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N° 17715/18 Aviso del Boletín Oficial

VINANDES S.A.

CONTRATOS SOBRE Personas Jurídicas SOCIEDADES ANONIMAS miércoles, 21 de marzo de 2018

Texto del aviso

VINANDES S.A.

Por Escritura del 16/03/18 se constituyó VINANDES S.A. Accionistas: Gabriela Fabiana NUÑEZ, 22/08/71, DNI

22.273.204, casada, empresaria, Roosevelt 1540, Piso 1, Dto A, C.A.B.A.; y Rolando Javier GUTIERREZ, 11/07/70; DNI

21.506.583, casado, empresario, Posadas 1800, Iguazú, Provincia de Misiones, ambos argentinos; Plazo: 99 años;

Objeto: Comercialización de productos alimenticios y bebidas. Compra, venta, distribución, exportación e importación

de bebidas sin alcohol, cervezas, vinos, comestibles, productos alimenticios envasados, azúcares, alcoholes y sus

derivados, gaseosas alcohólicas y sin alcohol, su fraccionamiento y distribución, artículos de limpieza y golosinas.

Explotación de agencia de viajes y turismo, pudiendo realizar reservas y ventas de pasajes terrestres, aéreos o

marítimos, nacionales o internacionales; organización, reservas y ventas de excursiones propias o de terceros en

el país o en el exterior; reservas de hotelería dentro y fuera del país; reservas, organización y ventas de entradas a

espectáculos culturales, deportivos, artísticos o sociales; reservas, organización y ventas de charters y traslados dentro

y fuera del país de contingentes turísticos, a cuyo efecto podrá realizar todas las gestiones, mandatos, consignaciones,

compras, ventas, corresponsalías, administraciones, comisiones, representaciones, intermediaciones, importaciones

y exportaciones que las leyes vigentes autoricen. Capital: $ 100.000; Cierre de ejercicio 31/12; Administración y

Representación: 1 a 5 por 3 ejercicios. Presidente: Rolando Javier GUTIERREZ, Director Suplente: Gabriela Fabiana

NUÑEZ, fijan domicilio especial en la Sede Social: Roosevelt 1540, Piso 1, Dto A, C.A.B.A

Autorizado según instrumento público Esc. Nº 43 de fecha 16/03/2018 Reg. Nº 1901

MARIA ANASTASIA YAMAMOTO - T°: 392 F°: 99 C.P.C.E.C.A.B.A.

e. 21/03/2018 N° 17715/18 v. 21/03/2018