la cláusula (10) de la definición de “Endeudamiento Permitido” del Artículo 101 del Indenture,

de forma tal que exprese lo siguiente: “Endeudamiento incurrido por la Compañía o cualquier de sus Subsidiarias

en relación con el financiamiento, refinanciamiento, afianzamiento y/o garantía de todo o parte del precio de

compra, o costo de construcción, desarrollo o mejoramiento, de cualquier bien de la Compañía o cualquier de sus

Subsidiarias Materiales, incluyendo la adquisición de acciones, cuotas, o participaciones de un fideicomiso que

represente un vehículo especial de inversión (incluyendo el precio de compra de, y costo de adquisición relativo a,

materiales, equipamiento y otros bienes requeridos para completar construcciones, desarrollos o mejoramientos

y cualquier costo, gasto, interés u honorarios incurridos en relación a ello)”; 4°) Incorporación del siguiente texto

como cláusula (12) de la definición de “Endeudamiento Permitido” del Artículo 101 del Indenture: “Endeudamiento

incurrido por una Subsidiaria de la Compañía con anterioridad a la fecha en que dicha Subsidiaria se convirtió

en Subsidiaria de la Compañía, por cualquier medio que fuere (incluyendo, pero no limitado a, la adquisición

de acciones o cuotas de capital por parte de la Compañía o cualquiera de sus Subsidiarias, o a través de una

fusión o consolidación con la Compañía o cualquiera de sus Subsidiarias)”; 5°) Modificación de la cláusula (13)

de la definición de “Endeudamiento Permitido” del Artículo 101 del Indenture (anterior cláusula 12), de forma tal

que exprese lo siguiente: “Otro endeudamiento no permitido por las cláusulas 1 a 12 anteriores, por un monto

total agregado que no exceda (desde la Fecha de Emisión) la suma de (a) U.S.$ 40.000.000 (o su equivalente

en otras monedas) y (b) la Capitalización Adicional, multiplicada por 1,5”; 6°) Modificación de la cláusula (13) de

la definición de “Gravámenes Permitidos” del Artículo 101 del Indenture, de forma tal que exprese lo siguiente:

“Gravámenes creados o constituidos sobre cualquier bien adquirido o construido por la Compañía o cualquiera

de sus Subsidiarias, pero si o solo si (a) el Gravámen garantiza solo el capital (limitado al costo de adquisición o

construcción) incurrido para financiar o garantizar esa adquisición o construcción, junto con los demás costos,

gastos, intereses u honorarios incurridos en relación a ello, y (b) el Gravámen (i) es creado o constituido dentro de los

120 días posteriores a la finalización de la adquisición o construcción; o (ii) es creado o constituido en sustitución de

un Gravámen creado o constituido dentro de los términos del inciso (i) anterior; o (iii) es una extensión, renovación

o refinanciamiento de los Gravámenes previstos en los incisos (i) y (ii) anteriores”; 7°) Incorporación del siguiente

texto como cláusula (14) de la definición de “Gravámenes Permitidos” del Artículo 101 del Indenture: “Gravámenes

existentes sobre bienes a la fecha en que la Sociedad o cualquiera de sus Subsidiarias adquirieron dichos bienes,

incluyendo cualquier adquisición mediante una fusión o consolidación con la Compañía o cualquiera de sus

Subsidiarias”; y 8°) Autorizar a ciertos funcionarios de la Compañía a firmar con el Trustee (tal como dicho término

es definido en el Indenture) un suplemento del Indenture que refleje las modificaciones anteriormente referidas y

cualquier otro documento que evidencie el consentimiento de los tenedores a las modificaciones anteriores, y a

realizar cualquier otro acto adicional que resulte necesario o conveniente para implementar esas modificaciones,

incluyendo cualquier presentación adicional.

General: De acuerdo a lo previsto por el artículo 104(c) del convenio de fideicomiso de fecha 3 de agosto de 2017

instrumentado entre TGLT, The Bank of New York Mellon como fiduciario, co-agente de registro, agente de pago

y agente de transferencia (el“Fiduciario”) y Banco Santander Río S.A., como agente de registro, agente de pago

en Argentina, agente de trasferencia en Argentina y representante del Fiduciario en Argentina (“Banco Santander

Río”) (el “Indenture”), TGLT ha establecido como fecha de registro el día 27 de Marzo de 2018 para determinar

la titularidad de los tenedores sobre las Obligaciones Convertibles a los efectos del ejercicio del derecho de

voto. Los interesados tendrán a su disposición copias del Indenture en las oficinas de TGLT, del Fiduciario y de

Banco Santander Río que se mencionan debajo, durante los días hábiles (excluyendo Sábados, Domingos y días

festivos) y hasta la fecha de la Asamblea (inclusive); y en el lugar de celebración de la Asamblea, en el mismo día

de celebración de la Asamblea, desde quince minutos antes del inicio de la misma y durante todo el desarrollo

de la reunión. Ni el Fiduciario ni Banco Santander Río expresan ni expresarán ninguna opinión sobre los méritos y

conveniencia de la aprobación o desaprobación de los puntos del Orden del Día de la Asamblea. Los tenedores

que tengan dudas sobre el impacto de la aprobación de los puntos del Orden del Día deberán consultar con

sus propios asesores legales, financieros e impositivos, en caso de considerarlo necesario. Se deja constancia

que las Obligaciones Convertibles están representadas en títulos globales registrados a nombre de Cede & Co.

y depositadas en The Depositary Trust Company (“DTC”). Las participaciones en las Obligaciones Convertibles

se encuentran registradas a nombre de participantes de DTC (los “Participantes”) quienes son tenedores

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.833 - Segunda Sección 194 Viernes 16 de marzo de 2018

de las Obligaciones Convertibles por cuenta de los beneficiarios finales de las Obligaciones Convertibles (los

“Beneficiarios Finales”) y quienes serán apoderados por DTC para votar en la Asamblea. Los Beneficiarios Finales

que deseen votar deberán (i) dirigir sus instrucciones de voto directamente o a través de sus respectivos tenedores

de cuentas a los Participantes a través de los cuales poseen sus Obligaciones Convertibles; o (ii) ponerse en

contacto con el banco, corredor o custodio u otro representante o Participante a través de los cuales poseen sus

Obligaciones Convertibles para recibir instrucciones respecto de cómo pueden asistir a la Asamblea tanto en

primera como segunda convocatoria. Los tenedores de Obligaciones Convertibles que deseen participar en la

Asamblea deberán comunicar su asistencia a Banco Santander Río, en la Oficina Administración y Liquidación de

Fideicomisos, Bartolomé Mitre 480, Piso 3º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C1036 AAH), Argentina, Atención:

Silva Marcelo Gabriel, Cattaneo Damián y Macchione Agustina; a más tardar a las 18:00 horas (horario de Buenos

Aires) del 27 de Marzo de 2018. Para información adicional por favor contactarse con TGLT (Raúl Scalabrini Ortiz

3333, 1° Piso, Palermo, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, Atención: Federico Wilensky), o Banco

Santander Río S.A., Oficina Administración y Liquidación de Fideicomisos, Bartolomé Mitre 480, Piso 3º, Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, Argentina, Atención: Silva Marcelo Gabriel, Cattaneo Damián y Macchione Agustina.

Designado según instrumento privado acta de directorio de fecha 14/04/2016 Federico Nicolás Weil - Presidente

e. 14/03/2018 N° 15813/18 v. 20/03/2018