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N° 15820/18 Aviso del Boletín Oficial

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

Edictos Judiciales martes, 20 de marzo de 2018

Texto del aviso

TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL - CORRIENTES

EDICTO: Por disposición de S. Sa. Juez de Ejecución ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes Dr.

FERMIN AMADO CEROLENI, se ha ordenado la publicación en el Boletín Oficial por el termino de cinco (5) días,

lo dispuesto en la Sentencia Nº 40 de fecha 12 de Octubre de 2016, en la causa caratulada: “ESPINOLA PEREZ,

MARIA BELEN - ARCE MERELES, LUCIO ANTONIO S/INFRACCION LEY 23.737” Expediente Nº FCT 3291/2015/

TO1, respecto a MARIA BELEN ESPINOLA PEREZ, de nacionalidad Paraguaya, C.I. Nº 6.792.507, de estado civil

soltera, nacida el 06 de marzo del año 1995 en la localidad de Itauguá en el dpto. Central, situada a 30 Km. de la

ciudad de Asunción capital de la República del Paraguay, con estudios secundarios incompletos, hija de Eusebia

Pérez y Darío Espínola, de ocupación vendedora y trabaja en una fábrica de helado, domiciliada en Barrio Costa

Dulce de - Asunción - República del Paraguay-, la que dispone: “SENTENCIA Nº 15. CORRIENTES, 07 de Mayo

de 2014. Y VISTOS: Por los fundamentos que instruye el Acuerdo precedente; SE RESUELVE: 1º) CONDENAR

a MARIA BELEN ESPÍNOLA PEREZ Cedula de Identidad de la República del Paraguay Nº 6.792.507, ya filiada

en autos, a la pena de cuatro (4) años de prisión, y multa de pesos doscientos veinticinco ($ 225,00) la que

deberá hacerse efectiva en el término de treinta (30) días de quedar firme la presente, como coautora penalmente

responsable del delito de Transporte de Estupefacientes, previsto y reprimido por el art. 5º) inc. c) de la Ley 23.737,

con costas (arts. 40, 41 y 45 del Código Penal y arts. 530, 531, 533 y 535 del CPPN) 2º) … 3º) … 4º) … 5º) … 6º)

… 7º) … 8º) … 9º) … 10°) … 11°) REGISTRAR, agregar el original al expediente, cursar las demás comunicaciones

correspondientes y una vez firme la presente practicar por secretaría el cómputo de pena correspondiente, fijando

la fecha de su vencimiento (artículo 493 del CPPN) y oportunamente archivar. FDO.: Dr. Dr. FERMIN AMADO

CEROLENI- VICTOR ANTONIO ALONSO - Dra. LUCRECIA M. ROJAS DE BADARÓ - Jueces de Cámara. Ante mí:

Dra. SUSANA BEATRIZ CAMPOS- Secretaria - Tribunal Oral en lo Criminal Federal - Corrientes”.

DR. FERMIN AMADO CEROLENI Juez - DR. SEBASTIAN AVILA SECRETARIO DE EJECUCIÓN PENAL

e. 14/03/2018 N° 15820/18 v. 20/03/2018